ECONOMíA › LA CORTE SUPREMA DEJó SIN EFECTO EL EMBARGO A LA PETROLERA

Chevron sin embargo

La medida cautelar representaba la extensión en Argentina de una sentencia dictada por la Justicia de Ecuador, a raíz de un juicio por daños ambientales producidos en ese país.

La Corte Suprema de Justicia dio marcha atrás con el embargo sobre activos y cuentas bancarias de Chevron, decisión que solicitaron días atrás la procuradora general, Alejandra Gils Carbó, y antes el titular de YPF, Miguel Galuccio. La petrolera estadounidense tiene acordado con YPF invertir en forma conjunta en el yacimiento de Vaca Muerta, para lo cual uno de los escollos era definir la forma legal que evitara la aplicación del embargo. La medida cautelar en contra de Chevron, desestimada ahora por la Corte, representaba una extensión en territorio nacional de una sentencia dictada por la Justicia de Ecuador, a raíz de un juicio por daños ambientales producidos en la región amazónica de ese país.

La decisión de la Corte sorprendió a Chevron, señalaron a este diario fuentes allegadas a la empresa. Si bien eran optimistas luego de la declaración de Gils Carbó hace dos semanas, no esperaban un fallo favorable en tan poco tiempo por parte del máximo tribunal. En cuanto al acuerdo con YPF, admiten en Chevron que el embargo representaba una dificultad en términos operativos. Las empresas estaban trabajando en la ingeniería que permitiera a la petrolera estadounidense invertir sin verse afectada por el embargo. De todas maneras, advierten que el juicio en Argentina, a cargo de Elcuj Miranda, por el daño en Ecuador, continúa.

El fallo de la Corte responde a un recurso extraordinario interpuesto por Chevron, ante lo dictaminado por la sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Los camaristas habían confirmado el embargo de primera instancia del juez Adrián Elcuj Miranda. Esa medida afectaba los bienes que tiene la petrolera estadounidense en el país, en extensión de la sentencia dictada por el presidente subrogante de la Corte Provincial de Sucumbíos, en Ecuador, que condenó a la empresa a pagar algo más de 19 mil millones de dólares por daños ambientales. La causa se remonta a la decisión de un grupo de abogados de iniciar una “acción de clase” a favor de 30 mil residentes de la Amazonia ecuatoriana, afectados por daños ambientales a partir de la exploración de hidrocarburos por parte de Texaco, que en 2001 fue adquirida por Chevron.

La intención de extender la medida de la Justicia de Ecuador hasta la Argentina se basaba, según los abogados, en los términos previstos por la Convención Interamericana sobre el Cumplimiento de Medidas Cautelares. Bajo esa lógica, Elcuj Miranda dispuso el embargo sobre los activos de la petrolera, los dividendos y el 40 por ciento del movimiento de las cuentas bancarias, decisión luego ratificada por la Cámara de Apelaciones.

La Corte, en su fallo de ayer, cuestiona el argumento de que a pesar de tratarse de una persona jurídica distinta, Chevron Argentina puede hacerse cargo de la ejecución de la indemnización que le corresponde a Chevron Corporation. “La decisión tomada por la Justicia del Ecuador de imponer medidas cautelares sobre los bie-nes de las sociedades demandadas las ha privado de este derecho –en relación con la figura de la distinta personalidad jurídica– con afectación de principios que integran el orden público internacional”, explican los magistrados.

El equipo de abogados que demandó a Chevron Argentina, encabezado por Enrique Bruchou, difundió ayer un comunicado donde señala que “el fallo contraría el régimen contemplado en el tratado sobre cumplimiento de medidas cautelares, que es de aplicación obligatoria para la República Argentina”. “Chevron Corp opera íntegramente a través de subsidiarias en todo el mundo, y no genera ningún ingreso distinto de los dividendos que recibe de dichas subsidiarias”, agregó.

Gils Carbó rubricó un pronunciamiento en contra del embargo, con carácter no vinculante, el 22 de mayo. “El caso reviste gravedad institucional. La traba de un embargo (...) a sujetos que desarrollan una actividad de notorio interés público, como la exploración y explotación de hidrocarburos, puede producir perjuicios irreparables”, indicó en esa oportunidad. “De conformidad con lo dictaminado por la señora procuradora general, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada”, confirmó ayer la Corte.

El levantamiento del embargo puede agilizar el acuerdo de Chevron con YPF. Ambas empresas llevan firmadas tres cartas de entendimiento y recientemente Galuccio, quien también criticó el embargo, indicó que Chevron invertirá entre 1000 y 1500 millones de dólares en Vaca Muerta.

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Miguel Galuccio, presidente de YPF, con su par para América latina de Chevron, Ali Moshiri.
Imagen: DyN
 
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