En la primera sesión ordinaria del año, la Legislatura porteña aprobó una modificación para reforzar el cumplimiento de la ley 1.040 –de Acompañamiento en el trabajo de parto, nacimiento e internación–, de modo que garantice a las embarazadas el derecho a estar acompañadas por una persona de su confianza y que ellas designen en el momento del parto y la internación.

La modificación fue votada por unanimidad y obtuvo el respaldo de los 51 legisladores presentes. En  su nuevo texto, establece que el Ministerio de Salud debe impulsar campañas de difusión para dar a conocer el contenido de la ley y los derechos que garantiza, y también que el incumplimiento de las disposiciones en favor de las embarazadas y las parturientas será considerado falta grave, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que puedan corresponder.

“A partir de las leyes vigentes, promoví una actualización que contempla todas las instancias de atención, ya sea a través de prepagas, obras sociales y servicio de salud, para que acondicionen las habitaciones y capaciten al personal hospitalario para una asistencia adecuada”, explicó la diputada Paula Oliveto, de la Coalición Cívica (CC), que forma parte de  las comisiones de Salud y Mujer.

La ley 1.040 rige en la Ciudad de Buenos Aires desde julio de 2002, y es una derivación de lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Constitución porteña, que garantiza el derecho a la salud y la atención integral del embarazo, parto, puerperio y de la niñez hasta el primer año de vida.

La redacción original de la norma establecía que su contenido debía ser cumplido por el personal de Salud que se desempeñaba en establecimientos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Tras la modificación del texto, ahora la obligatoriedad del cumplimiento se extiende a todos los centros médicos privados y de seguridad social. Además, la campañas para divulgar su contenido podrán realizadas ser a través de medios de comunicación masiva, y también realizarse mediante folletería y piezas gráficas para ser distribuidas entre efectores del sistema de salud, que estarán obligados a exhibir el material en un lugar visible en los sitios de atención al público.

El texto original ya establecía que toda mujer tiene derecho “en el transcurso del trabajo de parto y el momento del nacimiento, como así también en la internación, a estar acompañada por la persona que ella designe”. Además, “el personal de los establecimientos asistenciales del sistema de salud debe informar a la embarazada del derecho que la asiste”.