Como parte de la batería de acciones destinadas a dominar las estructuras judiciales, el Gobierno impulsa ahora la modificación del Consejo de la Magistratura, órgano que elige y puede sancionar a juezas y jueces. El contenido de la propuesta fue acordado entre el Ministerio de Justicia y el Colegio Público de Abogados de Capital Federal, a cargo de Jorge Rizzo, un personaje políticamente cambiante según los tiempos, hoy cercano al oficialismo. El eje de la reforma que propone esta alianza plantea aumentar el número de representantes de las corporaciones judiciales –o sea, de jueces y abogados– de modo que superen en el organismo a los consejeros diputados y senadores, que vienen a ser los representantes del pueblo. Quedaría un Consejo con 16 integrantes, es decir, tres más que en la actualidad. Otro cambio drástico propuesto es que para iniciar un juicio político o para elegir ternas de jueces o juezas ya no se requeriría una mayoría agravada de dos tercios, sino una mayoría absoluta, o sea la mitad más uno. Esto permitiría que un solo estamento pueda tomar decisiones.

El Consejo de la Magistratura comenzó a funcionar en el año 2000, en función de la reforma constitucional de 1994. En su composición original tuvo 20 miembros. En 2006 cambió la integración a partir de un proyecto de la entonces senadora Cristina Kirchner que redujo los integrantes a 13: achicó la representación de las corporaciones judiciales de modo que quedaran seis legisladores y seis representantes de la comunidad jurídica entre abogados, jueces y un académico, más un delegado del Poder Ejecutivo. Esa es la composición actual del organismo. Durante los 17 años de historia que lleva, las problemáticas fueron casi siempre las mismas: las negociaciones políticas, que no son exclusivas de los legisladores e incluyen a jueces y abogados, producen trabas, marchas y contramarchas tanto en los nombramientos de jueces como en las sanciones o acusaciones para iniciar juicio político. El problema de los juzgados y tribunales vacantes (cerca de un 30 por ciento) del que se queja Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema, no distingue gobiernos.

El proyecto que planea presentar el Ministerio de Justicia establece una integración de: cuatro consejeros jueces (dos del fuero federal y dos nacionales), cuatro abogados (inscriptos en el Colegio Público de Capital Federal o en las cámaras federales de las provincias), un académico, tres diputados, tres senadores y un representante del Poder Ejecutivo. En 2013 se había aprobado una reforma del Consejo impulsada por CFK que fue declarada inconstitucional por la Corte. Elevaba los consejeros a 19 y se caracterizaba por habilitar la participación de la ciudadanía en la elección de los consejeros. En el fallo que derribó aquella iniciativa, los supremos distinguían entre estamentos políticos (senadores, diputados, Ejecutivo) y no políticos (jueces, abogados, académicos) y planteaban la existencia de un desequilibrio en favor del primero. A la luz de ese criterio, el proyecto del Gobierno actual generaría un desequilibrio a la inversa, en favor de las corporaciones judiciales.

El impulsor de aquella demanda que llegó a la Corte y que cuestionaba la llamada “democratización de la Justicia” fue Rizzo. Por eso, al fallo se lo suele denominar “fallo Rizzo”. El titular del Colegio de Abogados de Capital dice que le había llevado su proyecto a CFK y, como nunca tuvo eco, probó suerte con el Gobierno actual. Tuvo suerte: ayer apareció en una foto con el ministro de Justicia, Germán Garavano, el diputado de Cambiemos Pablo Tonelli (que además es consejero), Juan Mahiques (el hombre del ministerio), en la que exhiben acuerdo sobre cómo quedó redactado el texto, al que accedió PáginaI12. También fueron consultados el Colegio de Abogados de la Calle Montevideo (gran aliado del Gobierno en la denuncias contra jueces y en la ingeniería para desplazar a la procuradora Alejandra Gils Carbó) y la Federación Argentina de Colegios de Abogados. Los consejeros por los abogados serán elegidos por voto directo de los matriculados e ingresarán tres de la lista ganadora y uno de la lista que le siga en número de votos. Dos como mínimo tienen que tener domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. Es posible que esto habilite el desembarco del Colegio de Montevideo, que tanto domina hoy el escenario judicial, en el Consejo. Los jueces, en cambio, serán elegidos por el sistema D’Hont, con representación igualitaria de jueces de cámara y de primera instancia. Dos deberán pertenecer al fuero federal. El proyecto original preveía que la presidencia del Consejo volviera a cargo de un juez supremo, pero la Corte rechazó esa posibilidad.

Según el texto del proyecto, tal como estaba acordado ayer, para iniciar el juicio político a un juez o aprobar ternas de concursantes para ocupar vacantes ya no se requerirá una mayoría de dos tercios, que obliga a la búsqueda de consenso entre todos los sectores, sino que bastará con una mayoría absoluta. Con nueve votos se podrán adoptar algunas de esas definiciones sustanciales. Esto implica que un solo sector (judicial o político) tendrá la capacidad de adoptar esa definición por sí mismo. En los últimos años fue habitual que los votos siempre estuvieran reñidos, y siempre uno u otro bloque tenía capacidad de paralizar decisiones, a menos que se sentaran a negociar. Cuando se discutió este año el juicio político a Eduardo Freiler, el oficialismo estuvo varios meses sin poder conseguir los votos suficientes. Frente a esa situación, promovieron una demanda contra el senador Ruperto Godoy (FpV) por no ser abogado. Con medidas provisorias lo desplazaron y no le permitieron votar, pese a que esa situación no la resolvió aún la Corte. Otro artículo del proyecto tiene relación con esa cuestión: para ser consejero se exigen iguales requisitos que para ser juez de la Corte, como ser abogado. Esa precisión actualmente no existe. A Godoy se lo echó por una interpretación de algo que la ley no dice.

Otro punto novedoso, que causó alarma entre especialistas y también actuales consejeros, es el que faculta a la Comisión de Disciplina y Acusación a tomar medidas de investigación como si fuese la Justicia penal: podrá solicitar informes “a cualquier entidad o repartición” y “tiene la facultad de relevar el secreto fiscal, bancario y bursátil por una decisión de la mayoría de la totalidad de sus miembros”. Algunas interpretaciones señalan que estaría habilitado para pedir también allanamientos.

El jurado de enjuiciamiento también reflejaría, según el proyecto, la mayor representación de corporaciones judiciales: es el esquema original del jury, con dos jueces, dos abogados y tres senadores. Para destituir se requieren cinco votos. Hoy el jury tiene dos jueces, un abogado y cuatro políticos.