Desde Santa Fe

Por temor a fuga, el Tribunal Oral de Santa Fe dispuso la "vigilancia electrónica" de Víctor Brusa para monitorear su arresto domiciliario con "pulsera transmisora" y le prohibió la salida del país. Dos medidas, entre otras, que pidió el fiscal Martín Suárez Faisal y ordenó la jueza de ejecución, Lilia Carnero, quien interviene en el incidente porque integró el Tribunal que condenó al ex juez por delitos de lesa humanidad en 2009. Brusa ya estuvo prófugo diez días en 2001, cuando el juez español Baltasar Garzón reclamó su extradición para juzgarlo por "genocidio, terrorismo y torturas". Suárez Faisal solicitó que Brusa entregue su pasaporte a la justicia, pero Carnero consideró que eso era "sobreabundante", por lo que el fiscal requirió que no se renueve el documento y que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) informe si el ex preso tiene armas de fuego en su casa, y si es así, que cancele el permiso y las incaute. Carnero debe resolver sobre otros controles que reclamó el Ministerio Público como identificar a los visitantes y prohibir las visitas nocturnas. "La prisión domiciliaria no debe convertirse en una situación laxa que conlleve el riesgo de frustrar el cumplimiento de la pena", dijo Suárez Faisal. Porque Brusa es "autor de graves violaciones a los derechos humanos" y la "mayoría de las víctimas de sus actos" viven en Santa Fe, lo que obliga al Estado a "actuar con la mayor prudencia posible", planteó.

Brusa salió de la cárcel de Las Flores casi sin controles. La Sala 2 de la Cámara Federal de Casación le concedió la prisión domiciliaria el vienes 7 de diciembre y la jueza Carnero cumplió la orden el mismo día. El lunes 10, el fiscal Suárez Faisal advirtió que "no había tenido oportunidad de pronunciarse" sobre el "beneficio" otorgado al ex preso y solicitó cuatro medidas para controlarlo: 1) La vigilancia electrónica. 2) Un lugar de permanencia debidamente individualizado, sin acceso al exterior ni a la vía pública. 3) La restricción de visitas. 4) La prohibición de salir del país y entrega del pasaporte. 

El equipo jurídico de Hijos apoyó la solicitud del Ministerio Público, pero sin que eso signifique convalidar la libertad domiciliaria de Brusa. Lo expresó ante la jueza Carnero en un escrito que advierte sobre el "abuso" en el reparto de "domiciliarias" y "excarcelaciones" a los genocidas. La Argentina asumió el compromiso internacional de castigar a los "responsables" del terrorismo de estado y esa obligación se tradujo en "cientos de juicios en todo el país que son un ejemplo en el mundo", pero que ahora "no pueden banalizarse" con "domiciliarias sin controles", dice la nota de las abogadas Lucila Puyol y Soledad Sanchez Janney. 

La jueza Carnero recordó que la "prisión domiciliaria" de Brusa la concedió la Sala 2 de Casación porque ella se la había negado en setiembre de 2017. Y acerca de las cuatro medidas que solicitó el fiscal y apoyó Hijos, sólo ordenó dos: la "vigilancia electrónica" y la "prohibición de salir del país del interno", como llamó al condenado. Al pedido de retirarle el pasaporte lo consideró "sobreabundante" por el "tiempo que lleva detenido" (13 años por una condena de 23). Y postergó la decisión sobre "el lugar de permanencia sin acceso al exterior" y la "restricción de visitas", sobre todo las nocturnas a la espera de un "informe socio ambiental" del domicilio del ex juez. 

El fiscal no dejó pasar que Carnero considere "sobreabundante" pedirle a Brusa el "pasaporte" y reclamó que le prohíba al Registro Nacional de las Personas renovarle el documento. Y más: que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) -como se llama ahora el RENAR- informe si Brusa "posee algún arma de fuego registrada a su nombre", y si es así, cancele el permiso de tenencia o portación e "intime al detenido a entregarla a ese organismo".

Suárez Faisal le aclaró a la jueza que todas las medidas que solicitó se ajustan al protocolo sobre "La detención domiciliaria en causas por crímenes contra la humanidad" del Ministerio Público. "La modalidad atenuada y alternativa de la privación de la libertad no se debe convertir en una situación laxa que conlleve el riesgo de frustrar el cumplimiento de la pena", dijo.

"El caso (Brusa) reviste una gran trascendencia social, no sólo por haber sido el beneficiario oportunamente declarado autor de graves violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, sino también porque la mayoría de las víctimas de sus actos viven en la misma ciudad donde cumplirá la medida, lo que obliga a las autoridades estatales a actuar con la mayor prudencia posible", concluyó el fiscal.