Juliana Santarrosa Cobos, abogada y coordinadora del espacio Acción Respeto por una Calle Libre de Acoso, consideró que la propuesta del Gobierno porteño de aumentar las penas en el Código Contravencional para el acoso callejero no atiende la cuestión de fondo. “No se puede dar respuestas punitivistas a nivel individual cuando es un problema colectivo”, señaló.

En ese sentido, recordó que cuando se incluyó la figura de femicido como agravante del homicidio no disminuyó la cantidad de víctimas, aunque destacó que esa incorporación al Código Penal ayudó a visibilizar el tema.

Según la abogada, quien desde su organización impulsó varias campañas para conicentizar sobre la problemática, en 2014, cuando empezaron con las iniciativas, el acoso callejero “no solamente estaba naturalizado sino romantizado”. 

“Se nos vendía como una expectativa que teníamos que tener las mujeres frente a una forma de violencia muy edulcorada”, precisó Santarrosa Cobos en diálogo con PáginaI12. 

La diferencia entre el piropo, que “se dice en confianza entre dos personas con consentimiento en esa interacción”, y el acoso callejero es que se genera como una  “eyaculación verbal para violentar y marcar una relación de dominio”, definió la activista. 

Para Santarrosa Cobos, es primordial nombrar esta conducta porque “es violencia aleccionadora, es el control geográfico a través del miedo, y es una forma de terrorismo sexual que nos obliga a relacionarnos con nuestro cuerpo y nuestro aspecto desde un lugar de vulnerabilidad impuesta”.

Aunque la abogada feminista participó, junto a su organización, en los proyectos de leyes en torno a la cuestión, cree que “la penalización es necesaria pero no es la solución ni alcanza”. Sin embargo, explicó que “desde la comodidad de mi casa no le puedo decir a la mujer que está siendo acosada en la esquina, ‘esperá a que llegue el cambio social’, y no brindarle una herramienta más para que pueda denunciar al acosador”. 

Junto con la Red de abogadas feministas, Acción Respeto debatió si el hecho de crear nuevas figuras penales o agravar las que ya existen realmente sirve para solucionar el problema de fondo. “La inclusión de femicidio como un agravante de homicidio al Código Penal ayudó a visibilizar el problema, pero ¿disminuyó el número de femicidios? No. Entonces, nos queda muy en claro que no se puede dar respuestas punitivistas a nivel individual cuando se trata de un problema colectivo”, sostuvo. 

Es el Estado el encargado de incorporar “presupuesto, inclusión en currícula escolar, capacitación, para que podamos prevenirlo porque la ley penal siempre llega tarde, cuando el daño ya está hecho”, sostuvo la coordinadora del espacio feminista en contra del acoso callejero.

¿Cómo hacer cuando todos los aspectos fallan pero la ley está? El espacio de Acción Respeto por una calle libre de acoso sostiene que “la cuestión tiene que ver con usar las herramientas que están disponibles en el sistema que tenemos mientras trabajamos para cambiarlo”. 

“Muchas veces son los agentes de seguridad los primeros en hacer comentarios inapropiados. Entonces  se trata de quitarle la carga revictimizante a la mujer que sufre acoso y depositarla en quien la tiene, que es el Estado”. Por ello, “la fiscalía o comisaría tienen la obligación de tomar la denuncia. Esto no es opcional a las fuerzas de seguridad”. 

Otro de los tópicos en torno al acoso callejero es el clasismo que manifiestan muchas campañas para prevenirlo y concientizar sobre él. “Si fuera solo lo pecuniario, el que se pueda dar el lujo económico acosa sin ningún tipo de consecuencia. Entonces me parece que la tendencia a criminalizar ciertos sectores sociales, de ciertos trabajos (como los trabajadores de la construcción) también se combaten en las propuestas legales”, indicó la abogada.

En cuanto a la propuesta de la modificación del Código Contravencional y su presentación desde el Gobierno de la Ciudad como la primera medida feminista, Santarrosa Cobos opinó que la propuesta “lo único que hace es fomentar las penas”.”En cuanto al trabajo de utilidad pública antes tenías dos a diez días y ahora cuatro a veinte, antes tenías 400 a dos mil pesos de multa ahora tenés de dos mil a diez mil, y los días de arresto que quedan iguales de dos a diez, pero de medida de fondo no se toma ninguna”, concluyó.