Desde Santa Fe

El director del Organismo de Investigaciones del MPA Marcelo Sain le inició ayer un juicio a la provincia para que la Legislatura no le pueda aplicar en forma retroactiva la ley anti Sain 14.016 que sancionó a su medida para suspenderlo y destituirlo de un cargo que ganó por concurso, no requiere acuerdo legislativo y antes de la reforma estaba fuera del radar político. La acción de amparo fue presentada en el fuero laboral de Rosario para que declare “manifiestamente ilegítimo e inconstitucional la aplicación retroactiva” de la norma y pidió una medida cautelar que ordene a la comisión de Acuerdos que se “abstenga de tomar cualquier medida disciplinaria” contra el funcionario. La comisión ya propuso suspenderlo por seis meses con medio sueldo y la vice Alejandra Rodenas convocó a la Asamblea Legislativa para que apruebe el dictamen el 1º de julio. El juez de la causa correrá traslado a la Fiscalía de Estado para que responda la demanda –porque la contraparte es la provincia-, lo que ya adelanta un escenario inédito. El gobernador Omar Perotti vetó la ley 14.016 con un dictamen del fiscal de Estado que le advirtió que podía ser declarada “inconstitucional” e “ilegítima” porque no se puede aplicar “en forma retroactiva” y afectar “derechos adquiridos”, que es lo mismo que planteó Sain en el amparo. Por eso, Perotti firmó el veto. La Legislatura insistió y la ley quedó vigente el 2 de junio, dos meses después de que el fiscal general Jorge Baclini ordenara el proceso disciplinario contra Sain. En un escrito de 90 páginas, el ex ministro de Seguridad advirtió que si la Legislatura le aplica la ley 14.016 y lo suspende en su cargo incurrirá en una “clara desviación de poder” y en un “nuevo avance del control político del MPA”. En el modelo anti Sain que consagró la reforma “el mismo órgano que investiga es a la postre el que juzga” y “eso no existe en ninguna provincia de la Argentina y en ningún país de Latinoamérica”.

Apenas Sain pidió el amparo, ya tuvo otra sorpresa. Esta semana solicitó al fiscal general de Reconquista Rubén Martínez -que lo investiga por orden de Baclini- copias del expediente y de sus anexos. Pero Martínez rechazó el requerimiento y lo mandó a pedir las copias a la comisión de Acuerdos. “Otro exabrupto institucional”, lo calificó la diputada del PJ Matilde Bruera. Martínez rechazó el pedido de Sain el jueves, 24 horas después de que la comisión votara suspenderlo en el cargo, pero notificó a su investigado recién ayer, a las 11.15. “Teniendo en cuenta que debo remitir las actuaciones a la comisión de Acuerdos, a la solicitud de copias no ha lugar. Ocurra ante la citada comisión”, le respondió. Bruera dijo que el fiscal regional de Reconquista “no puede negarle copia de las actuaciones” a Sain y “si no las entrega le impide el derecho de defensa. No puede haber actuaciones secretas, cuando se impulsa una medida restrictiva como es la suspensión en el cargo”. “Es una barbaridad. Están obstruyendo el derecho de defensa. Otro exabrupto institucional”, alertó.

En el amparo, Sain planteó que la Legislatura “se avoque al conocimiento directo de cualquier causa o procedimiento por presuntas faltas del director del Organismo de Investigaciones del MPA” implica un quiebre del equilibrio de poderes inherente al régimen republicano de gobierno”. “Porque somete y desplaza la autonomía del MPA a la órbita del Poder Legislativo”.

“Más allá de la clara inconstitucionalidad” de la ley 14.016, el choque con normas superiores, constituye “un supuesto inconfundible de gravedad institucional”. “Implica la ruptura sistemática de la forma republicana de gobierno” porque somete “a un sector de miembros del Poder Judicial a un nuevo e inconstitucional régimen disciplinario” y determina que “un órgano tan delicado como del MPA como es el Organismo de Investigaciones pase a depender en su permanencia de un poder del Estado ajeno al Judicial”.

“Con la ley 14.016, el director del Organismo de Investigaciones queda sometido a la grave potestad que se le otorga a la Legislatura para separarlo de sus funciones”, cuando la investigación penal requiere “una estricta autonomía e independencia”. “La fuente jurídica de un sistema de control es la Constitución y no una ley. De lo contrario, con el mismo criterio, se podría someter a funcionarios políticos del Poder Ejecutivo a un régimen de destitución por parte del Legislativo”.

“La persecución política” al ex ministro “se hizo evidente en la sanción de la ley anti Sain. Una norma “hecha a medida” para que no pueda volver al mando del Organismo de Investigaciones, que estableció "un régimen de incompatibilidades diseñado para el caso concreto” y “sea la Legislatura la encargada de aplicarlo”.

“La ley 14.016 constituye un claro supuesto de desviación de poder direccionada totalmente a suspender y remover” de su cargo a Sain, “a través de su aplicación retroactiva”. “La reforma afecta esencialmente la independencia y la autonomía” del MPA, “perjudica la división de poderes” y “contradice el artículo 120 de la Constitucional Nacional que define al Ministerio Público Fiscal como un órgano extrapoder”, explicó.

“En el nuevo sistema, el mismo órgano que investiga es a la postre el que juzga. El proceso disciplinario original respetaba todos los lineamientos del debido proceso sancionatorio administrativo. Pero la ley 14.016 consagró un modelo sin precedentes, que no existe en ninguna provincia de la Argentina, ni en ningún país de Latinoamérica”, concluyó.