EL PAíS › OPINION

La extradición de Cavallo

 Por Rodolfo Yanzon *

Con la decisión de ceder el conocimiento del proceso del represor Ricardo Miguel Cavallo a la Justicia argentina, la Audiencia Nacional de Madrid dio un mazazo al principio de jurisdicción universal y de debilitar los derechos y garantías que deben prevalecer en todo proceso penal. Defraudó las expectativas de la comunidad internacional y dejó a la deriva un proceso iniciado hace más de seis años, evidenciando su total falta de voluntad de iniciar un juicio oral inminente. Dado tal pronunciamiento el juez argentino Sergio Torres ha solicitado la extradición de Cavallo. Pero habrá algunos escollos que eludir.

En primer lugar, la Audiencia Nacional nada dijo sobre el rol que le compete a México, que hace tres años había concedido la extradición con el objeto de que fuera juzgado en España. En segundo lugar, al haberse frustrado un juicio oral en España, comenzará el periplo de la extradición, cuya tramitación demandará unos meses. En caso de que la extradición sea finalmente concedida (ése ha sido el anhelo del represor, desde su primer día de detención en México), Cavallo deberá ser indagado en la Argentina por la totalidad de los hechos que se le imputan, si es que el juez argentino no se ve limitado por lo que decidan las autoridades judiciales españolas y la autorización que brinde México. Se realizará la etapa de instrucción y, hasta arribar a un debate oral y público, transcurrirá un plazo no menor a dos años. Es decir, la Audiencia Nacional declinó iniciar un juicio oral inminente, para dar paso a un derrotero judicial que demandará muy posiblemente un lapso aproximado de tres años.

La Audiencia Nacional reconoció prioridad a la Justicia argentina “siempre y cuando se ejercite de manera eficaz”. Esta última aclaración no está comprobada en nuestro país, entre otras cuestiones, debido a la persistente intervención de la Cámara Nacional de Casación Penal que ha tratado de obstaculizar el avance de estos procesos y por la angustiante situación que se ha generado en torno de los testigos.

En tercer lugar, en breve expirará el plazo máximo según la ley española para la prisión preventiva, con lo cual Cavallo posiblemente obtenga su libertad –mientras aguarde el desenlace de la extradición–, circunstancia que no resulta descabellada si se piensa que durante seis años estuvo detenido esperando que se realizara un juicio que jamás se llevó a cabo. Desde luego, no resultarán infundados los temores sobre peligros de fuga y en ese caso la Justicia se verá una vez más demorada.

Por último, Cavallo pasó seis años detenido en cárceles de máxima seguridad. En el caso de que el pedido de extradición sea exitoso, Cavallo no debería ser alojado en una base naval, que no cumple con ninguno de los requisitos para albergar detenidos a la orden de un juez civil, sin controles ni tratamientos de ninguna naturaleza; un privilegio que no tuvo ni en México ni en España. Pero existe otra posibilidad, y es que México no autorice el envío de Cavallo a la Argentina, o que ante el Tribunal Supremo prevalezcan los criterios expuestos en sus recursos de casación por la procuración y los acusadores particulares, que criticaron, con razón, la artera y desproporcionada decisión de los jueces españoles; en cuyo caso no tendrán otra posibilidad que realizar el juicio oral que acaban de retacear a la comunidad internacional toda.

* Abogado de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre.

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