La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió, hasta marzo del año que viene, el procedimiento mediante el cual excluye del Régimen Simplificado a Pequeños Contribuyentes. Es decir, que los monotributistas que facturen por encima de los topes previstos no serán excluidos “de oficio”. La resolución, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, rige hasta el 29 de febrero de 2020. El organismo informó que tomó la medida para “aliviar la situación de los contribuyentes, dada la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país”. 

Hasta ahora, al exceder el monto de la última categoría del Monotributo, el contribuyente era dado de baja del régimen simplificado y de alta en los tributos correspondientes al régimen general, donde pasa a pagar tributos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ganancias y Autónomos. El tope anual de facturación es 1.726.599 pesos para actividades comerciales, y 1.151.066,58 si se prestan servicios.

Cabe aclarar que la resolución actual no suspende todo tipo de expulsión. Se refiere a la exclusión de controles sistémicos, es decir, cuando el organismo verifica la existencia de alguna de las causales de exclusión, y da de baja la inscripción en el Monotributo. Pero seguirán las exclusiones por fiscalización presencial, que son las que resuelve un juez administrativo en caso de reclamos.

Las situaciones que pueden llevar a la exclusión del monotributo son varias, además de la más conocida sobre excederse en los ingresos que establece la máxima categoría. También puede darse cuando el costo o la superficie del alquiler supere los parámetros establecidos por la categoría máxima; cuando se adquieren bienes por un valor superior a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima; los depósitos bancarios son superiores a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima disponible; se realizan importaciones de bienes o servicios; se realizan más de tres actividades simultáneas o se posee más de tres locales; se realizaste operaciones sin haber facturado; entre otras.

El presidente, Mauricio Macri, había adelantado esta medida el martes durante el cierre del coloquio industrial de la Unión Industrial de Córdoba. “Los monotributistas que se pasen del tope de facturación van a poder seguir pagando lo mismo de impuestos. Para muchos el salto del monotributo al régimen general de AFIP se convirtió en algo imposible”, había asegurado, junto con otras promesas de alivio para las pymes que aplicaría en caso de ganar las elecciones de octubre.

Para contadores y tributaristas, la iniciativa es buena para los contribuyentes en un contexto donde cámaras empresariales piden que se declare la emergencia pyme. Además, cuando en agosto el Gobierno anunció la suba del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, no se actualizaron los topes de monotributo, que quedaron defasados respecto a la evolución de precios. En enero de este año, la actualización de las escalas fue del 28,46 por ciento, casi 20 puntos por debajo de la inflación acumulada del año pasado, que fue del 47,6 por ciento. Como la recategorización se realiza en forma automática, puede ocurrir que los contribuyentes superen los montos tope de una categoría aún cuando la facturación se hubiera reducido en términos reales.

Sin embargo, expertos del sector tributario realizaron sucesivos cuestionamientos. Por un lado, aseguran que la medida debería ser retroactiva para quienes ya fueron excluidos, al menos en el último año. También, afirman que no resuelve el problema de fondo, que son los altos costos que surgen cuando un contribuyente pasa a responsable inscripto. La cuota más alta que paga hoy un monotributista es de 9.738 pesos para la venta de bienes. Al ser excluido del monotributo, debe pagar IVA, anticipo de Ganancias, servicios de contabilidad, entre otros.

Y se preguntan qué pasará el primero de marzo de 2020, cuando se termine el beneficio. “En marzo van a excluir a todos los monotributistas que no hayan sido excluidos en estos 5 meses. La única forma de que se subsane el problema es que se modifique la Ley, pero para eso hay que pasar por el Congreso”, estableció el contador Marcelo Rodríguez.