En Córdoba, si una niña violada reclama la interrupción de un embarazo no puede acceder a un aborto legal en ninguno de los hospitales provinciales. Desde 2012, está suspendido el protocolo de abortos no punibles –dictado por el gobierno provincial– por acción de una ONG antiderechos, Portal de Belén, que viene litigando desde hace más de dos décadas contra las políticas de salud sexual y reproductivas, y en particular, para prohibir la distribución gratuita de anticonceptivos, el DIU y la venta de la anticoncepción de emergencia, conocida como píldora del día después. Es decir, contra toda medida que apunte a prevenir los embarazos no deseados. En Córdoba se concentra la mayor cantidad de acciones judiciales contra la Ley 25673, aprobada por el Congreso en 2002, que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. ¿Quién está detrás y delante de esta cruzada? El ideólogo y promotor es el abogado ultraconservador Aurelio García Elorrio, alma mater del Portal de Belén y legislador provincial desde 2011 por Encuentro Vecinal Córdoba, un partido del que es fundador, que entre sus principios defiende “la vida desde la concepción” y “la promoción de la institución familiar, según el diseño del orden natural de las cosas, fundada en el matrimonio entre un varón y una mujer”. Y se opone al matrimonio igualitario. Encuentro Vecinal Córdoba desplazó a la izquierda como cuarta fuerza provincial en las elecciones de 2017. Su fundador se encarga de organizar las marchas “Por las dos vidas” en el ámbito local. García Elorrio logró suspender el protocolo de abortos no punibles con la complicidad del camarista Guillermo Barrera Buteler, flamante decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, y miembro de la derechista Academia del Plata, tribuna “activa” de la Iglesia Católica. Buteler expuso esta semana en el Senado, en contra del proyecto con media sanción de Interrupción Voluntaria de Embarazo al que consideró “plagado de inconstitucionalidades groseras”. García Elorrio lo hizo en Diputados, semanas atrás (ver aparte). 

Contra los anticonceptivos

Antes de obstaculizar la realización de abortos legales, García Elorrio se encargó de litigar con insistencia en Córdoba y en otras provincias también, contra todo avance en políticas de salud sexual y reproductiva. Primero, desde Portal de Belén iniciaron una causa para impedir la venta de la anticoncepción hormonal de emergencia, con el falso argumento de que es abortiva: esa demanda terminó en un fallo en 2002 de la Corte Suprema, conocido como Portal de Belén - Asociación Civil sin Fines de Lucro c/ Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación s/ amparo. El máximo tribunal del país, con la mayoría automática menemista, le dio la razón –sin fundamentos científicos– aunque finalmente la sentencia no tuvo efecto porque hacía referencia a un nombre comercial del contraceptivo que ya estaba fuera del mercado. 

En Córdoba se iniciaron la mayor cantidad de acciones judiciales contra la Ley Nacional 25673, de 2002, de Salud Sexual y Procreación Responsable. Portal de Belén litigó contra esa norma fundamental para que las mujeres puedan acceder gratuitamente a anticonceptivos en todo el país, y contra la ley provincial 9073 de Salud Reproductiva y Procreación Responsable. A veces no fue solo el Portal de Belén, sino otras ONG antiderechos emparentadas como Mujeres por la Vida, filial Córdoba, Asociación Familia y Vida de Tucumán, Fundación 25 de Marzo, Consorcio de Médicos Católicos y la Corporación de Abogados Católicos. Más de la mitad de los amparos, seis, fueron presentados en la provincia de Córdoba; los otros cuatro en Tucumán, Mendoza, Buenos Aires y Tierra del Fuego.  

“Así, en los últimos veinte años, la provincia de Córdoba se ha erigido en una especie de usina promotora de una serie de litigios de oposición al abanico ampliado de los derechos sexuales y reproductivos en Argentina”, destacó, en diálogo con PáginaI12, María Angélica Peñas Defago, docente investigadora del Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos, de la Facultad de Derecho, de la UNC.

Portal de Belén, además, “ha sido la organización de su tipo que más ha litigado y denunciado penalmente a una serie de laboratorios de medicamentos por los efectos de los anticonceptivos a los que les atribuye, erróneamente, consecuencias abortivas”, agregó Peñas Defago, que viene investigando la acción de entidades antiderechos contra las políticas de salud sexual y reproductiva en el país. 

La impugnación de la Ley 25673 no solo se intentó desde la invocación de la afectación de derecho de índole colectivo, sino también desde la vía de los amparos individuales, tanto en Córdoba como en Mendoza. En todos los casos, de parte de matrimonios, en su carácter de padres y representantes legales, de sus hijos menores de edad. En los amparos presentados en Córdoba, el representante legal de los padres demandantes fue Jorge Scala, abogado de la organización Mujeres por la Vida y miembro de la Junta directiva de Portal de Belén. Scala fue pionero en América Latina en escribir contra la llamada Ideología de Género, y se dedica a dar conferencias y seminarios en distintos países de la región y Europa, donde sostiene que es “más dañina que la Nazi o el Marxismo, porque destruye la parte nuclear de la persona, su antropología sexual”. Su libro se llama “La Ideología de Género o el Género como herramienta de poder”. En otra de sus intervenciones aclaró por qué el aborto es una de las condiciones más necesarias para la implantación de la ideología de Género: si esta ideología busca la construcción del nuevo ser humano destrozando la antropología sexual de la persona, de forma que el hombre y la mujer no sean iguales, sino idénticos, sólo hay un escollo que salvar para lograr esto: el embarazo. Si el aborto es totalmente gratuito hasta el minuto anterior de dar a luz, la mujer podrá decidir “libremente” si desea ser o no idéntica al hombre en cuanto a sus circunstancias personales y sociales y estar en condiciones idénticas para competir con el hombre.

En la provincia de Córdoba, Portal de Belén intentó prohibir además la venta, comercialización, colocación o indicación, y distribución de los Dispositivos Intrauterinos (DIU). El expediente Letra “P” N° 2 se inició el 4 de mayo de 2009.

Complicidades judiciales

La presentación que hizo la ONG de García Elorrio contra el protocolo de aborto no punible se basa en el artículo 4 de la Constitución Provincial de Córdoba, que dice textualmente: “La vida desde su concepción, la dignidad y la integridad física y moral de la persona son inviolables. Su respeto y protección es deber de la comunidad y, en especial, de los poderes públicos”. Presentó el amparo diez días después de que la provincia dictara la guía de procedimiento, siguiendo los lineamientos del fallo FAL de la Corte Suprema sobre abortos no punibles. Con complicidad judicial consiguió dejarlo sin efecto. El 13 de abril de 2012 el juez cordobés en lo Civil y Comercial Federico Ossola hizo lugar al amparo. En 2013, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de Córdoba declaró por unanimidad inconstitucional al protocolo. Uno de los tres jueces que firmaron la sentencia, Barrera Buteler –a cuyo voto adhirieron los otros dos–, forma parte de la Academia del Plata, y en un artículo publicado a poco de conocerse el fallo FAL del máximo tribunal sobre abortos no punibles, lo cuestionó en duros términos. Sin embargo, aunque la provincia recusó al magistrado por adelantar su opinión, el planteo fue rechazado.

La sentencia de la Cámara no sólo desconoce el fallo FAL, sino además el sistema de control de constitucionalidad pautado en el artículo 31 de la Constitución Nacional, al sostener que prevalecen las normas provinciales y la autonomía provincial por sobre la decisión del Congreso de la Nación de autorizar la interrupción de embarazos en caso de peligro en la salud o vida de las mujeres y cuando provienen de una violación, como está contemplado en el Código Penal, desde 1921. La resolución fue apelada. El caso está desde entonces en el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que a principios de este año anunció que se pronunciaría finalmente sobre la aplicación de la Guía. Pero El Portal de Belén interpuso otro recurso de amparo cuestionando la integración del TSJ, lo que llevó a que la resolución sea nuevamente postergada. 

En 2015, García Elorrio fue panelista en el “Congreso por la Vida” que organizó la Facultad de Derecho de la UNC, cuando Buteler era vicedecano. Buteler, además de actual decano electo, es docente de la Cátedra de Derecho Constitucional.

Las ONG antiderechos vinculadas a García Elorrio no solo litigan contra las políticas públicas de salud sexual y reproductiva: también contra quienes las defienden. En 2004, el abogado Scala presentó una denuncia ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la provincia, con el objetivo de que se cancelara la personería jurídica de la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir, integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Scala lo hizo en su carácter de representante legal de Portal de Belén y Asociación Civil Mujeres por la Vida. 

También litigaron contra los derechos de las mujeres en el ámbito educativo. A finales de la década del 90, la presidenta de Mujeres por la Vida, Cristina González de Delgado, encabezó una demanda pidiendo que se denegara el ingreso de mujeres al colegio universitario Monserrat de la provincia de Córdoba, una disputa que fue resuelta finalmente por la Corte Suprema de la Nación, que convalidó el derecho de las alumnas a estudiar en esa institución.