El Gobierno Nacional comenzará a abonar desde hoy la primera de las dos cuotas del Refuerzo Alimentario o bono de $45.000 a partir de la terminación del número de DNI de los que fueron aprobados. La segunda parte será abonada en diciembre. La inscripción sigue abierta de forma online y presencial.

El beneficio está destinado a sectores vulnerables sin ingresos y que no reciben ninguna asistencia por parte del Estado y fue oficializado el pasado jueves, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, dodne se estableció el orden del cobro del beneficio en función del último número del DNI de los beneficiarios. 

El calendario quedó de la siguiente manera:

  • DNI terminados en 0: lunes 14 de noviembre

  • DNI terminados en 1: martes 15 de noviembre

  • DNI terminados en 2: miércoles 16 de noviembre

  • DNI terminados en 3: jueves 17 de noviembre

  • DNI terminados en 4: viernes 18 de noviembre

  • DNI terminados en 5: martes 22 de noviembre

  • DNI terminados en 6: miércoles 23 de noviembre

  • DNI terminados en 7: jueves 25 de noviembre

  • DNI terminados en 8: viernes 26 de noviembre

  • DNI terminados en 9: lunes 28 de noviembre

De todas formas, la inscripción sigue abierta de forma online y presencial. Para anotarse de manera virtual, los interesados deben ir a la página oficial de Anses, seleccionar “Refuerzo alimentario para adultos sin ingresos” e ingresar el CUIL y Clave de la Seguridad Social para tramitar el alta.

En cambio, para los que opten por realizar el trámite de manera presencial, la inscripción se gestiona sin turno previo en las oficinas del organismo público.

Los requisitos para inscribirse al bono de $ 45.000

  • Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas. En el caso de ser extranjeras, tendrán que demostrar que residen hace 2 años o más en el país.

  • Tener entre 18 y 64 años.

  • Encontrarse en situación de "vulnerabilidad económica y patrimonial".

  • No percibir ingresos formales de ningún tipo

  • No estar bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado.

  • No encontrarse inscripta en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, ni en el régimen de autónomos.

  • No cobrar ningún tipo de jubilación, pensión, plan social, programa estatal, prestación de la seguridad social, o retiro de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • No contar con seguro de medicina prepaga ni ser titular o adherente de ninguna obra social.

  • No estar registradas como activas en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares.

  • No ser titulares de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales.

  • No estar registradas como Efectora Social en el padrón informado por el Ministerio de Desarrollo Social.

  • No encontrarse privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad.

  • Ni tampoco tener a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares; considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.

  • De acuerdo a lo establecido en el Decreto 758/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial, que establece que el “Refuerzo Alimentario para Adultos sin Ingresos”, se financiará a partir de los recursos recaudados por el programa “Fondo Incremento Exportador”, más conocido como “dólar soja”.

Seguí leyendo: