El defensor ante la Cámara de Casación bonaerense, Mario Coriolano, le pidió a la Suprema Corte provincial que ratifique el habeas corpus colectivo que habilitó la concesión de prisiones domiciliarias a personas privadas de la libertad por delitos leves que tengan riesgos de contraer covid-19 por enfermedades de base o que sean mujeres embarazadas o con niños que estén con ellas en su detención. 

El alto tribunal local se dispone a revisar la decisión de Casación, firmada por el juez Víctor Violini, que daba pie a más de 400 medidas alternativas a la cárcel ante la situación de emergencia sanitaria. Coriolano cuestionó también al Procurador Julio Conte Grand y al fiscal Carlos Altuve por haber generado “un litigio innecesario e improcedente”. Hizo notar en su presentación, además, que el propio Conte Grand había instruido a fiscales y defensores a impulsar domiciliarias para descomprimir la sobrepoblación carcelaria frente a la pandemia.

Este semana la Suprema Corte bonaerense anunció que aceptaba la queja presentada por el fiscal Altuve y que dejaba en suspenso la decisión Casación hasta que resuelva la cuestión de fondo, algo que ocurrirá en los próximos días. Altuve había pedido que se revoque el habeas corpus colectivo firmado por Violini en consenso con sus pares el 8 de abril. El miércoles último el Procurador Conte Grand –ex secretario Legal y Técnico de María Eugenia Vidal— respaldó ese planteo y cuestionó a Casación después del pico de difusión de noticias falsas sobre una supuesta suelta masiva de presos peligrosos que fogoneó su espacio político de origen. El defensor Coriolano también fue notificado para opinar y, en el extremo contrario, pidió sostener el habeas corpus y cuestionó al Procurador y lo responsabilizó también por el actual desborde poblacional de las cárceles, que en los últimos cuatro años se llenaron de personas con prisión preventiva por delitos menores y narcomenudeo.

En cuanto al habeas corpus, Coriolano recordó que inicialmente, después de que Conte Grand a mediados de marzo diera instrucciones para impulsar domiciliarias en la resolución 158/20, los defensores oficiales comenzaron a gestionar domiciliarias ante cada juez/a y que en la mayoría de los casos los planteos eran rechazados. Esto fue lo que llevó a una presentación de carácter colectivo que, Coriolano sostiene procede perfectamente y no implica ignorar a los jueces naturales. Lo que dice es que no es cierto que la Casación resolvió en forma de directa el otorgamiento de prisiones domiciliarias sino que cada juez/a debía evaluar los pedidos y que, de hecho, muchos volvieron a poner trabas. Casación además de señalar los delitos leves, puntualizaba que se debían estudiar las preventivas que superaron el plazo máximo y los casos de quienes estuvieran cerca de conseguir la libertad condicional o asistida. Señalaba explícitamente que quedaban fuera de los beneficiarios los autores de delitos violentos (como homicidios y delitos contra la integridad sexual).

El escrito de Coriolano, de 42 páginas, también cuestiona el encuadre de “gravedad institucional” que aceptó la propia Corte y sugirió que se anticipó en cierta medida a una resolución sobre el fondo. Los supremos de la provincia de Buenos Aires resolverían de acá a los primeros días de la semana que viene. No parece que vayan a dar marcha atrás con las domiciliarias ya otorgadas pero es posible que hagan cuestionamientos y orden criterios.

El Centro de Estudios Legales y Sociales se presentó en este expediente como tercero interesado y pidió que se sostengan medidas orientadas a reducir la población carcelaria. Recordó que le viene pidiendo al supremo tribunal desde el comienzo de la pandemia que intervenga “estableciendo reglas claras que contemplen que las medidas de higiene y distanciamiento social son imposibles en la situación de sobrepoblación y hacinamiento extremos de las cárceles provinciales”. 

“En diciembre de 2019 –recordó el CELS– “la misma Corte reconoció que las cárceles y comisarías bonaerenses están en una situación de crisis humanitaria y que era imperioso reducir el hacinamiento. Ahora tiene la potestad de precisar el alcance de lo establecido por Casación –como, por ejemplo, la definición de delitos graves y leves--, de establecer una política sanitaria para las personas privadas de la libertad y de contener la expansión general de la pandemia”.