La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista rechazó un planteo de recusación presentado contra el juez Fabián Lorenzini, interviniente en el concurso de acreedores de Vicentin. El pedido de apartamiento del juez había sido presentado por el acreedor La Clementina SA, en base a una supuesta falta de imparcialidad del juez, que mantuvo durante veinte años un vínculo profesional con el Banco Nación, principal acreedor de Vicentin. Un planteo similar evalúa presentar el propio Banco Nación. La Cámara ratificó al juez Lorenzini al frente del proceso. 

Por otro lado, el gobierno de Santa Fe a cargo de Omar Perotti presentó una intimación ante el juez Lorenzini para que Vicentin presente el balance contable de 2019, previo a la caída en cesación de pagos. La ausencia del último balance en el expediente de la causa significaría un "incumplimiento grave de los integrantes de la administración", según el escrito oficial.

A comienzos de 2019, Lorenzini era apoderado del Banco Nación y pronunciaba un dictamen sobre el deudor Vicentin y durante veinte años fue empleado de la entidad financiera. A raíz de esa situación, la empresa La Clementina S.A, una de las firmas acreedoras de Vicentin, presentó el pedido de recusación, que el juez elevó a la Cámara.

“La pérdida de imparcialidad del Magistrado es fruto del vínculo profesional de más de 20 años con el acreedor más importante dentro del concurso, el Banco de la Nación Argentina”, advirtió La Clementina y puso en dudas que “el juez vaya a ser imparcial a la hora de pronunciarse, por ejemplo, sobre la verificación del crédito del B.N.A., sobre un eventual incidente de revisión, sobre hipotéticas acciones de responsabilidad contra funcionarios de la entidad bancaria, etc”. El juez rechazó la recusación por “extemporánea, improcedente e infundada” y dispuso la elevación a la Cámara, integrada por Santiago Dalla Fontana (presidente del cuerpo), Alejandro Román y Beatriz Abele.

La Cámara resolvió rechazar la recusación presentada, por lo cual el concurso seguirá en manos del juez de Reconquista. “Nos encontramos frente a un proceso colectivo con 2638 acreedores y casi 100 mil millones de pesos e pasivo denunciados, que se vio ralentizado por los efectos de las medidas adoptadas en razón de la pandemia y en el que últimamente el Estado ha tomado intervención (hecho público y notorio). Debe garantizarse que un concurso de semejante magnitud no se demore más de lo estrictamente necesario a fin de no conculcar los múltiples intereses en juego. Por tanto, entendemos que no procedía ni procede la suspensión del trámite del concurso por el intento de recusación de su juez”, justificó la Cámara.