La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la feria fiscal hasta el 8 de noviembre próximo. La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución general 4840/2020, donde se precisa que durante la vigencia de las medidas de aislamiento social se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. No obstante, la medida no suspende las acciones de la AFIP, pero durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

La normativa publicada hoy exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia.

Además, mantiene habilitadas las fiscalizaciones a la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.