La Cámara de Diputados tiene previsto tratar hoy, en la primera sesión ordinaria del año, un proyecto de ley que considera el acoso sexual como delito contra la integridad sexual en el Código Penal, y establece multas  de entre 3000 y 30.000 pesos para sancionarlo. En caso de ser aprobado el proyecto, que tuvo dictamen ayer en la Comisión de Legislación Penal, será girado al Senado. La diputada radical por Córdoba Olga Rista, una de las impulsoras de la ley, dijo a este diario que “es necesario que se sancione el acoso porque es la primera expresión de la violencia contra la mujer, la más naturalizada”.

El dictamen emitido ayer al mediodía se basa en las iniciativas impulsadas por las diputadas Victoria Donda (Libres del Sur), Olga Rista (UCR) y la ex legisladora socialista Gabriela Troiano.

El proyecto modifica el Código Penal al insertar el artículo 129 bis, que  establece como definición de acoso sexual callejero “al que, mediante gestos, expresiones, palabras o contacto físico indebido o arrinconamiento con connotación sexual, perturbare en lugares públicos o de accesos públicos, la dignidad, libertad e integridad física, psicológica y sexual o el libre tránsito de una persona con motivo de género, identidad u orientación sexual”.

La velocidad con que el proyecto pasó desde la comisión al recinto, según explicó Emiliano Montini, asesor de Donda, responde a que “ya tenía resolución, pero al cambiar la composición de la Comisión de Legislación Penal, la presidenta, Gabriela Burgos (UCR) decidió volver a tratarla, y se la aprobó con algunas modificaciones”.

“El proyecto original tenía giro a la comisión de Penal y a la de Familia, pero la presidencia de Familia renunció al giro en pos de que la ley se tratara en sesión el año pasado, lo que no sucedió. Este año se mantuvo la renuncia al giro para adelantar el tratamiento”, contó Montini.

Entre las modificaciones, se especificó en el texto que el delito de acoso callejero es un delito de instancia privada, es decir que requiere la denuncia de la víctima. Al respecto, Rista aclaró que en los casos de infractores sorprendidos en flagrancia, sí se convierte en delito de acción pública.

Otra de las modificaciones fue la reducción del monto de las multas. Se estableció que el delito sera sancionado con multas de entre 3000 y 15.000 pesos. Pero, en el caso de que el acoso lo sufran menores de 18 años o el autor sea un funcionario público las multas se elevarán a 5000 pesos la mínima y 30.000 pesos la máxima. El dinero recaudado por estas multas será destinado al Instituto Nacional de las Mujeres para el fortalecimiento de políticas públicas de prevención.

Por otra parte, quienes incurran en estas conductas deberán concurrir a “talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual callejero y la violencia de género” por un plazo no menor a tres meses. 

A diferencia de la ley contra el acoso sexual que rige en la Ciudad de Buenos Aires (desde el 25 de mayo del año pasado), donde el acoso es una contravención, el proyecto tipifica la conducta como más grave al establecer que es un delito.

Para Rista, “el colectivo de mujeres hace tiempo que viene señalando que hay que sancionar el acoso callejero. Es la primera expresión de la violencia contra la mujer, la más naturalizada, a la que le siguen la violación y el femicidio. La ley es muy importante para que ayude a la concientización en una sociedad machista, y que se entienda que es un delito. No está mal sólo porque lo dicen las mujeres sino porque lo dice la ley, y si la violan van a tener consecuencias”. “Es un paso para ayudar a curarnos todos del machismo. Después habrá que hacer políticas públicas y campañas, pero esta ley es muy importante”, remarcó.