El juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio procesó al ex fiscal penal Héctor Eduardo Moisés por "incumplimiento de la obligación de persecución y represión de delincuentes" porque en 1977 no promovió la investigación del crimen de los jóvenes José Lino Salvatierra y Oscar Ramón Rodríguez

Este doble homicidio, cometido en mayo de 1977, tiene la particularidad de que sus autores, policías integrantes del grupo de tareas Guardia del Monte, que tenía sede en Metán, habían participado antes, en marzo de 1976, del secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone

Por esta vinculación el militar que era subjefe de la Policía de la provincia en 1977, Juan Carlos Grande (f), irrumpió en agosto de ese año en una audiencia que se realizaba en el juzgado de Metán y paralizó la investigación del conocido como crimen de Los Arbolitos, que recién volvió a tramitarse a partir de 1984, ya en democracia. Moisés era el fiscal de este proceso, por eso ahora se le reprocha no haber impulsado que la causa continuara.  

Esta es la primera causa en la que se investiga la responsabilidad de ex miembros del Poder Judicial de Salta en delitos de lesa humanidad. Además del procesamiento al ex fiscal penal de Metán, Bavio también citó a prestar declaración indagatoria (de imputado) al ex juez provincial Marcelo Avrutín Suárez, que estaba a cargo del proceso por el crimen de "Los Arbolitos". La citación es para el 29 de junio, a las 11, de forma virtual. 

Los primos Salvatierra y Rodríguez, de 21 y 23 años de edad, parte de una familia asentada en Metán, fueron asesinados la noche del 10 de mayo de 1977. Los jóvenes viajaban en un camión cuando fueron interceptados en la finca El Tunal, en el departamento Anta. Se cree que los mataron ahí mismo, luego cargaron los cuerpos en la caja de la camioneta en la que andaban los agresores y los arrojaron en el paraje Loma Pedregosa, a dos kilómetros de la ruta nacional 16 y cerca de la finca San Jorge. Dejaron un cartel: “Por ladrón y cuatrero”.

Ni bien se cometió el hecho, por insistencia de los hermanos mayores de Oscar Rodríguez, Segundo Bernabé y Domingo Nolasco Rodríguez, la causa avanzó hasta dar con los autores, los policías Andrés del Valle Soraire, Fortunato Saravia, Miguel Ángel Corbalán y Santos Leonides Acosta, integrantes de la Guardia del Monte, una división que combatía el abigeato. 

Pasado el mediodía del 12 de agosto de 1977 en el Juzgado de Metán, a cargo interinamente de Avrutín Suárez, se iba a hacer una audiencia con Saravia (no se pudo establecer si por un careo o una indagatoria), pero el trámite fue suspendido por la llegada, en helicóptero, del subjefe de la Policía, que primero tuvo un intercambio poco amistoso con Segundo Rodríguez y luego conversó con el juez, el fiscal, el acusado y el abogado de la familia de las víctimas, Jorge Zenteno Cornejo. Tras eso el juez Avrutín Suárez suspendió la audiencia. 

Para Bavio, quedó "sobradamente acreditada" la "presencia en el lugar e injerencia en la suspensión de la audiencia que se estaba desarrollando" de "Juan Carlos Grande, Subjefe de la Policía de Salta", presencia que "a la postre resultó determinante para la paralización" de la causa, que recién se reabrió el 10 de mayo de 1984. 

Asimismo, "Ha quedado debidamente acreditado", afirmó el juez, que durante los aproximadamente 25 meses que transcurrieron desde la irrupción de Grande en el Juzgado hasta el 17 de septiembre de 79, día en que dejó su cargo de fiscal penal, "Héctor Eduardo Moisés y en violación a sus deberes inherentes al cargo de Agente Fiscal para el que había sido designado, jamás realizó presentación alguna instando la prosecución de ese proceso penal, dejando así transcurrir indebidamente los plazos procesales dentro de los cuales su intervención funcional hubiese resultado eficaz", más todavía porque en la causa ya había personas imputadas. 

Cuando fue citado a indagatoria, Moisés negó los cargos, aseguró que en aquel tiempo el juez era el director del proceso y recordó que hacía poco había ingresado al Ministerio Público Fiscal y que tenía solo 24 años. Pero Bavio no le creyó, y hasta consideró "no atendible su argumentación reduccionista" en cuanto a que por aquel tiempo el fiscal era un “mozo de mano del juez”. El juez federal resaltó que más allá de las potestades del juez de instrucción, "como represente del Ministerio Público Fiscal (Moisés) no sólo era titular de la acción penal para darle inicio, sino también, entre otras cosas, para impulsar una investigación ya iniciada".

Y en cuanto a la inexperiencia de Moisés, que había asumido el 28 de julio de 1977 ( y dejó la fiscalía el 17 de septiembre de1979), Bavio sostuvo que "es extremadamente difícil, aún cuando se tratase de un fiscal joven y en el contexto de la época, que no haya comprendido la extraordinaria gravedad de la tropelía en la que formó parte en el rol de acusador penal, desde que fue un funcionario que aceptó silente una explícita y osada irrupción militar en un acto procesal en curso llevado a cabo por el Poder Judicial de la Provincia de Salta", más todavía cuando se investigaba un doble homicidio. El juez recordó que años después la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo declaró delito de lesa humanidad.

"Mínimamente, era esperable que hubiese realizado o solicitado al juez alguna diligencia para preservar las actuaciones", reprochó el magistrado.

"Un caño a cada uno"

El juez federal también ratificó que la paralización de este proceso penal es "conexo con el delito de lesa humanidad cometido" en perjuicio de Salvatierra y Oscar Rodríguez, que inicialmente se investigaba en el Juzgado de Instrucción Correccional y de Menores 1° Nominación del Distrito Judicial Sur, con sede en Metán.

Tras la paralización por obra de Grande, la causa fue reabierta en 1984, en 1986 Saravia fue condenado, mientras que Acosta y Corbalán fueron absueltos. En 1987 se ordenó que se dictara una nueva sentencia respecto de Soraire. Posteriormente el crimen de Los Arbolitos fue declarado delito de lesa humanidad, y Soraire fue condenado por este hecho. 

En la causa por Los Arbolitos (era el apodo que tenían los hermanos Rodríguez) y en el primer juicio por Ragone, Domingo Rodríguez y Zenteno Cornejo contaron que Grande les dijo que la Policía tenía interés en proteger a los integrantes de la Guardia del Monte porque habían participado del secuestro del ex gobernador, el 11 de marzo de 1976. 

Los hermanos Domingo Nolasco y Segundo Bernabé Rodríguez (ya fallecidos) siempre apuntaron a los policías por las muertes de los jóvenes. Por lo que se conoció en los procesos penales, había una disputa por el robo de vacunos. A la vez, la mayoría de los finqueros de la zona colaboraban con la policía aportándoles combustible. Tres días antes del doble homicidio, Segundo recibió en la finca familiar llamativas visitas nocturnas de Soraire, Acosta, Corbalán y Eduardo del Carmen del Valle (f), el represor director de Tránsito de Metán que solía participar de las actividades del grupo de tareas. 

Soraire insistió en saber si Domingo Nolasco iba a ir por la finca y en qué vehículo andaría: “Pasado mañana va a venir porque tenemos que cargar este carbón”, respondió Segundo. Tres días después se enteraba por Nolasco de la muerte del hermano menor y del primo, que iban en el camión en lugar de Nolasco.

Domingo Nolasco contó cómo fue la llegada de Grande el día en que suspendió la investigación de estos homicidios: “Qué hace usted Rodríguez acá con el problema de su hermano”, le dijo el militar ni bien llegó, encontrándolo afuera de la sala de audiencia, y enseguida agregó: “Esto no puede seguir más, que ya lo dijo en repetidas veces que esto no puede seguir más”. "Cómo que esto no puede seguir más, el que está adentro declarando va a quedar preso, porque ése ha muerto a mi hermano”, respondió Domingo. Entonces Grande concedió: “Tenes razón Rodríguez, ellos son los que mataron a tu hermano”, y añadió que todos iban a aparecer muertos, refiriéndose a Soraire, Acosta, Corbalán y Saravia. 

Según el relato de Domingo, luego Grande "de una patada" abrió la puerta de la sala de audiencia e inmediatamente salieron de esa oficina la sumariante Blanca Rufino de Alvarez y la abogada Olga Romano de Gómez Salas, que era secretaria del tribunal, y quedaron el juez, el fiscal y el abogado de los Rodríguez. 

Enseguida salieron Grande y Zenteno Cornejo, fueron a otra oficina que dejaron con la puerta entreabierta, y Domingo Rodríguez escuchó así que el militar le decía al abogado de la familia lo mismo que le había dicho a él minutos antes, sólo que ahora señalaba a Soraire como partícipe del secuestro de Ragone y afirmaba que por eso no podía quedar detenido ni tampoco podía seguir esa causa, y le advirtió que si seguía adelante perdería todo, incluso su familia.

En sus testimonios Zenteno Cornejo ratificó que Grande le dijo ese día que esa declaración no se podía tomar y que el juicio no podía seguir ya que los citados habían colaborado con ellos en el tema Ragone. Contó que al salir de la habitación donde habló con el militar ya no había nadie en el lugar, ni el juez, ni la policía, ni los presos, pero el expediente había quedado sobre una mesa. Con Rodríguez tomaron el expediente y antes de marcharse, Grande los amenazó “con ponerles un caño a cada uno” si continuaban adelante con ese proceso penal.