En estos días el INDEC publicó por primera vez la Canasta de Crianza. Se trata de un parámetro estadístico que funciona como referencia para establecer el valor de la obligación alimentaria. Hasta el momento las juezas y jueces determinan la cuota en torno a un porcentaje de entre el veinte y el treinta por ciento de los haberes que percibe mensualmente el progenitor, luego de deducidos los descuentos de ley y con las asignaciones, escolaridad, obra social y todo otro beneficio que le corresponda a la hija o hijo.

La elaboración del índice fue anunciada por el ministro de Economía de la Nación Sergio Massa el 8 de marzo, en el Auditorio de la sede central del Banco Nación. "Quiero pedirle a la Corte Suprema que, a partir de la publicación del Índice, saque una acordada que establezca obligatoria la aplicación en toda la Justicia de Familia" dijo el Ministro. Y reconoció la tarea de nuestro Ministerio de Mujeres bonaerense en la visibilización de esta problemática a partir del informe sobre Incumplimiento de la Obligación Alimentaria (https://ministeriodelasmujeres.gba.gob.ar/gestor/uploads/OBLIGACI%C3%93N%20ALIMENTARIA%2021.6.pdf) que presentamos en junio de 2022.

La primera encuesta sobre incumplimiento de la obligación alimentaria por parte de los progenitores de la provincia de Buenos Aires tenía por objetivo dimensionar y sistematizar información acerca de una problemática absolutamente extendida que atraviesa a las mujeres de todas las regiones y condiciones sociales. El incumplimiento de la cuota alimentaria por parte de los padres es una de las problemáticas más transversales que sufren las mujeres.

El informe arrojó cifras que confirmaron la percepción cotidiana de la mayoría de las personas, quien no lo padece en carne propia tiene una hermana, una amiga, una tía, una madre que lo vive. Los datos fueron elocuentes. Más de la mitad de las mujeres consultadas, un 51,3 por ciento, respondieron que no reciben ningún aporte por parte del progenitor de sus hijas o hijos. En el universo restante hubo un 25 por ciento que dijo percibir la cuota con regularidad y un quince que lo hace de modo irregular. Es decir que más del 66 por ciento o no recibe nada o lo hace de manera parcial.

Algunas de las conclusiones del trabajo fueron que “las respuestas ineficientes y la indiferencia sistémica son un problema extendido. Esto permite que la injusticia se siga reproduciendo pues, por un lado, se envía un mensaje social de tolerancia y aceptación frente al incumplimiento y, por el otro, se genera la sensación de inseguridad y desconfianza en las instituciones que administran justicia. La falla sistémica actual exige a las mujeres que condicionen sus vidas y afronten en soledad las responsabilidades derivadas de la crianza y cuidado de hijos e hijas”.

Otro dato clave que mostró el informe es que el incumplimiento empuja al endeudamiento: “La falta de pago de la obligación alimentaria por parte de los progenitores contribuye a la aparición de formas de sobreendeudamiento de los hogares monomarentales”.

La responsabilidad del poder judicial es central. En estos incumplimientos hay una vulneración del derecho de las niñeces y juventudes a ser cuidadas, en todos los aspectos de su vida y desarrollo. Además, hay un impacto extra sobre la situación de pobreza a raíz de la falta de aporte económico al sustento vital de las y los hijos. Se agrava por la sobrecarga de tareas de cuidado a las que principalmente las mujeres suelen hacer frente, en muchísimos casos, desde hogares monomarentales. Esto genera la imposibilidad de buscar mejores trabajos. También es claro que todo el fenómeno impacta con mayor dureza en los hogares de los sectores populares. Produce efectos negativos en las condiciones de vida y la salud de las mujeres.

El establecimiento de este índice que mide los recursos económicos que implica la crianza en las diversas edades, contribuye a la concientización y resolución de esta problemática. La Canasta de Crianza se conforma de dos componentes que es fundamental desglosar. Por un lado, mide bienes y servicios basada en la Canasta Básica Total. Este indicador para el mes de mayo fue de 31.872 pesos para una niña o niño de 1 a 3 años. El otro componente es el “costo de cuidado”. Allí lo que se calcula es el tiempo que una persona debe dedicarle a su hija o hijo para garantizarle su derecho al cuidado. Y a ese tiempo se le pone un valor tomando el pago de la hora en la categoría “asistencia y cuidado de personas” del régimen para personal de casas particulares. Este modo de construir el índice podrá modificarse con el tiempo, pero lo central es que busca valorizar uno de los trabajos que las mujeres hacemos desde hace siglos y que no es reconocido: las tareas de cuidado intrafamiliares. En este caso, también para un niño de 1 a 3 años, el valor de las horas dedicadas a cuidar fue de 84.179 pesos para el mes de mayo. La suma de los dos índices asciende a 116.050 pesos.

Establecer el valor de la cuota en función de los costos reales de bienes y servicios, y reconociendo el tiempo dedicado a los cuidados en términos de trabajo remunerado es un modo más certero de dar cuenta de la realidad de la que se hacen cargo las mujeres. No es lo mismo el índice que considera el valor de los cuidados, que definir la cuota alimentaria en relación a los ingresos del progenitor. Ese porcentaje suele ser menor al valor real de la Canasta de Crianza, que además la madre asume por completo. Todos sus ingresos y su tiempo están destinados a la crianza. Este índice es una herramienta que evidencia la desigualdad, y propone una referencia para dirimir las responsabilidades de cuidados de hijas e hijos en igualdad.

La Canasta de Crianza aporta una herramienta clave para establecer una base sobre la cual se puede exigir el monto de la cuota alimentaria. Le pone un valor no sólo a los bienes y servicios sino a las tareas de cuidado. Lo que hace falta ahora, entre otras cosas, es que el poder judicial se sume agilizando las resoluciones y abriendo todos los espacios que sean necesarios para canalizar las demandas.

La investigación realizada por el Ministerio resalta la compleja resolución de esta problemática. Señala que la mayoría de las personas, “incluyendo a los progenitores y operadores de justicia, entre otros, no consideran que el pago de la obligación alimentaria sea un derecho de las infancias y una medida en contra de la violencia económica".

De la investigación realizada se desprenden un conjunto de sugerencias para la acción, que tienen por objeto el diseño e implementación de iniciativas que contribuyan a la promoción del cumplimiento de las obligaciones parentales, por parte de los varones, en el marco de un enfoque de derechos. La problemática es multicausal, por lo que proponemos diversas iniciativas a todos los poderes y niveles del Estado. Promover los espacios de cuidado en el ámbito laboral y en lo comunitario es central para construir redes de apoyo para las mujeres a cargo de las crianzas.

Impulsamos múltiples iniciativas para mejorar las condiciones laborales y el acceso al empleo de las mujeres desde programas como el “Sello Construir Igualdad” en articulación con cámaras empresarias y sindicatos. “Oficios sin prejuicios” junto a los ministerios de Trabajo y Producción para fomentar la participación de mujeres en sectores laborales históricamente masculinizados. La promoción de políticas de corresponsabilidad de la vida familiar y laboral con “Corresponsables” que apoya los espacios de cuidado comunitarios.

En lo legislativo, los avances en torno a las licencias parentales contribuyen a equiparar las responsabilidades respecto de los cuidados. En cuanto al poder judicial sostenemos con la Suprema Corte de Justicia bonaerense mediante la Mesa Interpoderes, un diálogo para agilizar las demandas del pago de la obligación alimentaria, la preocupación por facilitar el acceso la justicia para las mujeres y poner a disposición herramientas como la Canasta de Crianza para garantizar el derecho a los cuidados de las infancias y adolescencias.

Ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires