El Gobierno bonaerense imputó de oficio este jueves a Netflix por inclusión de cláusulas abusivas en sus términos de uso en infracción a la ley de Defensa del Consumidor, según informó el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica. Lo que se señala la administración provincial es que la compañía conducida por Red Hastings no contempla la posibilidad de reembolso bajo ninguna circunstancia, impone la renuncia a futuros reclamos y establece que los términos de uso no se rigen por la ley argentina.

Más allá de la sanción, la pregunta es si la provincia podrá aplicarla porque Netflix es una compañía radicada en Estados Unidos que no tiene licencia en el país ya que opera a través de internet y con sus servidores alojados en el exterior. De hecho, hasta ahora ni siquiera se le pudo cobrar el Impuesto al Valor Agregado porque lo que se terminó haciendo es recurriendo a las tarjetas de crédito, que operan como agentes de retención, para aplicarle ese gravamen a los usuarios del servicio y no a la compañía.

Condiciones abusivas

Al analizar los "Términos de Uso de Netflix" que rigen la contratación, la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones constató que la empresa, "mediante una redacción compleja y poco clara, impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas".

La Provincia detectó que los pagos que realicen los consumidores "no serán reembolsables ni se otorgarán créditos en favor del consumidor en ningún caso", lo que para la Provincia "genera confusión y error en el usuario, y la falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio".

También se percibió que se establece una cláusula de exoneración y/o limitación de responsabilidad, "imponiendo a sus usuarios la renuncia a futuros reclamos por la prestación del servicio y a los daños que se les pudieren generar, declarando por anticipado que el servicio de Netflix puede presentar interrupciones y errores y se ofrece en esas condiciones, sin garantías, lo que resulta además violatorio al deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la ley Nacional de Defensa del Consumidor".

Otra de las irregularidades detectadas por la provincia fue la de "obligar a renunciar a sus usuarios a la posibilidad de iniciar reclamos en forma colectiva y/o a participar de acciones colectivas de reclamo en defensa de sus derechos".

"Establecer que los términos de uso se regirán y se interpretarán de acuerdo a la Ley del estado de Delaware (EEUU). Es decir, un usuario o usuaria que se encuentra en la provincia de Buenos Aires, que se rige por las normas Nacionales y Provinciales, que consume los servicios en el territorio Bonaerense, debe regirse por la Ley de un Estado norteamericano. En total violación a lo establecido por los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación", se indicó desde Producción.

"Todas en infracción del artículo 4° y 37, inciso b) de la Ley 24.240, Resolución Nº 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución Nº 994/2021 de la SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación", se planteó.

El Gobierno provincial sostiene que "se cumple de esta manera con el deber de controlar los contratos de adhesión ya que las y los consumidores contratan directamente sin posibilidad de negociar, como también se persigue evitar conductas que puedan resultar violatorias a la normativa de defensa de los consumidores".

Interrogantes

A diferencia de las televisoras, las radios y las telefónicas, los servicios audiovisuales que se brindan a través de Internet, como Netflix, no están regulados ni por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 de 2009 ni por la Ley de Telecomunicaciones Argentina Digital 27.078 de 2014. La Ley 27.078 identifica a los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, pero luego aclara que “cada servicio estará sujeto a su marco regulatorio específico”, el cual en este caso aún no se elaboró.

Por otra parte, la provincia sostiene que la empresa está violando el Código Civil y Comercial de la Nación y la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, normas de carácter nacional sobre las que no tiene potestad regulatoria.