EL PAíS › EL GOBIERNO BONAERENSE DECRETO LA EMERGENCIA VIAL EN LA PROVINCIA

Luz roja en las carreteras

La medida incluye el regreso de los radares para controlar la velocidad en las rutas. Los municipios ya no tendrán el poder de sancionar las faltas en las rutas: esas infracciones ahora serán juzgadas por un tribunal provincial.

 Por Pedro Lipcovich

Ante “la gravedad de los siniestros de tránsito”, la provincia de Buenos Aires declaró la Emergencia Vial en todo su territorio: esencialmente, consistirá en empezar a aplicar en forma inmediata, por decreto de necesidad y urgencia, un nuevo Código de Tránsito, que a la vez se envía a la Legislatura como proyecto de ley. Este Código reserva a la provincia el control y sanción de las faltas cometidas en rutas, autopistas y caminos provinciales y nacionales. Para su juzgamiento se crea la Justicia de Infracciones de Tránsito Provincial. A los municipios se les asegura la facultad de controlar y juzgar las faltas en los ejidos urbanos. Se establecen alicientes y controles para que las comunas entreguen efectivamente los datos sobre infracciones al Registro Unico de Infracciones de Tránsito (RUIT); hasta ahora no vienen haciéndolo. El fortalecimiento del RUIT haría posible que los jueces conocieran los antecedentes del infractor, evitaría que conductores inhabilitados en un municipio puedan obtener su licencia en otro y permitiría sistemas de sanciones basados en la suspensión progresiva de la licencia de conducir, exitosos en el mundo. A fin de controlar una infracción crucial, el exceso de velocidad, el nuevo Código de Tránsito prevé la instalación de cinemómetros (radares) “cuya información no pueda ser alterada manualmente”, a diferencia de los que se utilizaron hasta ahora. La infracción detectada en ruta deberá serle comunicada al conductor antes de que haya recorrido diez kilómetros: esto implica el montaje de operativos de control, a cargo de la Policía de Seguridad Vial, cuyo personal se incrementará.

La declaración de emergencia, que regirá hasta el 31 de diciembre, observa que “la política de seguridad vial forma parte de la protección de los derechos humanos” y que “los siniestros de tránsito son consecuencia de factores predeterminados y evitables”. En su artículo 2º, el decreto –comunicado a la Legislatura mediante el Mensaje 1602/97– dispone “aprobar el nuevo Código de Tránsito hasta tanto la Legislatura sancione el proyecto de ley” correspondiente. La decisión fue anunciada ayer por el gobernador bonaerense, Felipe Solá.

El nuevo Código –cuyos borradores se prepararon durante seis meses en el Ministerio de Seguridad y Justicia bonaerense para sustituir la Ley provincial 11.430– establece que “las infracciones de tránsito cometidas en rutas, caminos, autopistas o semiautopistas provinciales o nacionales serán juzgadas por la Justicia de Infracciones de Tránsito Provincial; quedan a cargo de los municipios “las infracciones de tránsito cometidas en el ejido urbano”. De aquí en más en la provincia, los municipios no podrán sancionar faltas cometidas en rutas o caminos que pasen por su jurisdicción.

El artículo 138, llamado “distribución del ingreso por multa”, establece que “cuando las actas de comprobación hayan sido labradas por faltas cometidas en el ejido urbano, por autoridad de comprobación municipal, el municipio recibirá el total del producido por el cobro de multas”. Bajo la ley anterior, los municipios debían entregar a la provincia el 60 por ciento de lo recaudado y –según explicó a este diario un experto en el tema–, “para no entregar ese porcentaje, muchas veces incumplían la obligación de comunicar las infracciones al Registro de Infractores: otorgarles el total de lo recaudado eliminará esa causa de subnotificación, y, además, la ley establece que todos los formularios que utilicen deberán ser provistos y numerados por el RUIT”.

El Plan de Emergencia Vial incluido en el decreto señala que el fortalecimiento del Registro permitirá “combatir la conducta de aquellos ciudadanos que, inhabilitados para conducir en un municipio, obtienen su licencia en otro municipio que no cuenta con la información adecuada”. La información centralizada también permitiría a cada juez contar con los antecedentes completos del infractor y, según el experto consultado por este diario, “es imprescindible para disponer sanciones como las suspensiones progresivas de las licencias para conducir, con puntajes en función de los antecedentes, que se mostraron eficaces en distintas partes del mundo”.

Las infracciones cometidas en rutas, caminos y autopistas serán juzgadas por la Justicia de Infracciones de Tránsito Provincial, que aún no fue constituida. Las sanciones, según el nuevo Código, incluyen: amonestación (“sólo aplicada por única vez y mientras no se registren antecedentes”); multa; inhabilitación para conducir vehículos o determinada categoría de ellos; concurrencia a cursos de educación o tareas comunitarias; y también arresto no redimible por multa (por ejemplo, “por cruzar con semáforo en luz roja, a partir de la tercera reincidencia”). El valor de las multas “se determinará en unidades fijas (UF), equivalentes al precio de un litro de nafta especial”. La multa va de 100 a 1000 UF para “faltas graves”, por ejemplo: “circular sin chapas de identificación”; “conducir bajo alcoholemia positiva”; “adelantarse a otro vehículo por la derecha”; “adelantarse en curva o lugar peligroso”; o, desde luego, “conducir con exceso de velocidad”.

Todo el procedimiento no debería durar más de 20 días a partir de la infracción; el juicio no es necesariamente presencial, ya que el presunto infractor podrá comunicarse por fax o por mail. Todavía no se decidió dónde funcionarán ni cuántos serán los juzgados del nuevo fuero. Se prevé su instalación progresiva, “empezando por las rutas que llevan a la costa atlántica”, precisó una fuente de la gobernación bonaerense. Felipe Solá, gobernador de la provincia, estimó que “en 15 días habrá nombramientos de magistrados”.

El nuevo Código también establece “para el control de velocidad en zonas urbanas o rurales, el uso de instrumentos cinemómetros, cuya información no pueda ser alterada manualmente”. Estos “deberán ser homologados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y no podrán privatizarse ni concesionarse las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones”. Los antiguos radares no tenían ese requisito de inalterabilidad de los datos, y eso fue lo que generó la polémica por su aplicación (ver aparte). Los que se utilizan actualmente en otros países pueden disponerse por debajo del pavimento o –como los que suelen usarse en Brasil– en forma de arcos por encima de la ruta.

Los nuevos cinemómetros deberán ser adquiridos mediante trámites acelerados, aunque sujetos a control posterior, que la emergencia autoriza. Entretanto, aclaró la fuente de la gobernación, “el control de velocidad puede efectuarse por otros procedimientos, por ejemplo midiendo el tiempo que un auto tarda en pasar entre dos peajes”.

Según la nueva normativa, “toda infracción que se detecte deberá ser puesta en conocimiento del infractor a una distancia no superior a diez kilómetros del lugar del hecho, siempre que las circunstancias así lo permitan, para hacer cumplir el cese de la falta, remitiéndose posteriormente las actuaciones para su juzgamiento” y “deberá señalizarse el sector donde se efectúe el operativo de control”.

Una actuación central en la detección y control de las infracciones recaerá sobre la División Seguridad Vial de la policía de la provincia, creada como parte de la reforma institucional dispuesta por León Arslanian: sus integrantes se incorporan mediante una carrera de formación específica. Los otros dos organismos de control son las direcciones provinciales de Transportes y de Vialidad.

Otro aspecto incluido en los controles se refiere a las condiciones de seguridad de los vehículos de transporte, incluidos los tacógrafos, que dejan registrado todo exceso en la velocidad. Según el experto consultado por este diario, “muchas veces los micros circulan sin los tacógrafos. No es fácil obligar a las empresas a cumplir los requisitos; y muchas veces obtienen el apoyo encubierto de los gremios; los choferes aceptan trabajar demasiadas horas a cambio de pago adicional, y, con el sistema de pagarles por cada viaje, se perjudican cuando al vehículo se le impide la salida por no estar en condiciones”.

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La emergencia vial fue anunciada por el gobernador Felipe Solá y el ministro León Arslanian.
 
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