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Presupuesto participativo

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires le ordenó al gobierno porteño asignar los mecanismos para implementar el "carácter participativo del presupuesto", lo que incluye "procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos". La Sala Primera del tribunal, integrada por los jueces Fabiana Schafrik, Mariana Díaz y Carlos Balbín, dispuso además que la administración porteña deberá "dar adecuada publicidad a las normas respectivas" y asegurarse de "arbitrar los medios conducentes para la real ampliación de la convocatoria". El fallo confirma una decisión de primera instancia del juez Guillermo Scheibler, quien había dispuesto que el gobierno porteño "instrumente adecuadamente los procedimientos participativos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos", tras advertir que la práctica, establecida en la Constitución de la Ciudad y en una ley local de 1998, nunca fue implementada en su totalidad. "Constituye un derecho activo exigible a los poderes públicos, un derecho político de la ciudadanía de Buenos Aires, en su conjunto y de cada uno de sus habitantes en particular, conocer y opinar sobre la finalidad del presupuesto", sostiene la resolución. La acción de amparo fue interpuesta por el abogado Javier García Elorrio, quien reclamó, la aplicación de la normativa que "establece el carácter participativo del presupuesto", y determina que "la ley debe fijar los procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos garantizando la participación de la población."

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