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Sábado, 15 de marzo de 2008

CORREO

Consumidores

Si bien la ley 24.240 lleva 15 años de vigencia, ahora reformada por el Congreso; en la povincia de Santa Fe las cosas son muy distintas en materia de defensa de los consumidores. Todavía carecemos de la sanción de una ley provincial, ha habido proyectos de ley pero ninguno de ellos prosperó. No sólo fueron presentados por los legisladores, sino que también participaron docentes de la Facultad de Derecho de la UNR en el armado de, por ejemplo, tribunales de pequeñas causas.

Sí, por el contrario, se ha trabajado en materia de educación y difusión de los derechos del consumidor tanto desde las ONGs, como de la Oficina Municipal del Consumidor de Rosario, Defensoría del Pueblo, Universidades, lo cual ha incrementado los reclamos de los consumidores y usuarios. En varias oportunidades se ha logrado solucionar reclamos de índole colectivos mediante la propia convocatoria de los vecinos. Esto hace a la participación activa de la sociedad que busca a través de sus reclamos erradicar los abusos que las empresas cometen día a día.

Nos parece importante resaltar que los medios de comunicación son una herramienta muy valiosa a la hora de viabilizar los reclamos y de difundir toda la información necesaria para que la Defensa de los consumidores se concrete en los hechos puntuales.

En pos de un mayor crecimiento, sostenemos que es imperiosa la necesidad de sancionar la Ley de Defensa del Consumidor provincial, en la cual se atiende a las urgencias propias de esta provincia. Esto es, incorporación de los principios de la Defensa del consumidor a los servicios públicos provinciales, creación de mecanismos de participación de las ONG, universidades, oficinas municipales, etc. dentro de las estas empresas públicas. Incluir la defensa del consumidor en la currícula escolar desde las edades más tempranas.

En cuanto a la práctica de estos derechos, entendemos que deben arbitrarse medidas de índole político que aseguren a todos los ciudadanos el acceso a poder reclamar. La Autoridad de Aplicación, la Dirección de Comercio Interior, tiene solo dos reparticiones, una en Santa Fe y otra en Rosario. Esto termina siendo un obstáculo para los usuarios que habitan en el resto de las localidades, y más aún para aquellos que no cuentan con oficinas municipales de defensa del consumidor. Lamentablemente varios de estos reclamos quedan sin respuesta, y constituyen una ganancia a favor de aquellas empresas que especulan con ello. En varias oportunidades hemos tramitado reclamos a la distancia, pero al momento de llevar adelante una conciliación los usuarios carecen del tiempo o en muchas veces del dinero para poder trasladarse hacia Rosario.

En materia judicial, los tribunales han colaborado activamente en la Defensa del Consumidor estableciendo claridad en lo que hace a la aplicación de la ley y poniendo límites a los atropellos que padecían los consumidores por parte de las empresas de seguros, bancos, medicina prepaga, etc. Ahora bien, la realidad es que aún así, no podemos decir que la justicia está a la altura de los consumidores; teniendo en cuenta que la gran mayoría de los reclamos no llegan a los tribunales por ser de poco monto. Consideramos que para poder contrarrestar esta tendencia, es necesario pensar en la creación de juzgados de pequeñas causas y la posibilidad de litigar sin gastos cuando se acciona por ley de defensa del consumidor. En este punto tenemos como modelo a Brasil, donde la defensa de los consumidores es un ejemplo a imitar.

Valeria Vaccaro

Presidenta Union de Usuarios y Consumidores

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