Luego del escándalo provocado por la calificación de “desahogo sexual” de un caso de violación en Chubut, el juez de la causa no sólo rechazó el acuerdo propuesto por el fiscal Fernando Rivarola, sino que consideró “repugnante” que se esté propiciando una “reparación económica” para callar a la víctima. "Me resulta repugnante aceptar un acuerdo económico por detrás, porque eso es convalidar que haya una justicia para ricos y una para pobres", declaró el juez de Garantías de Chubut Marcelo Nieto Di Biase.

El magistrado rechazó la alternativa de un “juicio abreviado” para tres de los seis acusados del delito --los otros tres ya fueron sobreseídos--, que recibirían una pena de tres años de prisión en suspenso, sin aplicación efectiva. Luego, en declaraciones a la prensa local, Nieto Di Biase cuestionó duramente la posibilidad de una reparación económica “por detrás”, en referencia a que los imputados son hijos o nietos de personajes poderosos de la política o el empresariado local.

En un fallo difundido este martes, Nieto Di Biase rechazó el acuerdo de juicio abreviado por el caso de violación grupal ocurrido el 17 de septiembre de 2012, en perjuicio de una adolescente de 16 años, delito al cual el fiscal Rivarola minimizó como “desahogo sexual”. Por el caso se ha motorizado un pedido de juicio político contra el fiscal, que es avalado por más de 800 mil firmas hasta el momento.

Aunque el fiscal pidió disculpas por la calificación que le dio al caso, el gobernador de Chubut, Mariano Arcioni, promovió también el jury de enjuiciamiento para Rivarola. El acuerdo de juicio abreviado que implicaba una brusca morigeración de la pena fue establecido por el fiscal con los abogados defensores de los imputados, Leandro Del Villar, Luciano Mallemaci y Ezequiel Quintana. Se había avanzado para lograr el consentimiento de la víctima, abrumada por las repercusiones, que afectan su privacidad.

Al referirse a la audiencia en la que se analizó la propuesta de juicio abreviado, Nieto Di Biase precisó que en ella “mucho se habló sobre que el juicio oral revictimizaría a la víctima como causal para aceptar el acuerdo, pero en simultáneo me dicen que por ese hecho la joven quedó con secuelas que al día de hoy padece, de manera que no puede ser tomado como argumento".

Agregó que "por lo que escuché en la audiencia (donde se buscó lograr el consentimiento de la joven para el acuerdo de partes) queda claro que no es un caso de abuso sexual simple el que ocurrió porque, si bien no se pudo acreditar el acceso carnal, se trata de un abuso sexual gravemente ultrajante con la participación de dos o más personas con penas muy altas".

El juez rechazó el acuerdo, que ahora puede ser apelado por las partes, tal como anunciaron en forma extraoficial los abogados defensores y hasta el propio fiscal. De ocurrir esa instancia, será la Cámara del Crimen de Trelew la que tendrá que decidir.

La causa se inició el 4 de julio del año pasado cuando el fiscal Rivarola solicitó la apertura formal de la investigación para imputar a cinco de los seis varones acusados por la víctima por medio de las redes sociales. En principio, el fiscal calificó el hecho como "abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y agravado por la participación de más de dos personas". Con posterioridad, tras el principio de acuerdo entre las partes, se bajó la imputación a “abuso sexual simple”, convirtiendo a un delito gravísimo en excarcelable, más la polémica definición del supuesto “desahogo sexual”.

El juez Nieto Di Biase aclaró que de la audiencia, que se hizo de manera virtual, “surge que existen muchos testigos que podrían aportar al esclarecimiento" del hecho cuando se llegue al juicio oral.

El fallo del juez se conoció el martes, a través de la Agencia de Comunicación Judicial de Rawson. El juez rechazó el acuerdo por entender que se requiere “un mayor conocimiento de los hechos y que la pena acordada es exigua”. Por eso no convalidó “un acuerdo reparatorio bajo términos de confidencialidad” y que “no tolerará que exista una justicia que tenga resultados diferentes, dependiendo del poder adquisitivo de los imputados”.

El juez argumentó que “resulta necesario un mayor conocimiento de los hechos, como así también que resulta exigua (…) la pena acordada (…) en particular las circunstancias de realización del hecho y la extensión del daño en la víctima, sumado a considerar que aun con lo relatado y doctrina imperante, la calificación propuesta resulta errónea”.

Todo esto, además de la baja penalidad propuesta teniendo en cuenta que “de aplicarse correctamente la norma, conforme lo sostiene vasta doctrina, se debería pensar en una calificación que tiene una pena de 8 a 20 años de prisión, lo que no se puede pasar por alto”.

El magistrado puntualizó, además, que el “consentimiento expuesto por la víctima en la audiencia” estuvo “condicionado, lejos de la forma en la que pretendía que fuera tomado por las partes, dado que se le hizo mención (…) de la existencia de un acuerdo reparatorio, cuyos términos se reservaron las partes” a partir de “un pacto de confidencialidad".

Nieto Di Biase subrayó en su fallo: “Soy Juez, no mediador. Y como juez no puedo aceptar que por acuerdo extrajudicial de partes se me diga lo que puedo o no decir en el marco de una sentencia, dado que resulta inadmisible”.

Resaltó que “por más respeto que me merece el interés de la víctima, más aún de un hecho de abuso sexual, cierto es que a partir del propio diseño constitucional que rige la actividad fiscal, se establecen límites específicos, en cuanto a la discrecionalidad que pueda adoptar, no encontrándose los delitos analizados en la presente causa dentro de ese margen de discreción”, de acuerdo con el artículo 71 del Código Penal y el artículo 44 del Código Procesal Penal.

“Para que quede claro, no puedo tolerar que, cuanto menos en el marco de mi competencia, exista una justicia que tenga resultados diferentes, dependiendo del poder adquisitivo de los imputados; lo que de por sí solo resultaría repugnante y claramente violatorio al artículo 16 de la Constitución Nacional que consagra el principio de igualdad ante la ley”, finalizó.