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Cambio en el Registro Civil

“La ley 8204, hecha por todos los jefes del Registro Civil, busca darle una seguridad mayor al menor”, comentó ayer el ministro de Aníbal Fernández, en referencia a la modificación de la norma que rige el funcionamiento de los Registros Civiles de todo el país. El jefe de la cartera de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos señaló que con “la legislación actual, hay 30 días para inscribir al menor con su nombre y apellido, pasados los 30 días hay un plazo determinado para inscribirlo a través del Ministerio Público; no existen formas más simples”. Este estatuto afecta a las personas con limitaciones económicas, que a veces no registran a sus hijos, quienes figuran como NN.

“El documento más importante del recién nacido no es la partida de nacimiento, es un simple documento interno que se llama F1, en donde el médico dice: ‘este chiquito es hijo de esta señora porque yo acabo de atenderla, doy fe de que esto es así’”, indicó Fernández, quien agregó que, actualmente, en el documento no existen las mismas garantías de que “la madre sea quien es”. La propuesta es que ese F1 no sea entregado al padre, sino directamente al Registro Civil. Habría 40 días para inscribir al bebé, de lo contrario el Registro Civil lo inscribirá de oficio, “con lo cual no habrá más chicos sin estar inscriptos”, estimó Fernández.

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