El ministro de Trabajo, Jorge Triaca, multó a un nuevo gremio en más de 220 mil pesos por el presunto incumplimiento de una conciliación obligatoria. Ahora avanzó contra la Asociación de Trabajadores del Estado, a la que aplicó una sanción económica por un conflicto ocurrido en 2015, hace tres años. El sindicato recurrió la medida y denunció que la decisión de multarlos fue totalmente irregular, “un mecanismo de disciplinamiento y subordinación” hacia las organizaciones que se oponen a las políticas de Cambiemos. 

“A esto hay que inscribirlo en un marco mayor: las recientes multas contra Camioneros y el Suteba, el intento de la semana pasada de impedir las elecciones de la CTA Autónoma, las intervenciones del sindicato del personal jerárquico de Ferrocarriles y de los judiciales de Mendoza, el no reconocimiento de la elección de autoridades de la Federación de los Aceiteros y de los azucareros de la Regional Noroeste”, planteó el titular de ATE, Hugo Godoy. 

El dirigente agregó que aunque los hechos por los que fueron multados ocurrieron hace tres años “nunca nos notificaron de que existía un procedimiento abierto”. La impresión que tienen en el sindicato es que, en tren de sancionar a las organizaciones, el Ministerio estuvo buscando qué podía utilizar. “Y buscaron bastante, porque se fueron tres años atrás”, completó Godoy. 

Los hechos ocurrieron entre mayo y julio 2015, por un reclamo que venía del año anterior. Los trabajadores del Senasa pedían un aumento de sus sueldos y el pase a planta permanente de empleados contratados, entre otras reivindicaciones. Anunciaron un paro de 96 horas, del 4 al 7 de mayo, y el ministerio dictó una primera conciliación obligatoria, que acataron. Dos meses más tarde, en julio, sin haber logrado respuesta a sus demandas, volvieron a votar un plan de lucha, esta vez de diez días. La cartera de Trabajo dictó otra vez la conciliación, que el sindicato desconoció “porque no pueden dictarse dos conciliaciones para un mismo conflicto, sin que el ministerio hubiera hecho algún esfuerzo” para resolver el conflicto. El paro duró diez días, forzó la apertura de una negociación y el 22 de julio fue firmado un acuerdo entre las partes. 

Matías Cremonte, abogado de ATE, marcó otra de las irregularidades de la multa: “El Ministerio de Trabajo no puede sancionar a un sindicato sin haber pedido y conseguido previamente la autorización de la justicia”. Así lo dispone la ley de Asociaciones Sindicales que viene de 1988, cuando tras la recuperación democrática el Congreso sancionó una norma protectora de los principios de no ingerencia y libertad sindical. Es decir que la aplicación de la multa debió pasar por los tribunales del Trabajo, en un proceso que además diera vista a ATE del expediente en curso. Para eludir este control, el Ministerio invocó a un artículo de otra norma -el régimen de sanciones por infracciones laborales, del Pacto Federal del Trabajo-. Se trata de una ley destinada a perseguir la informalidad laboral, es decir con sanciones a los empleadores que tienen personal no registrado, pero que en un inciso de uno de sus artículos califica como infracción muy grave que “cualquiera de las partes” de un conflicto no acate las resoluciones de una conciliación obligatoria.   

Cambiemos le está dando un uso intensivo a ese inciso. El Ministerio de Trabajo la usó para multar en más de 800 millones a Camioneros, mientras que la Provincia hizo lo propio contra los docentes de Suteba, con 660 millones. En el caso de ATE es la primera vez que se fija una multa por un conflicto con tantos años de retroactividad. Si bien en los tres casos queda abierta la impugnación ante la justicia, el mensaje para desalentar los paros ya fue lanzado. Con amplia difusión y apuntando a los sindicatos que no acataron el techo del 15 por ciento en las negociaciones paritarias.