Este lunes 29 de abril comienza el debate de la Ley  Bases en la Cámara de Diputados. Entre sus más de 200 artículos, el proyecto incluye una reforma laboral, un paquete fiscal, la privatización de empresas públicas y también la eliminación de la moratoria previsional. 


En la norma que empieza a discutirse hoy en la Cámara baja, trámite que se estima se extenderá hasta el miércoles, se busca derogar la ley 27.705 que dispuso la moratoria previsional que permite jubilarse a las personas que no cuentan con los 30 años de aportes obligatorios a la Anses. En lugar de esta moratoria, el Gobierno busca establecer la Prestación de Retiro Proporcional (PRP). ¿Cómo funciona? ¿Cuánto cobrarán quienes accedan a la PRP?

Prestación de Retiro Proporcional: qué es y cómo funciona

La PRP consiste en un haber mensual equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), que representa el 80% del haber jubilatorio mínimo.

Para acceder a esta prestación que el Gobierno pretende imponer en reemplazo de la moratoria jubilatoria, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad o más
  • Acreditar un mínimo de 10 años de aportes previsionales
  • No haber renunciado voluntariamente a un empleo en los últimos 36 meses previos al cumplimiento de la edad jubilatoria.

Qué establece la moratoria previsional vigente

La ley 27.705, aprobada en febrero de 2023, estableció por un plazo de dos años, prorrogable por otros dos, la moratoria previsional. La medida permitió que durante el año pasado se jubilaran 460.000 personas que no tenían los años de aportes necesarios para hacerlo.

Esta norma estableció un plan de pagos con dos componentes:

  1. Quienes tienen la edad para jubilarse (60 años las mujeres y 65 años los hombres), pero no cuentan con los aportes suficientes pueden cancelar la deuda previsional en cuotas mensuales. Se pueden saldar años anteriores a 2008 hasta 120 cuotas. Cada mes adeudado es equivalente al 29 por ciento de la remuneración mínima imponible.

  2. A quienes les faltan 10 años, o menos, para llegar a la edad jubilatoria, pero tienen deuda previsional y no van a alcanzar a tener los aportes necesarios para jubilarse, se les permite cancelar períodos pasados de aportes faltantes, los cuales no pueden ser posteriores a marzo de 2012. Cada período a cancelar también es equivalente al 29 por ciento de la remuneración mínima imponible.


Si el Congreso aprueba la Ley Bases quienes no tengan los años de aportes necesarios solo podrán acceder a la PUAM a los 65 años y cobrarán solo el 80 por ciento del haber mínimo, independientemente de la cantidad de años que hayan aportado y siempre que puedan demostrar que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social.

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