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Martes, 9 de junio de 2015

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Las comisiones de Legislación del Trabajo y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores de Santa Fe estudian desde la sesión ordinaria de prórroga del día jueves 27 de noviembre de 2014 el Proyecto de Ley que cuenta con media sanción de Diputados y por el cual se pretende que Santa Fe adhiera a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nacional 12.908 (Estatuto del Periodista Profesional). La iniciativa dispone que los tres poderes del Estado Provincial, incluyendo las dependencias, centralizadas o descentralizadas del Ejecutivo, los organismos autárquicos, empresas y/o sociedades del Estado o con participación estatal y todas aquellas organizaciones donde el gobierno provincial tenga participación de capital o formación de las decisiones societarias, concesionarios de servicios públicos u órganos de control, no podrán disponer la publicación de avisos en aquellas empresas que tengan personal no registrado conforme a las normativas laborales en vigencia y/o que no cumplan con las obligaciones de la seguridad social y las disposiciones de la Ley 12.908. El Estado Provincial invierte grandes sumas de dinero público en contratar publicidad en los medios de comunicación. Según informa el portal oficial del Gobierno de Santa Fe, en 2012 el Ejecutivo y el Poder Judicial invirtieron 55 millones de pesos en publicidad. A pesar de estas fuertes inversiones y de la voluntad de promover el trabajo decente, muchos trabajadores de la prensa santafesina siguen atravesando situaciones de precarización laboral y recibiendo retribuciones muy poco decorosas, dejando en evidencia "el contraste tremendo entre unas empresas demasiado ricas con periodistas demasiado pobres", como describió el ex presidente Juan Domingo Perón cuando promulgó en el año 1947 el Estatuto del Periodista. El texto de la Ley define que el Ministerio de Trabajo de la provincia deberá informar a los organismos encargados de la contratación de la publicidad oficial, en un plazo no mayor de 15 días, los incumplimientos a la legislación laboral o de la seguridad social que se constaten en los medios de comunicación, ya sea por tareas de inspección, denuncias de trabajadores o presentaciones de los sindicatos de la actividad. Los organismos encargados de la publicación de avisos condicionada a un régimen de tarifas deberán suspender la contratación y los pagos de los mismos en los medios de comunicación cuando se hayan constatado incumplimientos de la legislación mencionada en el artículo precedente hasta tanto se haya regularizado tal situación. Hoy vemos que la vigencia de esta norma legal cobra una particular relevancia en el marco de los conflictos laborales que afectan a importantes empresas periodísticas de nuestra provincia. José María Tessa, diputado provincial Nuevo Encuentro

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