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Miércoles, 2 de septiembre de 2015

CIUDAD › ARGUMENTOS DE DE OLAZáBAL PARA CAMBIAR DE FUERO LA CAUSA ESCOBAR

Con instrucciones claras

El Defensor General Gabriel Ganón recurrió a un documento del fiscal federal para explicar por qué el juez Caterina debería enviar hoy el expediente a la justicia federal: el ocultamiento del cuerpo y la participación policial son clave.

El defensor general Gabriel Ganón se mostró confiado ayer en que la causa por el crimen de Gerardo Escobar pase al fuero federal en la audiencia de hoy, en manos del juez Luis María Caterina. Ganón recordó la directiva número 13, que firmó el Fiscal General Julio de Olazábal el 26 de noviembre de 2014, dirigida todos los fiscales santafesinos, en la que estipula con claridad los ítems que configuran a la desaparición forzada de personas, un delito que se investiga en la justicia federal.

En aquella circular, a la que deben apegarse los fiscales que forman parte del Ministerio Público de la Acusación a cargo de De Olazábal, el funcionario recordó que "la ley 26.679 incorporó al Código Penal de la Nación el delito de desaparición forzada de personas y estableció el fuero federal para su investigación". Para que los fiscales tuvieran clara la tipificación de este delito, afirmó que se trata de "la privación de la libertad de una persona cometida por agentes del estado, con su apoyo o aquiescencia, seguida de la falta de información o la negativa a reconocer dicha privación o informar su paradero". Por eso, el Fiscal General instruyó a sus subordinados con claridad. "Cuando verosimilmente se presenten estos elementos típicos, el Ministerio Público de la Acusación ha de reconocer la competencia federal", dice la circular que De Olazábal firmó un mes después de la desaparición de Franco Casco.

Ganón saca a relucir la circular ante su pedido para que la desaparición de Pichón Escobar -que salió del boliche La Tienda el viernes 14 de agosto y una semana después fue encontrado muerto en el río- pase al fuero federal como "desaparición forzada de persona", en lugar de la investigación por homicidio que lleva adelante la fiscal Marisol Fabbro, en la que hay cinco imputados.

Cristian Jesús Vivas, personal de seguridad del boliche, fue acusado de homicidio, mientras los policías Luis Alberto Noya y Maximiliano Amiselli (éste con carpeta médica), y los también patovicas César Darío Ampuero y José Luis Carlino fueron imputados por encubrimiento.

De Olazábal consideró en noviembre pasado "que se instruye por la presente para que al momento de interpretar si se ha configurado una intervención autoral de agentes estatales, su apoyo o aquiescencia, deberá en principio estarse al lugar o circunstancias en que fuera por última vez reconocida la presencia de la persona desaparecida".

La intervención policial no tiene la misma magnitud si se considera un encubrimiento o si se tiene en cuenta que los agentes públicos utilizaron su función para impedir que el cuerpo de Pichón fuera encontrado con anterioridad.

Con estos criterios, De Olazábal instruyó a sus fiscales a reconocer la competencia federal en estos casos. El juez Caterina deberá decidir hoy el planteo de la competencia.

Es Ganón quien reclama que se cambie tipificación de los delitos y el grado de importancia de cada uno de ellos. "No es lo mismo calificar los hechos como desaparición forzada de persona que como homicidio, ya que la pena a aplicarse por desaparecer personas es gravísima", dijo el Defensor General, quien estimó conveniente "profundizar la investigación para saber si hubo más agentes de policía implicados en el hecho, puesto que esto se planteó desde un primer momento y las pruebas lo están corroborando".

Para Ganón, "cuando se analizan los casos de desaparición forzada de personas, la posibilidad de que existan pruebas plantadas es habitual". El Defensor apuntó que "si se analizan los casos de Franco Casco, Paula Perassi en la provincia, Luciano Arruga y Miguel Bru, como tantos otros, se llega a las mismas conclusiones". Ganón recordó que hay un antecedente similar al de Escobar, el caso Sergio Avalos en Neuquén. "Allí participaron en su desaparición también patovicas y policías, por lo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que debía pasar a la Justicia Federal". La calificación ﷓dice el Defensor- de la causa "no es un mero detalle, porque la pena por desaparición seguida de muerte es perpetua para los autores".

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Facsímil con la resolución del fiscal general.
 
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