Este domingo 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones 2023. Para los residentes en Mburucuya, Corrientes, la información sobre su lugar de votación está accesible en el padrón electoral.
Elecciones a presidente 2023: cómo sé dónde voto
¿Cómo encontrar mi lugar de votación por nombre y apellido?
La Cámara Nacional Electoral habilitó un sitio web mediante el cual los electores pueden consultar la ubicación en la que votar en Mburucuya, Corrientes. En esa plataforma obtienen el nombre y la ubicación del colección en el donde votan, el número de la mesa asignada para sufragar y el número de orden en el que se encuentran en el padrón electoral. Se recomienda concurrir a votar con dichos datos porque agiliza el trámite y reduce las demoras.
¿El voto es obligatorio?
El voto es obligatorio. Los ciudadanos que no asistan a votar tienen que justificar el motivo por el cual no asistieron. Aquellos no presenten justificación para su ausencia deberán saldar una multa. Pueden votar los treinta y seis millones de electores que constan en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera los documentos autorizados para sufragar.
Documentos permitidos para la votación
Los documentos válidos para votar son
- Libreta Cívica
- Libreta de Enrolamiento
- DNI verde
- DNI celeste
- DNI tarjeta
El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón electoral. No está permitido el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar previo al que figura en el padrón electoral ni de aquellos que presenten el “DNI en su celular”.
Cómo navegar los mapas con los resultados del escrutinio
Los mapas interactivos de Página/12 se pueden navegar mediante pestañas y desplegables. Haciendo clic sobre un distrito en el mapa de la categoría o seleccionando el distrito en el desplegable se mostrarán los resultados, con barras de porcentaje sobre votos válidos para cada candidato, y consignando la cantidad de mesas escrutadas. Cada vista, a su vez, tiene la opción de volver a la anterior.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
Este domingo 19 de noviembre es el balotaje. Las personas mayores de 18 y menores de 70 años que no cumplan con el deber cívico de votar, y no puedan justificar su ausencia, deben pagar multas que van desde los $50 hasta los $500, según lo establecido por el Código Nacional Electoral en su artículo 125, en el apartado "faltas electorales".
Los ciudadanos que no paguen esa multa quedan registrados como infractores, lo que implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
¿Cuáles son los diferentes tipos de votos
- Voto válido: Es el emitido mediante boleta oficializada aun cuando tuviere tachaduras de candidatos/as, agregados o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto. Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas, y se destruyen la o las restantes.
- Voto afirmativo o positivo: Es la expresión de la voluntad política de los/as electores/as dirigida a favor de una agrupación política en una categoría determinada, y que se manifiesta mediante boleta oficializada.
- Voto nulo: Se considera voto nulo el emitido mediante boletas no oficializadas, boletas que no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir y los que se realicen con una boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier naturaleza, salvo los supuestos de voto válido. También es considerado nulo si en el sobre junto con la boleta se encuentran objetos extraños.
- Voto recurrido: Es aquel cuya validez o nulidad fuere cuestionada por el/la fiscal presente en la mesa. En este caso, el/la fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.
- Voto de identidad impugnada: Es aquel emitido por un elector cuya identidad fue cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Este tipo de voto se contabiliza, pero no se escruta, sino que se envía cerrado a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.
LA CÁMARA NACIONAL ELECTORAL ACLARÓ QUE SON VÁLIDAS PARA VOTAR LAS BOLETAS DE LA PRIMERA VUELTA
La Cámara Nacional Electoral (CNE) aclaró que son válidas para votar en el balotaje de este domingo las boletas que fueron oficializadas para la primera vuelta que se realizó el 22 de octubre, en la categoría de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación.
Del mismo modo, son válidas las boletas oficializadas para este domingo 19 "respetando el diseño y sin otra modificación", aclaró la CNE.
En tanto, explicaron que "no son válidas" las boletas que se utilizaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que se disputaron el pasado 13 de agosto.
En el marco de la segunda vuelta que se disputará este domingo, los argentinos definirán al próximo Presidente y Vicepresidente de la Nación entre las fórmulas integradas por Sergio Massa-Agustín Rossi (Unión por la Patria) y Javier Milei-Victoria Villarruel (La Libertad Avanza).