En el fallo que enterró para siempre el 2x1 para los genocidas, la Corte reconoció las facultades del Poder Legislativo para sancionar la ley 27.362 que limitó la aplicación de la norma en casos de delitos de lesa humanidad, pero además respaldó la interpretación que hicieron los legisladores al excluir del beneficio a los represores. Para los magistrados, con el dictado de la ley no se incurre en ninguna discriminación contra "los militares" porque la ley aclaratoria "está dirigida al circunscripto núcleo de quienes cometieron los delitos más aberrantes que registre el comportamiento humano".

“No resulta irrazonable coincidir con el legislador-intérprete en que las conductas criminales tipificadas como delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional (…) constituyen fundamento suficiente para sustentar la imposibilidad de aplicar a sus autores (...) el beneficio del '2x1' en el cómputo solicitado”, señalaron los supremos, con la única excepción de Carlos Rosenkratz. 

Los magistrados aclararon además que la ley 27.362, aprobada un día después del masivo rechazo al 2x1 expresado en Plaza de Mayo, “no violenta el compromiso moral de juzgar a los intervinientes en esos crímenes (al referirse a los de lesa humanidad) bajo las reglas del Estado de Derecho, ni desconoce el compromiso internacional asumido en la materia”.

“La ley en análisis no priva a los encausados de un proceso imparcial (hecho que no se discute) ni ha modificado las condiciones -modo y forma- del juzgamiento (derecho de defensa, control de la prueba, sistema recursivo, etc.). Lo que la norma ha aclarado (al declarar inaplicable el beneficio del '2x1') es la manera de computar el tiempo de privación de la libertad bajo la forma de prisión preventiva”, señala el documento.

La Corte negó que esa ley aclaratoria pueda ser considerada “hostil o violatoria del principio de igualdad”, en tanto los legisladores están facultados para “contemplar en forma distinta situaciones que considere diferentes”. “Dicho de otro modo: la ley 27.362 no resulta discriminatoria ni estigmatizante con un sector de la población -vgr: el vasto colectivo "militares" o "fuerzas de seguridad"-, pues está dirigida al circunscripto núcleo de quienes cometieron los delitos más aberrantes que registre el comportamiento humano, no afectando a quienes -para retomar el caso de los "militares"- cumplieron con su noble función honrando la tradición sanmartiniana”, indica el texto.

Al reiterar la potestad del Congreso en el ámbito jurisdiccional, aclararon: "Y así como el juez no puede reemplazar al legislador creando una ley que no existe, tampoco puede ignorar la consideración de una ley que el Congreso ha dictado y cuyo contenido juzga compatible con la Constitución".

El voto en disidencia de Rosenkratz

En disidencia, el presidente de la Corte Carlos Rosenkratz aseguró que resulta aplicable "a casos como el presente por tratarse de una ley penal intermedia más benigna". "La cuestión concerniente a si el cómputo de la detención y de la pena que debe cumplir una persona condenada por la comisión de delitos de lesa humanidad debe realizarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 7°de la ley 24.390", aclaró. 

También negó la constitucionalidad de la ley interpretativa que aprobó el Congreso para limitar su aplicación en los casos de genocidas. "El hecho de que la ley 27.362 haya sido la consecuencia de un gran consenso, y de que dicho consenso haya sido expresivo de una reacción ciudadana motivada por el ideal descripto, no implica, sin embargo, que sea constitucionalmente válida." 

Y agrega: "La validez constitucional de una ley no viene dada por el grado de su aceptación social ni por el intento de plasmar ciertos ideales —por loables que sean—, sino por su consistencia con el consenso inter-temporal más profundo documentado en nuestra Constitución Nacional. El texto constitucional es el que establece los límites de toda regulación legal y, entre ellos, los límites dentro de los cuales deben llevarse adelante todos los objetivos comunes que nos hemos propuesto como comunidad política y, entre ellos, el de atribuir responsabilidad por crímenes de lesa humanidad".