En agosto de 2017, desde Territorios Clínicos de la Memoria (TeCMe) realizamos la primera mesa pública sobre el tema “Genocidio y Filiación. Hacerse un nombre frente a los legados sin ley”, referido al acto jurídico de dos hijas de genocidas que apelaron a la ley para quitarse el apellido de sus progenitores.

Allí propusimos analizar los fundamentos presentados por Mariana Dopazo[1] y Ana Rita Vagliati ante la justicia, basadas en las marcas subjetivas que las historias de terror y muerte encarnadas por quienes eran sus respectivos padres produjeron en la construcción de sus identidades.

A través de estos actos, se dirigieron a la ley, entendida por ellas en su sesgo ordenador, regulador y pacificador de los lazos sociales, para interpelarla en su función de instrumento válido para oficiar de frontera ante el implacable peso que conllevan esos apellidos en lo social y constituir, a partir de su efecto regulador, la posibilidad de filiarse a un nuevo nombre que las representara de otro modo. Hacer lugar al “deseo de otra cosa”.[2]

Para ello, es importante enmarcar las coordenadas que en 2017 dieron lugar a la emergencia de “voces inéditas e inesperadas” como fueron las de las/os hijas/os de genocidas, que tuvieron lugar a partir del impacto provocado por el conocido “fallo 2x1”.

Allí, el testimonio de Mariana Dopazo, “ex hija” como ella se ha nombrado, y el posterior surgimiento colectivo de hijas/os de genocidas, que participaron en las marchas del 8 y 24 de marzo de ese mismo año, dieron lugar a un hecho sin precedentes a nivel mundial. Además, estas voces surgieron en el momento donde se impulsaba desde el gobierno nacional no solo una lógica negacionista respecto de los crímenes cometidos durante la dictadura cívico-militar, sino también lo que podemos denominar “una política de profanación de la memoria”.

Si bien ya en 2005 Ana Rita Vagliati había hecho pública su renuncia a portar el apellido paterno por estar cargado de una fuerte significación mortífera, en tanto su progenitor había formado parte del aparato represivo del Estado, fue a partir de la movilización multitudinaria contra la decisión del Corte Suprema de beneficiar a los responsables de crímenes de Estado, y en pleno proceso de juzgamiento, que sus hijas/os se erigieron en una voz interpelante hacia dentro del propio sistema judicial y gubernamental.

¿Se trataba de un significante que podía constituirse en un nuevo sujeto político en el campo de los derechos humanos? ¿O su función de “voz interpelante” implicaba hacer lugar a otra cosa más enigmática?

Las presentaciones judiciales de dos “ex hijas” --Rita y Mariana, en distintos momentos-, solicitarona la Justicia una suerte de “excripción”[3] de sus apellidos. Ellas introducen un argumento inédito referido a la ofensa, la deshonra, el dolor y el horror que provocaron en sus vidas, los actos genocidas de sus progenitores, obligándolas a sostener un apellido vinculado lo que ellas mismas denominaron como una herencia mortífera que no las representaba.

En ese momento surge desde la propia producción de la letra estatal --al menos a través de dos fallos judiciales--, el reconocimiento jurídico de una razón potente para dar lugar al cambio de apellido de un/a ciudadano/a, referido al impacto doloroso que pueden provocar los actos genocidas al interior de la propia estructura (in)familiar de sus responsables. Esto significa que el Estado reconocía, a través de ambos dictámenes, al genocidio como un hecho que puede provocar efectos traumáticos a nivel subjetivo, en quienes están obligados a sostener una identidad jurídica que no las/os representa.

Sabemos que el nombre se construye a través de diversas operatorias que no se cierran sólo en esta dimensión de la identidad, sin embargo estas ciudadanas reclamaron el derecho a no portar esos apellidos mortificantes.

Esto nos abre nueva lectura, ya que un acto de esta índole no tiene relación solo con cuestiones de orden identificatorio, sino también con el impacto que la ley produce respecto de la filiación, la transmisión y la herencia en tanto modos de inscripción, que requieren el consentimiento trazado por las vías del deseo.

El anudamiento del discurso del psicoanálisis, con el discurso jurídico, y los efectos en lo social, nos permiten analizar ¿qué significa esta decisión en la vida de estas dos mujeres y cuál es el impacto interpelante sobre la sociedad en su conjunto?

Pensar aisladamente los actos de Mariana y de Rita, aun cuando se traten de actos privados, puede hacer perder de vista la dimensión pública que las conduce hacia la ley del Estado, para recién allí asumir el efecto simbólico con el que toda ley oficia de borde y en estos casos, el borde se juega en la producción de significantes al interior del genocidio. Esos apellidos no hubieran significado lo mismo si el genocidio no hubiera tenido lugar, y tampoco hubieran significado lo mismo si el aparato jurídico del Estado no hubiera sancionado legalmente la responsabilidad de esos crímenes, que paradójicamente actualiza en ellas una herencia siniestra. Luego de la sanción penal, ellas solicitan la sanción civil, no sin antes haber pasado por la sanción subjetiva que estos derroteros traumáticos implican.

Los dos fallos que aprueban la supresión y sustitución de los apellidos refieren al derecho a la identidad y en particular a la identificación de un/a ciudadano/a. En ambos casos los jueces hacen referencia a la “deshonra” de esos nombres para luego considerar como “justos motivos” los hechos criminales denunciados y acceder así a quitarse el apellido o modificar el nombre.

La filiación se sostiene en la transmisión de tres generaciones y en la articulación del deseo de las/osmadres/padres. En estos casos --además de la dimensión social--, está la decisión de rescatar un deseo parental que no puede constituirse de cualquier modo, tal como Mariana afirma al decir “no le permito más ser mi padre”. Esa aseveración habla del nudo ético deseante que se establece como condición subjetiva y es allí donde lo que intersecta lo social con lo íntimo cobra valor de interpelación hacia la Ley.

Para filiarse a un nombre, el linaje de deseo debe sostener la función y hacer circular al nombre como representante de un sujeto.

Pero a este interrogante va añadido otro, central para los analistas --y es allí donde nos distanciamos de la mirada netamente política y social-- y es saber que un padre torturador en lo social y un padre torturador en su función no son lo mismo. Sin embargo, ambas dimensiones pueden interrogar muy profundamente a sus hijos e hijas en una articulación trágica e indescifrable.

Como ejemplo de ello, tomamos una frase de Rita cuando resaltando la importancia que trae el reconocimiento de los crímenes de su padre por parte de la ley, dice “a partir de allí, dejo de tropezar con esa idea en soledad de que quizá las cosas no fueron como las sentí o viví. Dejo de tropezar con eso”.

En tanto, Mariana alude a la dimensión que traen sus actos privados al ámbito de lo social, planteando que “además de lo movilizante que puede ser para cualquier sujeto toparse con este dilema (para ellas) implicó una marca que no se borra ni se borrará y es que cada vez que volvemos a pasar por estos lugares, la cuestión de lo emotivo, del terror, específicamente nos atraviesa con una actualidad siempre vigente”.

Traemos un extracto de su intervención, donde marca que “todo lo que podemos articular hoy aquí gira en torno a una plataforma trágica, sistemática y calculada denominada por todos nosotros, ayer y hoy, terrorismo de Estado, que subroga justamente sobre su base el horror, el terror, lo siniestro, la muerte, la desaparición, la tortura, la apropiación, la vejación, el mal y así el borramiento más absoluto y perverso por parte del Estado, el borramiento del otro por sus ideas. Se trató con eficacia calculada del borramiento de las diferencias y la dominación a través del exterminio, que atraviesa todos los estratos. Las marcas para quienes quieran verlas, para quienes puedan, para quienes las nieguen, están ahí, más allá de lo que uno decida hacer con eso".

A continuación, traemos un extracto de su intervención en esa mesa que da cuenta de todo este recorrido

"Estas son las coordenadas que queremos plantear. Para nosotras es fundante pensar que somos dos 'ex hijas' de genocidas y que apelamos al último eslabón de los resortes legales en lo que entendemos como un 'acto inédito a posteriori', que tanto a mí como a Rita nos llevó más de 30 años elaborar. En nuestros casos, se trata del recorrido particular y singular para desafiar, para suprimir y así para sustituir una herencia, un legado sangriento y horroroso, no especialmente sobre lo personal. Esto es lo quequeremos marcar. Si se tratase de dos historias personales, todos tenemos nuestras historias. Las nuestras exceden este ámbito, a nosotras nos atravesó una dimensión ética y responsable que iba más allá de ese padre en el sentido de cómo entendemos la violencia en su sesgo más inhumano llevado a cabo por estos genocidas sobre otros.

"No deberían conmover estas historias por lo padecido puertas adentro, eso no es más ni es menos que otros relatos subjetivos que alguien pueda rememorar en su propia historicidad. Hay historias trágicas y mucho más trágicas.

"Se trata entonces de encuadrar estos relatos con sus luces y sus sombras sin dudarlo dentro de ese sangriento terrorismo de Estado.

"Solo así cobra valor poner en trabajo nuestros relatos. Dos escritos y dos respuestas de la justicia que no resarce el dolor, que no devuelve las vidas robadas, ni lo niños apropiados, ni los desaparecidos, ni el olvido de la mirada sostenida del torturador con su víctima.

"Es por ello que ese desafiante 'fallo del 2x1' nos puso el terror enfrente nuevamente, renovando el dolor.

"El 12 de marzo de 2017 en nuestra sociedad marca el día en el que la justicia se volvió injusticia, y no desde lo personal sino desde el horror, volviendo actuales las heridas, las pérdidas, los duelos y las ausencias ejercidas por un aparato que se sostuvo desde lo cívico, lo económico, lo militar y lo eclesiástico, aun por quienes no lo reconocen. No hay 'dos teorías' (en referencia a la 'teoría de los dos demonios'), hay una sola y nos duele a todos/as”.

Fabiana Rousseaux es psicoanalista, directora de Territorios Clínicos de la Memoria.

Algunas citas de este texto corresponden al capítulo V del libro Territorios, escritura y destinos de la memoria (F. Rousseaux y S. Segado, compiladoras). Editado por TeCMe a través de Ed. Trenenmovimiento, Buenos Aires: 2019. (Versión modificada). Esta mesa dio lugar a una investigación más amplia

Notas

[1] Psicoanalista, miembro de Territorios Clínicos de la Memoria, participa de la investigación Genocidio y Filiación.

[2] Como remarcó Mariana Dopazo en su intervención en la mesa.

[3] Concepto tomado de las teorizaciones de Jean-Luc Nancy, a modo de “escribir en el afuera”, desarrollado en “Lo excrito”, J. L. Nancy, Une PenséeFinie, 1990, Galilée, París.