Dos vecinos de Río Piedras y Lumbreras y una habitante de El Galpón, presentaron una denuncia penal por la no elección de intendente en las dos primeras localidades, lo que afirman correspondía porque el intendente electo, Gustavo Dantur, asumió el año pasado como diputado provincial y fue reemplazado hasta ahora por la presidenta del Concejo Deliberante, Moira Dantur

La denuncia se presentó el pasado 13, ante el fiscal penal Gonzalo Gómez Amado, donde luego la denunciante, María Laura "Coty" Thomas, que fue candidata a diputada provincial por el partido Felicidad, se constituyó en querellante. "Los hechos cuya investigación se pretende son la omisión de convocar a elecciones a intendente en el municipio de Río Piedras, pese a que el intendente elegido en 2019, fue elegido diputado en 2021, asumiendo inmediatamente tal cargo y función y dejando los dos años restantes del mandato como intendente a la presidente del Concejo Deliberante, a la sazón su hija", se sostiene en el pedido de investigación.

En la denuncia, que también firman los vecinos Vicente Juárez y Félix Jiménez, de Río Piedras y Lumbreras (que son parte del mismo municipio), se afirma que la obligación de convocar a elecciones es del gobierno provincial

Gustavo Dantur fue electo intendente en 2019; en 2021 se presentó como candidato a diputado provincial por el departamento Metán y fue electo. En esos mismos comicios, su hija, Moira Dantur, fue electa concejala de Río Piedras junto a otros dos de los tres concejales que tiene este pueblo, Alfredo José Inocencio Salvatierra e Irma Yolanda Teseira, todos del Partido Justicialista. Los tres asumieron el 10 de diciembre de 2021 y Moira fue designada presidenta. 

El 14 de diciembre Gustavo Dantur dejó la intendencia para asumir en la Legislatura provincial y Moira Dantur "ocupa su lugar como Intendenta Interina", se reseña en la denuncia en la que se afirma que "A partir de la renuncia del Sr. Dantur para asumir como Legislador es cuando se produce una 'acefalia definitiva' en el Municipio".

Los denunciantes aseguran que hay una "falta en los funcionarios provinciales competentes", y que ante la ausencia definitiva del intendente "en lugar de aplicar la manda de los artículos 182° de la Constitución de la provincia de Salta y 67° del Régimen de Municipalidades (Ley 8.126), prefirieron omitir el cumplimiento brindando así cobertura definitiva al nepótico enroque". 

El artículo 67 de la ley de municipalidades dispone que "si la destitución, muerte, renuncia, ausencia o inhabilidad, es definitiva, y falta aún más de un año para complementar el período del mandato, debe convocarse a elecciones, conforme lo dispuesto por el art. 182 de la Constitución de la Provincia de Salta". 

Salta/12 consultó al secretario de Relaciones Institucionales de la provincia, Antonio Hucena, sobre esta situación, y respondió señalando que la elección de intendente en Río Piedras está prevista para los comicios generales del 14 de mayo de 2023, pero entonces se designaría a quien ocupe este cargo en un nuevo periodo gubernamental, que comenzaría en diciembre de 2023, cuando vence el mandato de cuatro años iniciado por Gustavo Dantur. La denuncia refiere a la falta de elección de quien debe completar el mandato de Gustavo Dantur. 

La denuncia penal revitaliza un reclamo de vecinos de Río Piedras que vienen señalando, en manifestaciones públicas y notas formales, la falta de elección prácticamente desde el momento en que la presidenta del Concejo quedó a cargo de la intendencia. 

En la denuncia penal se recuerda que cuando faltaba más de un año para completar el mandato de Gustavo Dantur se planteó "el problema ante la Gobernación, la Cámara de Diputados y de Senadores de la Provincia" exigiendo que se regularizara la situación, pero no obtuvieron respuestas, ni siquiera designando a interventor. 

Los denunciantes señalaron como un "agravante" el hecho de que en Río Piedras hay solo tres concejales y  "al perder un miembro, no funciona como un cuerpo colegiado tal y como lo exige la Constitución Provincial". Encima, en Río Piedras se afirma que "Moira Dantur ejerce las dos funciones de manera simultánea", que participa de las sesiones del Concejo como presidenta a la vez que sigue atendiendo el Ejecutivo municipal, con lo cual vulnera el principio de división de poderes. En la denuncia se recuerda que el artículo 14º de la ley de municipales "indica como incompatible el desempeño simultáneo de dos o más cargos públicos, al igual que nuestra Constitución Provincial en el art. 62°".

Si bien los denunciantes señalan que es la investigación la que debe determinar "quiénes han sido exactamente los autores del hecho delictivo", recuerdan que "la convocatoria a elecciones en el municipio acéfalo correspondía al Ejecutivo provincial, de conformidad con los artículos 144° inc 10 de la Constitución de Salta y 30° de la Ley Electoral". Uno de los directamente señalados es el secretario de Relaciones Institucionales, sobre el que incluso recuerdan los denunciantes que ya afirmó que no se llamaría a elecciones en Río Piedras porque “lo que se está haciendo en ese municipio tiene un marco absolutamente legal”.

Para los denunciantes, "surgen múltiples irregularidades que devienen del abuso de poder, incumplimiento, entre otras conductas previstas por el art. 248 y 253° del Código Penal argentino como abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, que involucra la inobservancia de la Constitución Provincial, de las leyes, como de las obligaciones que les incumbiere, atentando y subyugando el interés general comprometiendo el bien común".