El juez federal de Orán, Gustavo Montoya, ordenó la detención domiciliaria por 30 días del primer paciente que se detectó en esa ciudad del norte provincial infectado con el Sars-CoV-2, que causa la Covid-19.

En ese lapso la Fiscalía federal a cargo de José Luis Bruno, deberá reunir los elementos suficientes para acusarlo por el artículo 202 del Código Penal de la Nación, que establece que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.

Fuentes judiciales indicaron que el paciente declaró ante el juez Montoya. Entre otras cuestiones, afirmó que la información que le dieron en Pampa Blanca (Jujuy), cuando le hicieron el test rápido, era que ese resultado tenía validez por 10 días. Las fuentes indicaron que durante toda la declaración el ahora acusado no mencionó en ningún momento haber sido atendido por algún centro sanitario una vez radicado en Orán. Esta era una de las afirmaciones que hizo el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, en medio de su pelea mediática con su par salteño, Gustavo Sáenz.

“No es que estuvimos de asado. Comimos guiso”, habría sido una de las frases del trabajador al aclarar las acusaciones que se hicieron mediáticamente por su recorrido por distintos lugares durante tres días, desde el momento que llegó a Orán, hasta su aislamiento.

La Fiscalía destacó que por el contacto con su grupo familiar y amigos, este trabajador "fue responsable del contagio" de un total de ocho personas en Orán, incuido él, "lo que puso a la ciudad en un estado de alerta sanitaria que generó mucha aflicción entre sus habitantes", sostuvo según informó el portal fiscalespenales.org. Bruno lo acusó por el artículo 202 y pidió la prisión en el domicilio del acusado.

Aunque las autoridades entendieron que el paciente poco entendía de los pasos que debía seguir, observaron la necesidad de dar un mensaje a la sociedad respecto de la gravedad de no avisar con precisión de dónde vienen. Esto, con el fin de evitar las situaciones que se dieron en Orán, donde hay siete contagiados más por “contacto en conglomerado”, a partir de la detección de este paciente como positivo.

Las fuentes agregaron que es preciso también empezar a hacer responsables de la actitud de sus trabajadores a los dueños de los transportes de carga, que son los “que se benefician finalmente con estos viajes”.

Transportista acusada 

La fiscala penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó a Silvia Magno por "violación a las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia". La empresaria transportista se abstuvo de declarar y anunció que presentará su declaración por escrito.

En el decreto de imputación la fiscala aseguró que en su condición de socia de la firma Flor Azul, Sociedad por Acciones Simplificada, Magno realizó viajes en los que infringió la normativa impuesta por la autoridad de aplicación para el ingreso de pasajeros provenientes de otras ciudades a la Ciudad de Salta.

La Unidad de Delitos Económicos Complejos intervino de oficio, a partir de las noticias que tomaron estado público y que indicaban que el pasado 9 de abril llegaron 40 estudiantes desde Córdoba, quienes habrían abonado la suma de $3.500 a la empresa , y que, según denunció una madre en una entrevista radial, tras lograr una “demorada” autorización supuestamente del Ministerio de Seguridad de Salta, los trasladó “de regreso a casa”.

El Ministerio Público Fiscal de Salta informó que el secretario de Seguridad, Benjamín Cruz, aclaró que la autorización de los viajes de repatriados son dados por la Nación e indicó que de parte de la Provincia, se activó el candado sanitario y de seguridad correspondiente.

La Fiscalía determinó que la empresa Flor Azul SAS no tenía registrados los pedidos los DUT (documento electrónico que debe generar la empresa ante la Comisión Nacional de Regulación de Transporte de la Nación) en viajes realizados los días 2 de abril a las 22.40, 9 de abril a las 09.35 y 10 de mayo a las 14.15.

Además, la Fiscalía le reprochó que el viaje de fecha 2 de abril "se realizó en incumplimiento de la resolución del COE; al igual que el viaje realizado el 9 de abril, en relación al horario en que debían efectuarse los ingresos a la Provincia".

Respecto de viajes del 9 de abril a las 21.50; 26 de abril a las 10.15; 26 de abril a las 15.35; 24 de mayo a las 8.50 y 28 de mayo a las 14; la Fiscalía sostuvo que "los manifiestos de viajes en orden a la cantidad de pasajeros que debían ser trasladados fue superior en todos los casos a las declaradas al solicitar los DUT".

Además, en el viaje del 28 de mayo se habían declarado como choferes a dos personas que no fueron las que realmente lo realizaron. Y, por otro lado, "la fiscal verificó que solamente requirió autorización a la Subsecretaria de Transporte de la Nación respecto de los viajes realizados los días 25 de abril y 27 de mayo, que debió ser solicitada en forma previa a realizar los traslados de pasajeros a esta provincia".