El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley de una moratoria recargada. Como en el plan de pagos que rige actualmente, podrán sumarse pymes y organizaciones civiles o sin fines de lucro. Pero la novedad es que se amplía a grandes empresas y a personas humanas. Será para las deudas tributarias, previsionales y aduaneras, incluidas las que se hubieran generado durante el período de cuarentena, hasta el 30 de junio.

Tras la crisis desatada por el coronavirus, la deuda tributaria se incrementó un 50 por ciento en todo el universo de contribuyentes, según datos publicados en el proyecto. Por otro lado, la deuda exigible y regularizada de personas físicas y jurídicas con AFIP asciende a 500 mil millones de pesos, informó la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, durante el anuncio en Casa Rosada.

En diciembre pasado, el Congreso aprobó una moratoria para pymes a través de la ley de solidaridad social, para dar respuesta a la crisis del sector productivo, tras dos años de recesión. Sin embargo, la pandemia empeoró la situación. “La crisis es generalizada”, manifestó el ministro de Producción, Matías Kulfas, durante el anuncio. Por este motivo es que el Gobierno decidió ampliar la actual moratoria, para que las empresas puedan tener “alivio” ahora, y luego enfrenar la post pandemia “con una menor carga”.

Por primera vez, la moratoria incluirá deudas de las grandes empresas. Sin embargo, deberán cumplir ciertas condiciones. Durante 24 meses, no podrán distribuir utilidades o dividendos, realizar pagos al exterior, o acceder al mercado de títulos para eludir la normativa cambiaria. “Se introducen estos causales de caducidad, consistentes con el objetivo central de promover la inversión productiva”, explica el proyecto.

La iniciativa lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Economía Martín Guzmán. Si bien ingresó a la Cámara de Diputados este martes por la tarde, todavía queda por definirse qué comisiones lo debatirán, aunque se prevé que serán presupuesto y hacienda, previsión social y economía.

Claves

La moratoria recargada amplía los alcances de la actual. Ahora podrán sumarse cualquier tipo de empresas o de personas humanas. Sin embargo, los beneficios serán distintos, en término de cantidad de cuotas: para deuda previsional y tributaria serán 96 cuotas para las grandes y 120 para personas y pymes. Para obligaciones referidas a la seguridad social, serán 48 para las grandes y 60 para las pymes.

Además, la anterior moratoria era para deudas hasta el 29 de noviembre, y actualmente contemplará obligaciones hasta el 30 de junio, para tener en cuenta las obligaciones que se generaron en la cuarentena. La inscripción es hasta el 31 de octubre, y recién el primer pago se realizará a partir del 16 de noviembre. “La ventana de tiempo es para que puedan tener oxígeno financiero”, aseguró Marcó Del Pont. Entra cualquier tipo de deuda, salvo los aportes a las obras sociales y las ART.

Supone una condonación parcial de intereses y total en el caso de multas. Habrá una baja en la tasa de interés, que disminuirá de 3 a 2 por ciento. En las pymes que ya adhirieron a la moratoria en los últimos meses y que deberían comenzar a pagar en julio, la AFIP hará la correción. La moratoria permitirá incluir la refinancación de pagos vigentes y deudas de planes caducos. La calificación de riesgo del contribuyente ante AFIP no será tenida en cuenta para la caracterización del plan. Por otro lado, permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda.