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Domingo, 20 de octubre de 2002

E- Cash de lectores

Inmunidades
Según el diccionario, inmune es un adjetivo que significa “libre, exento de ciertos cargos, gravámenes o penas”. El artículo IV del Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional define su “condición jurídica, inmunidades y privilegios”. Su Sección 8 dispone que “los gobernadores y directores ejecutivos y suplentes, los miembros de comités, los representantes nombrados conforme el Artículo XII, Sección 3j), los asesores de todos ellos y los funcionarios y empleados del Fondo: gozarán de inmunidad en cuenta a procedimientos judiciales en relación a los actos realizados por ellos en el desempeño de sus funciones oficiales, excepto cuando el Fondo renuncie a esta inmunidad”. Esa inmunidad les permite a los mencionados, por ejemplo, ingresar por Ezeiza, exhibiendo sus “luncheons-ravioles blancos” y la Policía Aeronáutica les debe hacer la venia y mantener aferrados los “perros olfateadores”. El sistema de inmunidades y privilegios del FMI supera al reconocido en la Carta de las Naciones Unidas al secretario general de la ONU, directores, funcionarios, etc., de otros órganos de la ONU y de organismos internacionales que cumplen tareas de mayor relevancia para la comunidad internacional que el FMI. Según el Art. I de su Convenio Constitutivo, los fines del Fondo son: “Fomentar la cooperación monetaria internacional, facilitar la expansión y el crecimiento equilibrado del comercio internacional, contribuyendo así a alcanzar y mantener altos niveles de ocupación y de ingresos reales, desarrollar los recursos productivos de todos los países miembros como objetivos primordiales de política económica, fomentar la estabilidad cambiaria, coadyuvar a establecer un sistema multilateral de pagos para transacciones corrientes, infundir confianza a los países miembros, acortar la duración y aminorar el grado de desequilibrio de las balanzas de pagos de los países miembros”. Ninguno de esos fines ni la suma de todos ellos explica, o justifica la necesidad de inmunidades y privilegios para el funcionariado del FMI, más aún cuando ninguno de ellos han sido o son objetivos a cumplirse con Argentina.
Angel F. Di Paola

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