Una investigación de la Fundación Mujeres x Mujeres detectó nuevos mecanismos que han implementado sectores conservadores enquistados en el sistema de salud de Tucumán para obstaculizar el acceso a las ILE e IVE, de acuerdo con la Ley 27.610 sancionada hace tres años. La más cruel de las prácticas identificadas consiste en inducir partos en lugar de garantizar la Interrupción Legal de Embarazo a niñas o adolescentes con gestaciones producto de abuso sexual, dando como resultado “nacidos vivos por ILE”.

“Frente al pedido de una ILE registrado en la historia clínica, nos encontramos que se desarrolla artificialmente la vida intrauterina y luego en el hospital se provoca el nacimiento, vulnerando la voluntad de niñas y adolescentes. Desconocemos si ellas saben que tuvieron un nacimiento con vida, pero la Suprema Corte de Tucumán nos confirmó la existencia de al menos cinco “nacidos vivos por ILE”, --así los están anotando--, de alrededor de 26 semanas, al borde de la viabilidad fetal, que requieren de largos meses de cuidados en el servicios de Neonatología, con cuadros de parálisis cerebral infantil y otras patologías graves, que luego fueron ingresados en el Sistema de Adopción legal de la provincia”, explicó a Página/12 la abogada Soledad Deza, presidenta de MxM.

Uno de los casos relevados por la entidad ocurrió en el Hospital del Este Eva Perón, ubicado en Banda del Río Salí, la segunda ciudad más grande de la provincia, situada en el Gran San Miguel de Tucumán. El nacimiento se produjo el 11 de abril de 2022, cuando tenía 26 semanas de gestación y 850 gramos de peso. La criatura permaneció 8 meses en Neonatología, y entre otras patologías registra “parálisis infantil de tipo espástica”, síndrome convulsivo, e hidrocefalia. El primer mes de internación tuvo además meningitis. A los 10 meses de vida se alimentaba con sonda nasogástrica, y estaba sometido a un “entrenamiento de coordinación de succión y deglución”. El Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IVº Nominación de Tucumán declaró que estaba en “situación de adoptabilidad” el 7 de febrero de 2023. Intervino en el trámite la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y de las defensorías de NIñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la IIº y IIIº Nominación de Tucumán, como así también el agente fiscal de la Iº Nominación. En el expediente 13279/22 figura como “nacida” (...) “tras realizar una práctica de Interrupción Legal de Embarazo (ILE)”. Según se informó a la Fundación MxM “ninguno de los organismos de defensa de los derechos de la niñez denunció las violencias que han sufrido esas niñas”, indicó Deza.

MxM presentó ante el Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) de Tucumán un pedido de Información Pública donde pregunta, entre otras cuestiones, cuál fue el personal que tuvo a su cargo el proceso de la inducción al parto, las razones por las que se le denegó la ILE y si se realizó una denuncia penal o el inicio de actuaciones disciplinarias para determinar las responsabilidades de los profesionales intervinientes. “Denegar un aborto legal es un delito, además de que se está incurriendo en violencia contra la libertad reproductiva”, advirtió Deza. Todavía no recibieron una respuesta del SIPROSA.

Consultada por Página/12, la defensora nacional de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Marisa Graham, confirmó que desde el organismo han detectado esta práctica en distintos lugares del país. La Defensoría está elaborando un informe con este y otros obstáculos en el cumplimiento de la ILE registrados en el último año. “Para nosotros es central el derecho de las niñas a ser oídas, a que su opinión sea tomada en cuenta y que se haga la interrupción del embarazo que corresponde, si ese es su deseo”, destacó Graham. Además, por otra parte, señaló su postura contraria a que “se anoten” a esos bebés “como nacidos vivos de ILE”. “Nos parece algo muy perverso porque en la partida de nacimiento de los chicos no se pone nacido por cesárea, nacido por parto natural o nacido por reproducción asistida, entonces anotar nacido vivo de ILE nos parece de una crueldad espantosa”, apuntó.

–¿Qué otros obstáculos para que las niñas y adolescentes puedan acceder a una ILE han detectado? –le preguntó este diario a Graham.

–En algunos lugares donde existen registros de embarazos por abuso sexual infantil o violación, se evita registrar muchos casos de niñas sobre todo menores de 13 años, por lo cual el área de Salud Sexual y Reproductiva que tiene cada provincia ni se entera, entonces no puede intervenir, para que accedan a una ILE. En otros casos, las áreas de salud no diagnostican el embarazo, se lo ocultan a la niña y a su mamá, o al familiar que la lleva a la consulta, y la mandan de nuevo a su paraje o a su pueblo lejano del centro de salud y le dicen que vuelva dentro de dos meses; cuando regresa la nena ya está con un embarazo muy avanzado.

El cura Enzo Daniel Romero, con su vestimenta clerical oculta debajo del delantal médico. 

El ginecólogo y obstetra Mario Sebastiani, integrante del Centro de Bioética del Hospital Italiano explicó a Página/12 que “un aborto jamás implica el nacimiento de un recién nacido vivo. Por definición el aborto es la expulsión de un embrión/feto muerto”, Al mismo tiempo, señaló que “provocar el nacimiento en los límites de la viabilidad, entre las 22 a 25 o 26 semanas o en una prematurez extrema forma parte del fanatismo. Para no obligar a una mujer a llegar al término, porque si pide un aborto no es legal negárselo, la van llevando hasta una viabilidad determinada pero con consecuencias de sobrevida misérrimas dado que en los límites de la viabilidad si hay sobrevida es con déficits neurológicos muy importantes: sordera, ceguera, parálisis cerebral, espasticidad....etc etc. La recomendación que nace del sentido común y de la Organización Mundial de la Salud es que para que no nazca con vida se produce una asistolia intra útero cuyas indicaciones deben ser informadas a la gestante y tener su consentimiento informado”.

En marco de las consejerías en derechos que brinda la Fundación Mujeres x Mujeres a quienes desean interrumpir un embarazo, encontraron que existe una violación de la intimidad de las usuarias por parte de obras sociales. El mecanismo es el siguiente: cuando una socia adherente al titular afiliado solicita la autorización para acceder a una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) o a una Interrupción Legal del Embarazo (ILE), la obra social o la prepaga da aviso al titular informando sobre la solicitud de autorización de la práctica médica. “Hemos tenido casos de jóvenes de 20 a 26 años que luego de ir a la obra social o a la prepaga a solicitar la práctica llegan a la casa familiar, que comparten con sus padres, y se enteran de que fueron informados de ese pedido, cuando ellas no querían compartir esa información”, detalló Deza, que consideró esa vulneración del derecho a la confidencialidad de la práctica médica como otra estrategia de los sectores conservadores para obstaculizar la IVE/ILE.

Desde MxM hicieron también un pedido de Información Pública a la Superintendencia de Seguros de Salud, el organismo a nivel nacional que fiscaliza el cumplimiento del acceso a la IVE/ ILE por parte de las obras sociales y prepagas para saber si había alguna instrucción oficial para que se dé ese alerta al titular del grupo familiar. Pero la SSS negó que hubiera dictado alguna normativa en ese sentido. Es decir, la práctica es ilegal. El organismo recordó que las leyes que contemplan los derechos de los pacientes y la misma ley Nº 27.610 –de IVE/ILE–, en su artículo 5º inc. b) se refieren a la privacidad. La ley 27.610 establece que “toda actividad médico-asistencial tendiente a obtener y transmitir información y documentación clínica de la paciente debe garantizar la construcción y preservación de un ambiente de confianza entre el personal de salud y las personas que solicitan la atención, y observar el estricto respeto por su intimidad, dignidad humana y autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la confidencialidad; solo se compartirá información o se incluirá a su familia o a su acompañante con su expresa autorización, conforme las previsiones del artículo 8º de la misma ley”.

Una tercera estrategia detectada para obstaculizar las prácticas de ILE/IVE es la designación de profesionales “objetores de conciencia” al frente de Maternidades. Es el caso de Gerardo Murga, flamante director del Hospital del Este –el mismo del caso relatado más arriba del nacimiento del nacido vivo de ILE–, quien se desempeñó anteriormente como jefe de la sala de partos de la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, la más grande de la provincia, donde se había declarado objetor de conciencia.

Y un dato llamativo, también detectado por MxM es que el cura Enzo Daniel Romero, capellán en la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, usa por encima de su tradicional atuendo religioso un delantal blanco como el que habitualmente llevan médicos y médicas. ¿Quiere hacerse pasar por médico?