En un artículo publicado en Clarín, Andrés Cisneros puso en duda la continuidad de la política de las Naciones Unidas en lo que hace al principio de libre determinación de los pueblos en la cuestión Malvinas. El exvicecanciller de Menem adopta la interpretación británica de los dichos del Secretario General al momento de inaugurar la sesión del Comité de Descolonización. Según él, pareciera que Antonio Guterres implícitamente aplicó el principio a los habitantes de las islas Malvinas. Paara comenzar, destaquemos que el Secretario General no se refirió ni una sola vez al principio.

De por sí, la presencia de Guterres en la apertura de sesiones es un espaldarazo a la labor del Comité de Descolonización, el mismo que el Reino Unido boicotea y le niega relevancia. El mismo que sistemáticamente, año a año, aprueba una resolución que hace suya la tesis argentina: la manera de poner fin a la situación colonial particular de Malvinas es la solución de la controversia de soberanía, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes. No hay en el discurso de Guterres ni siquiera una referencia a los “deseos”, fórmula privilegiada por los británicos. Habló de tener en cuenta las “necesidades y aspiraciones” de las “comunidades” que viven en los territorios a descolonizar. Se refirió al “autogobierno” y no empleó ni una sola vez la palabra “autoderminación” ¿Hay alguna contradicción con la posición argentina? Nuestra Constitución incluye en el reclamo de soberanía el respeto del modo de vida de los habitantes y garantiza la autonomía de las entidades provinciales que forman parte de la Nación.

El Secretario General se refirió en otros pasajes a los “pueblos” que viven en los territorios pero el ex vicecanciller no puede desconocer el enfoque “caso por caso” del Comité de Descolonización y que en la mayoría de los casos pendientes las poblaciones de los territorios a descolonizar son pueblos titulares del derecho de libre determinación reconocidos como tales. No así en Malvinas.

Llama la atención que Cisneros exprese que no hubo respuesta oficial a la nota británica del 20 de febrero. Más de una semana antes de su artículo, la Argentina envió una nota al Secretario General (A/74/764) con una respuesta a las falsedades y argumentos avanzados por el Reino Unido. Nota pública y disponible en el sitio internet de la ONU.

En su retórica de respuesta a los argumentos de la nota británica, Cisneros ofrece diversas imprecisiones. Destacamos en particular que la Corte de La Haya no se refirió a “la autodeterminación de los chagosianos” cuando condenó la separación británica del archipiélago de Chagos de Mauricio. La víctima de la acción colonial británica fue el pueblo de Mauricio y su derecho de libre determinación sobre el conjunto de su territorio. En Malvinas, la víctima del accionar colonial británico es el pueblo argentino, privado de determinar libremente una parte de su territorio.

El principio de libre determinación, es uno de los principios fundamentales de derecho internacional que permitió a numerosos pueblos sojuzgados lograr su independencia luego de la segunda mitad del siglo XX. Principio cuya existencia antes de 1970 el Reino Unido negó ante la Corte de La Haya. La Argentina, por el contrario, ha sido y es un fiel sostenedor de este principio cuando corresponde su aplicación.

En la reciente opinión consultiva sobre Chagos, la Corte de La Haya reiteró que el principio de libre determinación de los pueblos no tiene una aplicación univoca. Por este motivo la Asamblea General de las Naciones Unidas no ha aplicado este principio a ciertas poblaciones por considerar que no eran un “pueblo” titular a la libre determinación.

Cisneros afirma como axioma la política que él siguió sobre Malvinas: como sería “imposible obligar a Gran Bretaña a negociar soberanía”, propone que “nos concentremos en emprendimientos de mutuo beneficio” y “algún día llegará” la negociación por soberanía. Los resultados de tal política están a la vista: tales “emprendimientos” solo sirvieron a una sola de las partes en la controversia para consolidar su presencia y expoliación de recursos. Con lenguaje anticolonialista favorece la política que conviene al Reino Unido: alerta sobre no aceptar que los isleños participen en negociaciones con la Argentina, algo que nuestro país aceptó desde los años 1970, incluso por el gobierno del cual Cisneros fue Vicecanciller. Que no sean una parte separada en la controversia de soberanía no significa que no se pueda dialogar con ellos sobre la manera de respetar sus intereses y modo de vida.

Con políticas innovadoras y con la utilización de todas las herramientas pacíficas disponibles se puede avanzar en la cuestión Malvinas. La constitución de una Comisión para la elaboración e implementación de una política de Estado es un paso muy positivo en esa dirección.

Marcelo Kohen y Facundo Rodríguez son los autores de Las Malvinas entre el Derecho y la Historia (Eudeba).