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Sábado, 5 de febrero de 2011

Animaladas patrimoniales

Un informe de la Auditoría General porteña y otro de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad coinciden en el desastre que es el Zoológico. Para mejor, el Ministerio de Cultura parece no tener ni un catálogo de las obras de arte del lugar y nadie lo inspeccionó.

 Por Facundo de Almeida *

Un reciente y demoledor informe de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires, que preside el ex diputado porteño Santiago de Estrada, y otro de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, realizado por iniciativa del defensor adjunto Gerardo Gómez Coronado, dejan en evidencia la destrucción del patrimonio paisajístico, arquitectónico y cultural del Zoológico porteño. Los responsables son la empresa concesionaria y la falta de control ya recurrente de los organismos de preservación patrimonial del Poder Ejecutivo local.

Los orígenes del Jardín Zoológico de Buenos Aires se remontan a 1840, cuando el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, hizo construir jaulas en su casona de San Benito de Palermo, para alojar especies de la fauna autóctona de nuestro país. Pero recién en 1874, cuando el presidente Domingo Faustino Sarmiento presentó al Congreso de la Nación un proyecto de creación de un paseo público al que se llamó Parque Tres de Febrero, en conmemoración de la batalla de Caseros, ese espacio tuvo un destino público definitivo. El Parque se inauguró oficialmente el 11 de noviembre de 1875, y tiempo más tarde se realizaron las primeras compras de animales en el exterior.

En 1888, se decretó la transferencia del Parque Tres de Febrero a la municipalidad y el intendente Antonio Crespo decidió crear en ese predio un “Jardín Zoológico y Botánico”, cuyo primer director fue Eduardo Ladislao Holmberg. La nueva institución científica y pedagógica fue depositaria de los informes de investigación y relevamientos geográficos del país, realizados a fines del siglo XIX y principios del XX, cuyos resultados fueron incorporados a la Biblioteca del Zoológico de Buenos Aires.

El director determinó que los edificios donde vivirían los animales deberían reflejar la arquitectura del país de origen de cada especie, los recintos que se construyeron fueron así diseñados con distintos estilos arquitectónicos (chino, hindú, morisco y grecorromano). Los recintos más antiguos se erigieron entre 1888 y 1903, durante la gestión de Holmberg.

En el espacio público se colocaron monumentos y obras de arte que transformaron al Zoológico en uno de los conjuntos arquitectónicos y escultóricos más importantes del país. En la década del ’30 se construyó el cine-teatro y se habilitó formalmente la biblioteca especializada.

En agosto de 1989, el Congreso Nacional dictó las leyes 23.696 y 23.697. Por la primera se declara la emergencia administrativa y se otorga la facultad del PEN para proceder a la privatización total o parcial, algo que se concretó el 7 de noviembre de 1990, con la adjudicación a la ZooBotánico 2000 SA. Esto motivó una resolución contraria del Concejo Deliberante y la presentación de denuncias penales y una acción de amparo, además de manifestaciones públicas que incluyeron abrazos al Jardín Botánico y al Jardín Zoológico. Las varias mutaciones de la empresa concesionaria concluyeron en 2004, cuando se hace cargo CIE Internacional SA de Capital Variable.

El Jardín Zoológico constituye un paseo único en la Ciudad de Buenos Aires, que presenta a las distintas especies animales rodeadas de los estilos arquitectónicos de sus lugares de origen, conteniendo lagos, jardines y esculturas de alto valor patrimonial y la Biblioteca Domingo Faustino Sarmiento (estético-arquitectónico, histórico-testimonial, paisajístico-ambiental y económico).

La protección patrimonial de este entorno único es diversa. Fue declarado Monumento Histórico Nacional mediante el Decreto 437/97, lo que obliga a que cualquier intervención deba ser autorizada por la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos.

Por otra parte, en 2002 se creó el Area de Protección Histórica Parque 3 de Febrero, que fija su límite sobre la Av. del Libertador, dejando fuera al Zoológico, pero lo incluye en el listado de inmuebles catalogados con nivel de protección estructural, y obliga entonces a que intervengan la Dirección General de Interpretación Urbanística y el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales ante cualquier intervención edilicia.

A su vez, el Código de Planeamiento Urbano lo califica como Distrito UP (Distrito Urbanización Parque), y por otra parte, estas declaraciones sumadas al hecho de que las piezas arquitectónicos, escultóricas y documentos pertenecientes a la biblioteca integren el acervo cultural de la ciudad, implica que los bienes muebles estén protegidos por la ley 1227 de Patrimonio Cultural, y por lo tanto también bajo la autoridad del Ministerio de Cultura porteño.

La Auditoría denuncia que se han realizado obras sin permiso, contratado restauraciones privadas de obras de arte sin las debidas autorizaciones y control, que la descripción que figura en los archivos de las piezas escultóricas difiere de las existentes en la actualidad, que algunas de las obras fueron separadas para integrar nuevos grupos, todo sin la autorización de los organismos nacionales y locales competentes. También se desconoce el destino del acervo bibliográfico y documental de la biblioteca.

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad, cuyo informe fue elaborado por la arquitecta Laura Weber, detectó que “las edificaciones originales son las que presentan mayores deterioros por falta de mantenimiento o intervenciones inadecuadas, como el pabellón de aves y monos, que tiene un valioso espacio interior de estilo andaluz y, si bien está cerrado al público, por las ventanas puede observarse el avanzado deterioro que presentan los revestimientos de azulejos y otros elementos ornamentales”.

Agrega que “otra cuestión a destacar es las edificaciones no originales (baños, granja y depósito), que fueron construidas luego de la concesión del Zoológico, y que no respetaron las características originales del conjunto”.

Resulta extraño, ante una situación de tal gravedad en un espacio público de la envergadura y visibilidad del Zoológico, que ninguno de los organismos responsables de la preservación patrimonial se hayan enterado. Más grave aún es que el 6 de marzo de 2008 la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, dependiente del Ministerio de Cultura, expresó oficialmente –tal como da cuenta el informe de auditoría– que “no dispone del listado de bienes alojados en el Zoo, ni posee información sobre los mismos”, destacando que la DG “sólo ha trabajado puntualmente en 10 de los edificios de valor patrimonial”, añadiendo que la información sobre “el estado de conservación actualizado, es información que debe ser brindada por el Zoo”.

Es insólita esta afirmación si tenemos en cuenta que su superior inmediato –la Subsecretaría de Patrimonio Cultural– es la responsable de la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios, creada por la ley 1227, donde deberían estar registrados todos los bienes muebles e inmuebles integrantes del patrimonio cultural, incluidos los del Zoológico.

El informe de los auditores concluye que “durante el período transcurrido desde entonces [la concesión] fue evidente la insuficiencia de los controles que debió realizar el concedente [la Municipalidad, hoy Gobierno de la Ciudad], quedando a discreción del concesionario muchos de los aspectos vinculados con las obras y reparaciones que se había comprometido a realizar, el mantenimiento del patrimonio cultural, el número y destino de la colección de animales y las normas para el funcionamiento interno. Las falencias más relevantes por parte del Estado pueden resumirse en los siguientes puntos: Inactividad de la administración frente a los incumplimientos contractuales o legales; Deficiencias en el registro y resguardo de la información; Falta de control sobre la liquidación del canon y de los rubros que lo componen; Carencia de habilitación gubernamental para las obras y actividades que se desarrollan en el predio concesionado; Falta de acciones eficientes para asegurar la conservación del patrimonio cultural y natural”.

Y agregan: “El próximo vencimiento de la concesión [que operó el pasado 31 de enero] exige y permite un replanteo profundo que avance hacia la corrección de las deficiencias señaladas en el presente informe. A tal efecto, parece indispensable garantizar una puesta en valor general de las instalaciones y actividades del Jardín Zoológico, bajo el control de los diversos organismos competentes, conforme a sus incumbencias y especificidades”.

Los antecedentes demuestran que la administración de este patrimonio debe volver a manos del Estado, pero además los funcionarios públicos que han tomado conocimiento de esta situación tienen la obligación de realizar la correspondiente denuncia penal.

La Justicia debería investigar si hubo un incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de las autoridades responsables del control, y si los concesionarios han cometido el delito de daño agravado, que el Código Penal define como el acto cometido por aquel que “destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble, o un animal, total o parcialmente ajeno”, cuando éste fuera “ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos”.

* Lic. en Relaciones Internacionales. Magister en Gestión Cultural. Docente del Master en Gestión Cultural en la Universidad de Alcalá de Henares y del Programa de Conservación y Preservación del Patrimonio en la Universidad Torcuato Di Tella - http://facundodealmeida.wordpress.com

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Imagen: Alejandro Elias
 
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