El Ente Regulador de Electricidad (ENRE) formalizó la prórroga de la prohibición del corte del servicio eléctrico a usuarios de las distribuidoras Edenor y Edesur. La medida rige en los casos de usuarios y usuarias con deudas previas al 28 de febrero que se hayan originado o agravado durante la vigencia del decreto de Aislamiento Social y de Distanciamiento Social, dispuestos por la pandemia de coronavirus. A través de la resolución 58/2021 publicada en el Boletín Oficial se instruyó a Edenor y Edesur a que "se abstengan de suspender el suministro a aquellas personas usuarias" que tengan deuda originadas por las restricciones adoptadas desde marzo de 2020.

La resolución establece también que las empresas deberán informar el monto que las personas usuarias mantienen como saldo adeudado, al 31 de diciembre del 2020, y las deudas que se originaron entre el 1 de enero y el 28 de febrero del 2021, para que dichos montos puedan ser percibidos conforme a las pautas que establezca el ENRE.

A fin de que las personas usuarias puedan abonar los consumos actuales evitando incurrir en nuevas deudas, se instruyó a las concesionarias a que emitan la liquidación de servicio público incluyendo únicamente los importes correspondientes a los consumos del período, la carga impositiva y, si corresponde, las cargas municipales.