El gobierno nacional habilitó la reanudación de las actividades industriales en los municipios bonaerenses de La Matanza, San Martín, Tres de Febrero, Pilar, Quilmes y Zárate, con la obligación de cumplir con los protocolos sanitarios y ciertas reglamentaciones para el funcionamiento de las industrias y el cuidado de los trabajadores.

A través de la decisión administrativa 818/2020 firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, fueron precisadas las industrias que están exceptuadas de cumplir con la cuarentena por el coronavirus y podrán volver a trabajar en 5 municipios del conurbano y el distrito de Zárate.

Entre las normativas para que se ponga en marcha la actividad industrial, el Gobierno señala que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.

Las actividades autorizadas por municipio


- En La Matanza se autorizó a la industria de: automotriz y autopartes; indumentaria; metalúrgica, maquinaria y equipos; calzado; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles; juguetes; textil; química y petroquímica; y plásticos y subproductos.

 -En San Martín se habilitó a la industria automotriz y autopartes; electrónica y electrodomésticos; indumentaria; productos del tabaco; metalurgia, maquinaria y equipos; calzado; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles; juguetes; cemento; textil; manufacturas del cuero; neumáticos; bicicletas y motos; química y petroquímica; celulosa y papel; plásticos y subproductos; y cerámicos.

- En los municipios de Tres de Febrero y Zárate solo se exceptuaron del aislamiento social y podrán volver a funcionar las industrias del sector automotriz y autopartes.

- En Quilmes se autorizó a volver a las industrias textiles y de fabricación de juguetes, mientras que en el distrito de Pilar podrán funcionar las fábricas de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores y también la producción de tabaco.

Los requerimientos para la reapertura industrial


En la disposición publicada este martes en el Boletín Oficial se aclara que “los desplazamientos de los trabajadores deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente”.

Además, se prevé que “los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores”.

También se remarca que son los empleadores que tienen la obligación de ocuparse de que los trabajadores “lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros”.

Otra de las aclaraciones es que los trabajadores “deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19”.