La Unión Industrial Argentina (UIA) se manifestó en contra del proyecto de ley de regulación del teletrabajo que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados. Uno de puntos de la iniciativa que es motivo de crítica por parte de los empresarios es el principio de reversibilidad, que permite al trabajador revocar su puesto de teletrabajo para volver a la modalidad presencial. La UIA pide más restricciones a la hora de que el trabajador pida la reversión en función del "derecho del empleador en el proceso de dirección y organización del trabajo". 

La entidad fabril también solicita que que el plazo de aplicación de la norma pase de 90 a 180 días a partir del final de la cuarentena y advierte sobre el costo que implica para el empleador la dotación de equipos y software para el desempeño del teletrabajo. En los próximos días, el proyecto será debatido en la Cámara de Senadores.

La regulación del teletrabajo obtuvo fuerte apoyo en la Cámara baja, con el voto positivo de parte de 214 diputados, un voto negativo y 29 abstenciones. Sin embargo, la UIA, principal entidad empresaria del país, se manifestó en contra de la iniciativa. También hay oposición de la Cámara de Comercio, que advirtió sobre un aumento de la litigiosidad y los mayores costos que implica para las empresas.

El principal foco de conflicto para la UIA es la “reversibilidad” planteada en el proyecto. “Se desconocen las facultades de dirección y organización del trabajo de los empleadores reconocidas en la Ley de Contrato del Trabajo”, critica la entidad. 

La norma aprobada por Diputados plantea que el trabajador que se desempeña en el teletrabajo puede revocar su posición en cualquier momento de la relación laboral. En ese caso, el empleador debe reasignarle tareas en el establecimiento laboral, “salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber”. “Una negativa del empleador dará derecho a la persona que trabaja bajo esta modalidad a considerarse en situación de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones oportunamente modificadas”, advierte el texto aprobado por Diputados.

La UIA plantea que “el pedido de reversión ha de ser iniciativa tanto del empleador como del trabajador y debe siempre estar fundado en cuestiones fácticas y objetivas. En todos los casos, el aviso previo es un factor necesario para garantizar el ejercicio razonable del derecho de reversión tanto por parte de la trabajadora/trabajador, o sus empleadores. Consideramos que debe respetarse el plazo de 30 días de preaviso y mantener la misma extensión para ambas partes”.

En este sentido, la Junta Directiva de la UIA manifestó su "preocupación por la normativa que, entre otros puntos, señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria, no puede ser impuesta por el empleador y por lo tanto reversible. El proyecto de ley desconoce las facultades de dirección y organización del trabajo de los empleadores, reconocidas en la Ley de Contrato del Trabajo”.