El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas, se mostró preocupado por "los patrones de violencia y arbitrariedad por parte de las fuerzas de seguridad federales y provinciales en el marco de detenciones policiales sin orden judicial, particularmente de jóvenes y menores en situación de marginalidad social, que incluyen detenciones por averiguación de identidad y otras detenciones no vinculadas a conducta delictiva". Este documento que se hizo público ayer es el análisis sobre el cumplimiento por parte del Estado argentino de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. El informe tiene una lectura local ya que el criminólogo Enrique Font, quien envió desde la Cátedra de Criminología de la UNR un Informe Alternativo sobre el funcionamiento del sistema en la provincia de Santa Fe, y acercaba material para el análisis. En rigor el Comité no le habla directamente al gobierno santafesino, sino al estado nacional, analizando todo el territorio. Se remarcan en esta nota los puntos denunciados por la Cátedra de Criminología y que fueron señalados por el Comité.

 

Torturas

 

Entre las observaciones se destacan "una profunda preocupación, ante la práctica recurrente de la tortura y el maltrato en los diferentes ámbitos de las fuerzas de seguridad así como en las rutinas del personal penitenciario, que arrastra el peso histórico de una estructura militarizada y corporativa. Aqui se incluyen los maltratos que padecen los reclusos al ingresar en las unidades carcelarias (la llamada "bienvenida"), y otras prácticas de asfixia con bolsas, torturas en los oídos, tobillos y plantas de los pies, así como castigos colectivos altamente gravosos".

También pide "investigar de manera imparcial todos los casos de violencia cometidos en los centros de detención, evaluando la responsabilidad de los agentes estatales y de sus superiores. Cuando corresponda, el Estado debe castigar debidamente a los culpables y proporcionar una reparación adecuada a los familiares de las víctimas".

 

Violencia policial

 

Ante estos hechos se urge al Estado a adoptar medidas efectivas para "investigar con prontitud, eficacia e imparcialidad todas las denuncias de homicidios, detenciones arbitrarias, torturas, hostigamiento y maltrato policial, y velar por que los presuntos autores, así como los superiores jerárquicos que supieran o debieran haber sabido que se estaban cometiendo estos actos, sean enjuiciados, y de ser declarados culpables, sancionados de conformidad con la gravedad de sus actos".

También solicita "restringir el recurso a la detención a situaciones de flagrancia y a la existencia de orden judicial previa, tal y como establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia Bulacio c/ Argentina".

De igual modo pide "asegurar que todas las personas detenidas gocen, en el derecho y en la práctica, de todas las salvaguardias legales fundamentales a partir del mismo momento de la privación de libertad, velar por que se vigile escrupulosamente el cumplimiento del sistema de registro de la detención y sancionar toda infracción".

 

Condiciones de reclusión

 

El Comité suscribe las recomendaciones del SPT y urge "al Estado a realizar una auditoría a nivel federal y provincial con el fin de adecuar las condiciones de reclusión, tanto en los centros penitenciarios como en los puestos policiales, a las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela), y a desarrollar un plan de prevención de incendios en todos los centros de detención. Asimismo pide al Estado "intensificar sus esfuerzos por aliviar el hacinamiento en los centros de reclusión, principalmente mediante el recurso a medidas alternativas a la pena privativa de libertad". También solicita "poner fin a la utilización de dependencias policiales como lugares de alojamiento permanente de detenidos y garantizar el cumplimiento de dicha prohibición".

 

Medidas privativas de libertad

 

El Comité recomienda al Estado "fomentar las alternativas a la prisión preventiva, de conformidad con las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de la Libertad (Reglas de Tokio) y las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok)". También "evitar adoptar reformas legislativas que desnaturalicen el principio de progresividad en que se basa la reinserción social de los condenados, conforme a las normas internacionales.

 

El Comité “lamenta que la Defensoría Pública se enfrente a obstáculos en su labor de defensa de detenidos”.

 

 

Muerte de personas bajo custodia

 

Se insta al Estado a "investigar con prontitud y de manera exhaustiva e imparcial todas las muertes de personas en detención, practicando en su caso las autopsias correspondientes, a fin de determinar cualquier posible responsabilidad de los agentes estatales, y cuando corresponda, castigar debidamente a los culpables y proporcionar una reparación adecuada a los familiares de las víctimas". También a garantizar "que todo examen médico de detenidos, incluyendo el de ingreso en las cárceles, sea efectuado respetando el derecho a la confidencialidad y privacidad de los mismos, por parte de un médico independiente, que pueda ser elegido por el detenido, y que haya recibido formación sobre el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura.

De igual modo que "los médicos comuniquen cualquier indicio de tortura o malos tratos a un organismo de investigación independiente de manera confidencial y sin riesgo de represalias".

 

Sistema Nacional de Prevención de la Tortura

 

El Comité suscribe asimismo la preocupación del SPT con respecto al diseño institucional de algunos mecanismos locales de prevención, que no cumplirían con los criterios de independencia que exige el Protocolo Facultativo de la Convención. También "urge al Estado nacional a avanzar con la conformación del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, y velar por que sus miembros sean elegidos en un proceso transparente sin miembros que ocupen cargos que puedan suscitar conflictos de intereses". El Comité insta al Estado a crear mecanismos locales, y dotarlos de los recursos necesarios". En Santa Fe la Cátedra ha cuestionado el proyecto presentado y aprobado en Diputados por Alicia Gutiérrez.

 

Organismos de control de las condiciones de detención y de prevención de la tortura

 

El Comité "lamenta que la Defensoría Pública de la Nación y otras Defensorías Públicas, como la de Santa Fe, se enfrenten a obstáculos en su labor de defensa de detenidos". En esa linea pide al Estado "velar por que todos los lugares de detención, sean inspeccionados, facilitando el acceso a los mismos a los organismos que tienen como misión proteger los derechos humanos de las personas privadas de su libertad". El Estado  debe garantizar también que estos organismos puedan acceder libremente a la información disponible sobre personas detenidas".

 

Investigación de denuncias de tortura y malos tratos

 

Preocupa "la impunidad imperante ante el elevado número de casos documentados, debido a las deficientes investigaciones judiciales, que no logran sustentar la versión de las víctimas, el apego de los funcionarios judiciales a la versión oficial que aporta el personal policial y penitenciario y la errónea calificación de los hechos en figuras delictivas más benignas". Asimismo, preocupa al Comité la resistencia de las víctimas y los testigos para denunciar los hechos por el temor a represalias, ante la falta de un mecanismo que permita ofrecerles protección, particularmente si se encuentran en detención".