La nueva gestión de la Secretaría de Derechos Humanos, que fue querellante con el gobierno anterior en el juicio por el asesinato de Rafael Nahuel, decidió no apelar la sentencia que, si bien fue condenatoria, consideró que los cinco agentes del Grupo Albatros de la Prefectura involucrados actuaron con exceso en la legítima defensa, como si se hubiese tratado de un enfrentamiento. Eso es lo que siempre predicó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, a quien reportaba (igual que ahora) la fuerza. Sin embargo, al joven mapuche lo mataron de un disparo por la espalda cuando ni él ni quienes estaban en ese momento en Villa Mascardi, donde ocurrieron los hechos, llevaban armas de fuego. En el Ministerio de Justicia dijeron a Página/12 que no es política de la cartera en la era mileísta ejercer ningún tipo de querella aunque se trate de causas que comprometan al Estado, como los de violencia institucional. 

Este tema puntual entra en la lógica de la doctrina Chocobar, que había sido derogada y que Bullrich está en proceso de reinstalar. Implica la habilitación para las fuerzas policiales y de seguridad para disparar a discreción sin grandes consecuencias aunque cometan un homicidio. Casualmente la ministra anunció días atrás el primer escalón del regreso de esa "escuela" con un protocolo que invita especialmente a la Prefectura a utilizar armas de fuego en sus operativos. 

No está todo dicho

Rafael Nahuel tenía 22 años cuando fue asesinado el 25 de noviembre de 2017 en un operativo de la Prefectura en Villa Mascardi que pretendía desalojar el predio. Bullrich estaba obsesionada con la persecución a los pueblos originarios (igual que ahora), y en especial con los mapuches. Ese mismo año, casi cinco meses antes, había desaparecido Santiago Maldonado, en medio de un operativo/cacería de Gendarmería en la comunidad Pu Lof en Resistencia de Cushamen. Su cuerpo apareció el 17 de octubre de ese año flotando en el río Chubut, que ya había sido rastrillado. 

El juicio por el homicidio de "Rafita" se hizo el año pasado y el Tribunal Oral Federal de General Roca condenó a los cinco prefectos a penas de entre cuatro y cinco años de prisión. Al agente Sergio Cavia le dio la pena más alta como autor de homicidio agravado por uso de arma de fuego en exceso de la legítima defensa y lo inhabilitó para ejercer cargos públicos por ocho años. Los prefectos Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García recibieron una pena de cuatro años y seis meses como partícipes necesarios, y siete años de inhabilitación. La calificación y la pena coincidían con el pedido de la fiscalía a cargo de Rafael Vehils Ruiz. 

Las querellas eran tres y actuaban en forma coordinada: la Secretaría de Derechos Humanos, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y otros abogados de ese organismo con la mamá y el papá del joven mapuche. Plantearon que se trató de un "homicidio calificado en el marco de una persecución deliberada con disparos de munición letal dirigidos a miembros de la comunidad mapuche que escapaban arrojando piedras". En el alegato enfatizaron que se pudo establecer que los imputados dispararon al menos 151 veces balas de plomo y que pese a que se les había indicado esperar refuerzos, salieron a matar. Pidieron prisión perpetua. 

La existencia de esa gran querella es lo que permitirá a la familia seguir batallando y apelar las condenas, que junto con los abogados/as, consideran exigua. De hecho, la APDH y la familia apelaron ante la Sala III de la Cámara de Casación Penal Federal, que tiene asignada la causa. Los tres abogados que habían actuado por la Secretaría de Derechos Humanos, ahora a cargo de Alberto Baños, renunciaron al caso. El Tribunal Oral lo intimó este miércoles a que "nombre representante legal en cinco días". Nada parece indicar que eso vaya a suceder, porque la postura en el organismo es que ya hay sentencia condenatoria (les parece suficiente), había un fiscal especializado y querella particular de la familia. Con esto, dicen, la víctima tiene representación y no hace falta más. Insisten en que el ministerio no querellará en ningún caso y en que los que están en marcha se evalúan de a uno. 

Vía a libre a la violencia institucional

No hay intención oficial de tomar posición poniendo límites a la violencia institucional. A juzgar por las reformas intentadas y la prédica de Bullrich, más bien todo lo contrario. Baños no quiere opinar sobre causas en trámite. Sólo queda ver qué mensaje da la Casación frente al reclamo de la querella. 

La APDH  regional Bariloche, conectó en un comunicado el anuncio del cierre del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), creado por ley en 1995, y el caso de Nahuel, entre otras cosas. "La eliminación de este organismo, que dependía hasta este gobierno del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, demuestra --dice el texto-- la existencia de una política que alienta la violencia y la discriminación, coherente con decisiones tales como la degradación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, el retiro de la Secretaría de DDHH de la querella en el juicio por el asesinato de Rafael Nahuel, y la profundización y discriminación de sectores populares como los migrantes, pueblos originarios, trabajadores, personas con discapacidad con diferente orientación sexual, entre otros". A eso, señalaron, se suma "el negacionismo del terrorismo de Estado", la falta de respeto al "pluralismo ideológico", al "sistema federal de gobierno", el aliento a la "violencia con el insulto y la amenaza cotidiana", la "entrega de la soberanía nacional", y la instalación de un "aparato represivo". Llamaron al rechazo de toda esta política.