A cinco años de la reforma del Código Penal que incluyó los agravantes por femicidio, el balance es positivo, dice Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) del Ministerio Publico Fiscal de la Nación. “Hoy hablamos de femicidios. Cuando se le pone el nombre a algo, ese algo cobra existencia a nivel comunicacional, público y dentro del sistema de justicia –con un poco de resistencia–. Nosotros trabajamos con el mismo sistema llevándolo al máximo de sus posibilidades hasta que se produce alguna transformación, algún salto”, explica, en este diálogo en el que analiza el informe “Análisis de las primeras 50 sentencias de femicidio del país” y el funcionamiento de la justicia que persigue estos delitos. 

–¿Cómo surgió el informe?

–Recién en 2014 la Corte Suprema de Justicia de la Nación sacó el primer registro de femicidios a nivel nacional. Nosotros lo hacemos a nivel local porque la competencia que tenemos como Ministerio Público Fiscal para investigar femicidios es solo en la Ciudad de Buenos Aires. En la elaboración de informes se hizo una matriz de análisis que es para medir los hechos de muertes violentas de mujeres por razones de género, independientemente de la calificación jurídica, si la causa se archiva, si está prófugo o se suicidó, por lo que fuere. Según nuestra propia matriz de análisis, que es un instrumento de medición elaborado por el equipo de Análisis Criminal, medimos la cantidad de muertes violentas de mujeres por razones de género. 

–¿Y cuál es el objetivo de este informe?

–La reforma del Código Penal, en el año 2012, modificó cuatro incisos del Artículo 80, que son los crímenes agravados. De esos cuatro solo uno es femicidio, otro es femicidio vinculado y los otros dos son crímenes de odio –es el agravante histórico, pasa que antes eran crímenes raciales, religiosos, y ahora se agregó la cuestión de género– y el cuarto inciso es el homicidio vinculado que en realidad es el que casi todas las sentencias usan o que prioritariamente usaban porque es el homicidio que antes era por parientes ascendentes y descendientes, cónyuges, y esto se amplió no solamente a cónyuge legal si no pareja, ex pareja, conviviente y se dio una concepción amplia de pareja. Pero ahí no hay género. Entonces, al principio, cuando se modificó el artículo 80, todos los jueces aplicaban en las sentencias el inciso 1 porque era el más fácil de probar, porque probando el vínculo y ya estaba la perpetua pero lo que seguía pasando es que se invisibilizaba la cuestión de género, el componente de género que tenía ese crimen quedaba invisible, entonces nosotros militamos bastante por la aplicación prioritaria del inciso 11 que captura la cuestión de género. Entonces el objetivo del informe era ver que pasaba con las sentencias, cuántas aplican el inciso 11 y cuáles no.

–Una de las cosas que marca el informe es que en las sentencias hay escasa información de las víctimas y de los victimarios.

–Nosotros cuando hacemos los informes de los hechos de homicidio nos dimos cuenta de esto: se circunscribe a probar el homicidio, la muerte, y hay poco trabajo exploratorio sobre el pasado, los antecedentes de violencia. Sobre todo en los “homicidios íntimos”. Y eso no solamente es una omisión que deshumaniza el hecho sino que lo prioritario es que es esa información te ayuda a probar el agravante de género, entonces es importante que como práctica judicial se incorpore la investigación sobre la víctima y el victimario. En el protocolo lo sugerimos. Hay un cuadro enorme sobre los signos e indicios que se tienen que buscar del componente de género que atraviesa, que causa el homicidio, en la víctima y el victimario, en la escena del crimen, en la autopsia, en la forma de comisión del hecho.

–Hay un 20 por ciento de hijos e hijas que fueron testigos de los hechos. Sobre eso, un juez que se encuentra frente a esta situación, ¿qué hace? ¿Qué debería hacer?

–Están los femicidios íntimos en los que el autor no se cuida, no se fuga, no se oculta y lo comete en su propio hogar  delante de sus hijos. Es el sumun de la violencia. Muchos homicidios se detectan en esas condiciones. Es común porque se cometen en el hogar común, el de la víctima o del victimario. Esa información en la causa es importante también porque ayuda a categorizar un femicidio íntimo. Ahora, el otro punto que se abre sobre esto es cómo trabaja el sistema de justicia las consecuencias del hecho. Es no solamente investigar el crimen si no también investigar cómo se administra ese conflicto que se presenta a partir del homicidio, qué pasa con las víctimas indirectas. Los más débiles casi siempre son los hijos, las hijas de las víctimas. Entonces, ¿qué hace la Justicia con eso? En Argentina se trabaja muy poco la reparación integral. No solamente la reparación económica, ahora está la Ley Brisa (N. de R.: en la ciudad): eso es una partecita, pero después cómo vuelven a vivir esos chicos, como se recupera su vida. 

–Todos fueron sentenciados a cadena perpetua. 

–Claro. El artículo del Código Penal específicamente, igual es mala técnica legislativa, excluye lo que antes tenía el Código original que era la posibilidad de aplicar atenuantes, lo que antes se llamaba “emoción violenta”. Ahora el Código lo prohíbe pero solo sobre el inciso primero, no sobre el resto.

–¿Qué hay de los tiempos que llevan estos procesos?

–Desde 2012 en adelante, hubo más o menos 300 muertes por año según los informes de La casa del encuentro, de la Corte (Suprema). Ahora, a 2017, si multiplicas, son 1.500 muertes y hay cien sentencias, tenemos ahora un poco más. La proporción es bajísima.

–¿Y eso por qué es así, todavía están en proceso?

–Porque están en proceso, porque hay femicidios que terminan en la muerte del autor, hay prófugos, hay homicidios impunes, hay sentencias que no tenemos, hay sentencias que fueron calificadas de otra forma.

–Si tuviera que hacer un balance desde que se modificó el Código en este punto, ¿cuál sería?

–Para mí, positivo. Hoy hablamos de femicidios, hoy existe un fenómeno reconocido como aquel por el que las mujeres mueren por ser mujeres. Yo lo veo como positivo que haya sentencias; que se califique correctamente; que se escuche a las víctimas y que, cuando no se las escucha, haya reclamos. Se va forzando la máquina al punto de que haya transformaciones.