A través de un nuevo acuerdo con el sector del PJ que encabeza Miguel Pichetto, el gobierno de Mauricio Macri apura la reforma del Ministerio Público Fiscal con un trámite exprés. La renuncia de la procuradora general, Alejandra Gils Carbó, tras sufrir casi dos años de embestida mediática, judicial y política, le abrió al oficialismo el camino para avanzar con una iniciativa que afecta seriamente la independencia del jefe de los fiscales, quien quedará bajo amenaza de suspensión por parte del Poder Ejecutivo. La designación del procurador ya no será por dos tercios del Senado, sino por mayoría absoluta (la mitad más uno de los miembros), se establecerán requisitos menos exigentes para su remoción y se acortará la duración del cargo a 5 años. El oficialismo y el peronismo “amigable” pretenden obtener dictamen en la Comisión de Justicia este miércoles y darle media sanción en la sesión del 15 de noviembre, antes de que llegue CFK al Senado.

Sin debate público, sin convocar a especialistas ni realizar audiencias, el Gobierno avanza con la desarticulación del actual Ministerio Público Fiscal, una institución “independiente con autonomía funcional y autarquía financiera”, según el artículo 120 de la Constitución Nacional. El proyecto presentado cuenta con las firmas del presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, el jefe del bloque radical, Ángel Rozas, y de los peronistas Pichetto y Rodolfo Urtubey. Este acuerdo le deja a la Casa Rosada prácticamente garantizada la aprobación de la nueva norma ya que la Comisión de Justicia del Senado está controlada por el peronista Pedro Guastavino y se requiere mayoría simple en ambas cámaras para su sanción.

Designación

Entre otros cambios, el texto establece que ya no se necesitarán dos tercios de los senadores para nombrar al sucesor de Gils Carbó. Con 37 votos será suficiente. Esto le permitirá a Cambiemos, a partir del recambio legislativo del 10 de diciembre, poder negociar el nombre solamente con el sector del PJ encolumnado con Pichetto, sin necesidad de acordar con otros espacios opositores como el kirchnerismo (que ya contará con la presencia de Cristina Fernández de Kirchner). De haber existido antes un requisito así para nombrar al procurador, por ejemplo el ex titular de la Sigen Daniel Reposo hubiera pasado sin problemas el filtro del Senado. Fuentes judiciales señalaban que, si aún con una mayoría tan alta como los dos tercios, el macrismo consideró que no se consiguió designar una procuradora “independiente” del Ejecutivo, cómo será posible lograr una designación independiente con una mayoría menos exigente, que le permite al partido de Gobierno tener que buscar menos consensos.

Mandato y estabilidad 

Otro de los retrocesos que propone la nueva ley tiene que ver con la duración y estabilidad en el cargo. Hasta ahora el puesto de procurador es vitalicio, similar al caso de los jueces. La reforma le fija un mandato de 5 años, prorrogable por única vez por dos años más. En consonancia con este recorte, (y teniendo en cuenta que el mandato es mayor al del presidente), el oficialismo se asegura grandes facilidades para removerlo si se vuelve indeseable. Hasta ahora y tal como ocurría con los jueces de la Corte Suprema, era necesario removerlo mediante juicio político, proceso que obligaba a conseguir una mayoría de dos tercios en ambas cámaras, además de generar un debate público largo y con garantías de defensa en el marco del Congreso.

En cambio, el artículo 76 propuesto en la reforma establece dos vías posibles para iniciar la remoción. Por un lado, mediante la Cámara de Diputados: cualquiera de sus miembros la propone y luego el pleno del cuerpo debe aprobarlo con una mayoría absoluta (y no dos tercios). Por el otro, el trámite puede iniciarse por una “decisión fundada” del Poder Ejecutivo. En ambos casos el procurador quedará inmediatamente suspendido. Para su expulsión definitiva se requerirá luego el acuerdo del Senado, que deberá votar (otra vez por mayoría absoluta y no dos tercios). Si la Cámara alta no se expide en 180 días, el procurador será repuesto y la denuncia archivada.

Pero a esto se le agrega que, en el caso de que el proceso de remoción fuera iniciado por el Ejecutivo, el Senado tendrá 10 días hábiles como máximo para revocar la suspensión. Si no lo hace, cesará en el cargo hasta que se expida sobre la remoción o bien pasen los 180 días. 

El proyecto del oficialismo apunta, además, a desarticular todas las decisiones tomadas por Gils Carbó, como la creación de procuradurías y unidades especiales, las cuales podrán o no ser continuadas por el nuevo titular del Ministerio Público Fiscal. En la Procuración entienden que esto “implica un fuerte retroceso en institucionalidad y en la perdurabilidad de una política criminal estratégica a largo plazo”, lo que beneficia a las organizaciones criminales complejas, “que nuevamente volverán a enfrentarse con instituciones débiles”.

Además de dejar en la cuerda floja estos instrumentos de apoyo a los fiscales naturales de las causas, los cambios implican complicaciones para cientos de trabajadores del Ministerio Público. Por ejemplo, aquellos fiscales que hayan sido trasladados de jurisdicción tendrán que volver al cargo para el que habían sido designados originalmente en un plazo de treinta días. Si no, será causal de remoción. 

El Gobierno ya tiene prácticamente asegurado un tránsito veloz por el Senado, habrá que esperar para saber si la reforma correrá al mismo ritmo en la Cámara baja.