En junio de 2017, cuando el Tribunal Oral en lo Federal Criminal II de Salta condenó a 8 años de prisión al ex jefe de Seguridad de la Policía de Salta, Joaquín Guil, y al ex jefe de la Policía, Miguel Raúl Gentil, por la detención ilegal y los vejámenes que Marcial Uro sufrió a finales de 1975, ya el dirigente barrial había fallecido. Pero su hija, que debido a la persecución terrorista, lo había conocido recién a los 10 años, en 1986, no dejó un día de llevar su foto a las audiencias que se desarrollaron en los tribunales federales salteños. 

Lucrecia Guanca dio también uno de los testimonios sobre los que se cimentó la sentencia del TOF II. Esta declaración, la del detenido político Héctor Pinto y la del ex funcionario ragonista Arnaldo Goenaga ayudaron a reconstruir los padecimientos que Uro había comenzado a denunciar formalmente recién en febrero de 2010. 

Ayer, en su fallo de rechazo al recurso interpuesto por la defensa de Guil (Gentil también apeló pero falleció en julio pasado), la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal destacó que la "singularidad de la prueba testimonial en casos de crímenes como los aquí juzgados (de lesa humanidad), viene impuesta por la planificada actividad de eliminación de toda otra traza – documental, registral, etc.- que diera cuenta de lo acontecido. Ese valor privilegiado que adquiere el testimonio surge además de manera connatural del modo en que se ejecutaron las agresiones denunciadas" en las que a "la oscuridad de los procedimientos y su anonimato, se suma la intervención jerárquicamente coordinada de sus autores en un ámbito de cerramiento e intimidad".

En el caso de Uro esta conjunción de condiciones para la impunidad logró, por ejemplo, que la fecha de su detención, concretada en algún momento entre septiembre y diciembre de 1975, pudiera establecerse de manera aproximada, reuniendo distintos elementos.

En su voto preopinante el juez Guillermo J. Yacobucci (al que adhirieron los vocales Alejandro W. Slokar y doctor Carlos A. Mahiques) valoró especialmente el testimonio de la propia víctima, quien en 2010 denunció que una noche de 1975 fue sacado violentamente de su casa por una patota de la Policía de Salta que lo llevó a la Central, donde durante quince días fue torturado e interrogado sobre sus compañeros en la cooperativa de trabajo que habían abierto en el barrio popular Finca Independencia. Más tarde fue llevado a la Delegación de la Policía Federal, donde estuvo una semana al cabo de la cual lo llevaron a trabajar a la casa del delegado, el comisario Ernesto Federico Livy (fallecido).

Los tormentos que padeció Uro fueron relatados por él y por un vecino suyo, también cooperativista, y dan cuenta del ensañamiento que los represores volcaron contra los dirigentes barriales que habían acompañado al gobierno de Miguel Ragone. Uro contó que en la Central de Policía fue interrogado y acusado de “comunista”, mientras lo torturaban, después de cubrirle la cabeza con un trapo. Entre otros padecimientos, fue estaqueado. 

Cuando recuperó la libertad, el dirigente barrial pasó a la clandestinidad, condición en la que se mantuvo durante todo el gobierno dictatorial. Su hija, Lucrecia, que había nacido 1976, recién lo conoció cuando tenía diez años de edad. En el debate oral ella destacó que su padre sufrió las secuelas de la tortura durante toda su vida, y lo recordó con afecto: “siempre estuvo a cargo de grupos de personas, siempre le gustó ayudar, era presidente de siete villas miserias, ayudaba a los que más necesitaban. Al punto que puso un emprendimiento con unos vecinos que fue ayudado por el señor Goenaga (que fue funcionario de Ragone), a quien recordaba bien por la ayuda que le dio”, contó.

Otro testimonio relevante fue el de Héctor Pinto. También a él la patota policial lo arrancó de su casa una noche de 1975. Su padre, que era empleado peluquero del cuerpo de Bomberos de la Policía, reconoció a varios. A los tumbos, Pinto, y su hermano menor, de 14 años, fueron subidos a una camioneta donde el joven puso el pie sobre el cuerpo e alguien que estaba tirado en el piso. Los llevaron a la Central de Policía, donde los entraron por la puerta trasera, que da a la calle Santiago del Estero. 

En el debate oral Pinto contó que cuando bajaron al hombre tirado en el piso, pudo verlo: "Estaba desfigurado, muy hinchado". En un descuido del custodio, el herido le pidió perdón: "Disculpame, soy Uro". Solo así, dijo Pinto, supo que era Marcial Uro, porque estaba tan "maltratado" que no lo había reconocido. En ese momento los detenidos fueron separados. Después de recibir una paliza, Pinto y su hermanito fueron llevados al dormitorio del cuerpo de Infantería, donde quedaron esposados individualmente a los camastros. Al cabo de cinco días Pinto recuperó la libertad, por intervención de su padre. En los interrogatorios a los que fue sometido entendió las disculpas de Uro: pudo ver una máquina de escribir y un mimeógrafo que le había prestado para usar en la cooperativa del barrio. 

También Pinto rescató la actividad que a Marcial Uro le valió la persecución del terrorismo estatal: el referente barrial era quien más gestionaba buscando solucionar la falta de trabajo y habían logrado que se expropiaran unas tierras en Finca Independencia para la cooperativa, que llegó a funcionar muy bien y dio trabajo a mucha gente, en carpintería y herrería. "Era una muy linda idea. Uro era una persona muy preocupada por el barrio. Incluso había estado como presidente barrial, siempre era una persona preocupada por la gente del barrio”.

Otro elemento que ayudó a establecer la fecha aproximada en que Marcial Uro fue detenido y torturado fue el legajo personal del represor Livy (otros testigos han referido que solía aplicar las torturas él mismo y era tal su perversión que obligaba a su propio hijo, aún niño, a presenciar estos actos), que dejó la Delegación de Salta el 31 de diciembre de 1975. También se dio con el prontuario policial del referente barrial, en el que consta, con fecha 29 de septiembre de 1975, un pedido de información del área de inteligencia de la Policía salteña "que no se condice con ninguna otra constancia, siquiera judicial, que justifique dicho comportamiento", observó el juez Yacobucci.

Y si bien en la investigación penal no se pudo dar con los autores materiales del martirio de Uro, tanto el tribunal de juicio como Casación, consideraron que quedó claramente establecido quiénes eran los jefes que no pudieron desconocer esta acción terrorista. Por eso se llegó a la condena en 2017 y por eso se confirmó la sentencia ahora. 

Por este hecho Guil fue condenado en 2017 en calidad de autor mediato por privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas e imposición de tormentos agravados por tratarse la víctima de un perseguido político.

"Resulta relevante que Joaquín Guil, legajo personal Nº 9276, se desempeñara como Director de Seguridad durante la detención de Marcial Uro, y que estuviera estrictamente dispuesto entre su competencias la facultad de 'cumplir y hacer cumplir por el personal asignado a las distintas dependencias que integran la Dirección, las funciones de Policía de Seguridad y auxiliar de la Justicia'", sostuvo Yacobucci antes de afirmar que este rango operativo implicaba que el comisario se "desempeñara como 2do en jerarquía y funciones, lo que lo hacía responsable de lo que sucediera puertas adentro de la Central Policial, estuviese físicamente prestando funciones o no", es así que "en razón de sus competencias al momento de los hechos no podía resultarle ajeno el plan establecido que implicó la privación de libertad de Uro y el sometimiento de este a distintas torturas, hechos por los que resulta autor penalmente responsable".