SOCIEDAD › OPINIóN

Una concepción falaz sobre la cuestión mapuche

 Por F. Trentini, S. Valverde, L. Bersten, J. C. Radovich, M. A. Berón, A. Balazote *

Ante la aparición de diversas notas periodísticas en medios nacionales, regionales y locales del norte de la Patagonia, que tienen como común denominador negar la preexistencia del pueblo indígena mapuche, un grupo de profesores e investigadores de la carrera de Ciencias Antropológicas de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA y del Conicet deseamos hacer pública nuestra posición. La misma se apoya en nuestra trayectoria en base a los trabajos científicos realizados en algunos casos a lo largo de 25 años, y considerando los aportes de diferentes disciplinas a nivel nacional e internacional.

En las últimas décadas existe un amplio acuerdo en las ciencias sociales y humanas en considerar la identidad en términos procesuales y relacionales –es decir que se define en la interrelación con un “otro”—, por lo cual nunca puede concebirse como una entidad estática ni promoverse asociaciones del estilo “una raza igual una cultura”. Este tipo de análisis, de corte preterista y esencialista que definía a las poblaciones como una “sumatoria de rasgos” (biológicos y culturales), ha sido dejado de lado desde la década del ’60, ya que tiende a negar que los pueblos se adaptan y reactualizan en sus identificaciones en forma dinámica y variable. Los enfoques actuales, que vienen desarrollándose desde hace décadas en centros académicos del país y el mundo son sugestivamente omitidos por estas notas periodísticas.

Una falacia en la que incurren los abordajes estáticos de las identidades consiste en apelar al concepto de “araucanización”, planteando que los mapuches no son “originarios” de la Argentina, sino “invasores” chilenos. Desde la arqueología, la historia, la antropología social y la etnohistoria, esta noción ha sido ampliamente refutada.

Diversas investigaciones arqueológicas demuestran la temprana presencia de contactos entre los pueblos indígenas ubicados a ambos lados de la cordillera de los Andes, evidenciando complejos procesos de interacción social de gran profundidad histórica.

En esta misma línea, diversos trabajos históricos revelan cómo el cordón montañoso pasó a erigirse como frontera sólo después de la constitución de los Estados nacionales y, en algunos casos, varias décadas después. De allí la lectura sesgada que supone atribuir a los grupos indígenas una nacionalidad “argentina” o “chilena”, cuando aún no se había efectivizado la ocupación territorial de ambos Estados.

Resulta por demás llamativa, en estas notas, la omisión de los muchos testimonios y documentos que registran la gran cantidad de población mapuche asentada en el actual territorio argentino, que debieron huir hacia el oeste de la cordillera a medida que avanzaba la conquista militar. Unos años después, al finalizar las campañas a ambos lados de los Andes, estas familias “retornan”. Es decir, aquello que se lee como una invasión trans-cordillerana, en realidad implica el “regreso al territorio originario”.

La pretendida identificación del mapuche como “chileno”, con la consiguiente negación sistemática de su preexistencia étnica y cultural, se contrapone con la multiplicidad de estudios académicos que rebaten tales teorías. Pero también –lo que no es menor– contradice las legislaciones vigentes, ya que la Constitución nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, ha incorporado con rango constitucional el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas. El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) reconoce al pueblo mapuche, al igual que artículo 53 de la Constitución de Neuquén, provincia a la que alude una parte importante de estas notas.

Como miembros de la comunidad científica instamos a la opinión pública en general, a los medios masivos de comunicación y a los funcionarios involucrados a abordar la temática con la complejidad y responsabilidad que se merece, acorde con los avances científicos de las últimas décadas y con lo estipulado en la Constitución nacional, las provinciales, así como las demás legislaciones vigentes.

* Docentes e investigadores (UBA y Conicet).

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