Casi seis años y medio lleva presa Milagro Sala en Jujuy, y ya son incontables las ocasiones en que la Justicia de la provincia gobernada por Gerardo Morales apuntó directamente hacia ella. En esta oportunidad, el fiscal general de Jujuy, Sergio Lello Sánchez, presentó una denuncia contra los jueces intervinientes en la ejecución de diferentes condenas, y específicamente al juez de Ejecución Penal, Carlos Cattan. Los motivos son por supuestas “dilaciones indebidas y reticencia injustificada” en la ejecución de las penas, y por “mal desempeño”. Sin embargo, desde la defensa de la dirigente social afirman que lo ocurrido es una “interna” judicial que lo que hacen es “pelearse por ver quién hace algo más ilegal y le demuestra a Morales quién le hace más caso”.

La situación puede parecer confusa al principio: un fiscal que denuncia a un juez, aparentemente por beneficiar a Milagro Sala en la ejecución de las condenas que recaen sobre ella. Sin embargo, no es así.

El problema surge en la causa conocida como “de las bombachas”, en la cual se acusó a la líder de la Tupac Amaru de hacer una amenaza de bomba por teléfono a dos efectivos policiales de Jujuy. En la causa, Sala fue absuelta luego del debate oral en 2017, y después condenada a dos años de prisión efectiva por el Superior Tribunal de la provincia en julio de 2019. Sus abogados apelaron la sentencia pero la Corte Suprema de Justicia de Nación la confirmó en febrero de 2021. Mientras tanto, durante todo el proceso, la dirigente social estuvo presa. El expediente físico de la causa volvió a la Provincia más tarde: en junio de 2021. En toda esa sucesión de fechas reside ahora el problema.

Para comprender en qué consiste la denuncia de Lello Sánchez es necesario entender que cuando una sentencia queda firme y debe ser ejecutada, debe hacerse lo que se denomina el cómputo de la pena: es decir, contar cuánto tiempo debe estar en prisión la persona en cuestión.

El primer problema es que, tal y como explicó Marcos Aldazábal, miembro de la defensa de Sala, a Página/12, la causa no fue devuelta a jurisdicción provincial hasta junio de 2021. El segundo problema es que el Tribunal Oral de Jujuy hizo un primer cómputo para el cumplimiento de la pena pero a partir de la fecha de confirmación de la Corte, es decir febrero de 2021.

En ese momento, tal y como relata Aldazábal, la defensa se opuso porque consideró que la fecha a tener en cuenta era la sentencia del Superior Tribunal de 2019, teniendo en cuenta, además, el período que Sala ya estaba detenida por otras causas, en las que además fue sobreseída. Los abogados recurrieron a Casación, que dictó la nulidad del cómputo. Y dijo que las cuentas debía hacerla el juez de Ejecución Penal, Cattan. Recién en febrero de este año, Cattan hizo el cómputo, pero volvió a hacerlo mal: puso la misma fecha que había puesto el Tribunal Oral, febrero de 2021.

En ese momento, la defensa volvió a quejarse. Pero también lo hizo el fiscal de Ejecución, Miguel Ángel Lemir. Aunque los motivos fueron distintos: su intención era que el período de prisión se considere a partir del cómputo del mismo. Cattan hizo lugar al pedido, y dictó una nulidad de su propio cómputo “para hacer uno peor”. Lo que Aldazábal y el resto del equipo consideraron un “delirio absoluto”.

Finalmente, Lello Sánchez presentó la denuncia, y sostuvo que “el juez de Ejecución nunca computó la pena, por lo que habría incurrido en una dilación injustificada”, explicó el abogado de la dirigente social. “La información que tienen está mal: el juez hizo el cómputo y además lo anuló por el pedido del propio Ministerio Público Fiscal; ellos mismos se opusieron a ese cómputo, así que saben que existió”, manifestó Aldazábal, dando cuenta de que no es que no se hizo el cómputo ni hubo dilación sino que además los propios fiscales lo saben porque participaron.

Según Lello Sánchez, “las dilaciones están impactando negativamente en la correcta administración de justicia, desnaturalizando la pena impuesta y negando a la condenada el imprescindible tratamiento penitenciario con fines de lograr una beneficiosa reinserción social a través del cumplimiento del régimen de progresividad de la que se ve privada en razón de la falta de contracción laboral y apego a las normas que rigen la tarea del juez Cattan, quien a la fecha continúa sin aplicar la ley”.

Al criticar esta denuncia, lejos está el equipo de abogados y abogadas que trabajan en la defensa de Milagro Sala de ponerse del lado del juez Cattan. Su postura es firme y clara: “Vamos a informar que el cómputo sí se hizo, que la información del Ministerio Público Fiscal es errónea y que se haga el cómputo como corresponde, pero no nos vamos a meter en la interna de ellos”, sostuvo Aldazábal. “Es una medida política: lo que quieren es que Milagro vaya a la cárcel, y que se siga alargando en el tiempo”, añadió el integrante de la defensa, frente al pedido de Lello Sánchez de que la líder de la Tupac Amaru sea trasladada a una cárcel común “para comenzar el tratamiento penitenciario”, entre otras solicitudes realizadas en la denuncia que presentó.

Por su parte, el equipo de abogados defensores reclama “que se computen las prisiones preventivas en causas en las que fue sobreseída, que se tome la fecha correcta para el cómputo y que den la pena por cumplida”, considerando que desde la sentencia del Superior Tribunal ya pasaron tres años. En definitiva, “que se aplique el derecho”.

Informe: Sofía Moure