"Este no es un caso distinto a aquellos otros en los que vemos mujeres utilizadas como correo humano, como mulas. Mujeres de las que se aprovechan quienes se encuentran detrás de escena, y permanecen siempre ocultos y fuera del radio de alcance de los organismos de persecución penal y las agencias de seguridad del Estado", aseguró el defensor oficial Martín Fleming en su alegato en el juicio que en el Tribunal Oral Federal 1 de Salta se lleva a cabo contra dos mujeres detenidas cuando trasladaban 4.300 kilos de cocaína desde Orán a la ciudad de Salta. 

La defensa sostiene que una de estas mujeres, P.L., que padece un retraso madurativo moderado, no sabía que llevaba droga en su bolso. Y en el caso de la otra, F.B, afirma que llevó la carga empujada por un estado de necesidad justificante, dado que está desempleada, tiene tres hijites a su cargo y una de ellas necesita ser operada con urgencia de su labio leporino. 

Pero el fiscal federal Ricardo Toranzos consideró que las mujeres solo usaron un "camuflaje" de madres preocupadas por la salud de sus hijes y pidió que sean condenadas, F.B., en calidad de autora  de transporte de estupefacienes y P.L.,como partícipe secundaria. La defensa pidió la absolución para ambas y pidió al Tribunal que analice el caso con enfoque de género, tal como lo establecen tratados internacionales sobre derechos de las mujeres que tienen valor legal en el país.

La Fiscalía y la Defensa Oficial discutieron a través de sus alegatos (producidos el 15 de noviembre) sobre si corresponde aplicarles una pena o si su actuación está justificada por el estado de necesidad en que se encuentran. El debate pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo 29 de este mes, cuando se conocería la sentencia.

Ambas jóvenes, "madres de frontera", como las definió el fiscal, tienen historias de vida de violencias prácticamente desde sus nacimientos. P.L., de 23 años, tiene retraso madurativo, fue abusada sexualmente por su padre, vivió en situación de calle, es analfabeta, está desempleada y tiene un hijo autista y con retraso madurativo. P.B., de 33 años, fue abandonada de niña, se crió institucionalizada, fue víctima de violencia de género, ejerció la prostitución para subsistir y enfrenta la urgencia de hacer operar el labio leporino de una de sus hijitas.

Se trata de un “típico caso de transporte de estupefacientes”, la particularidad es que se trata de “madres de frontera”, aseguró el fiscal. Descreyó de que P.L. no supiera que llevaba droga, entre otras razones, recordó que en su celular se encontraron contenidos que dan cuenta de que “ella había hecho un aporte” para llevar la droga, que consistía no solo en portar ella misma parte de la carga, sino que también hizo averiguaciones para evitar los controles. P.L. llevaba un ladrillo en su bolso, mientras que F.B. transportaba los otros tres paquetes cuando fueron detenidas en un control de Gendarmería sobre la ruta provincial 5. F.B. iba con la nena que debe ser operada y P.L., con su hijo y ambas afirmaron que iban a llevarlos a consulta médica. 

“Las causantes estaban en pleno conocimiento de que habían emprendido una acción ilegal”, aseguró Toranzos. Se inclinó por creer que el viaje estuvo motivado en el transporte de la droga y se basó para ello sobretodo en el testimonio del remisero Sebastián Oliva, que dijo que habían contratado el viaje ida y vuelta a la ciudad capital, por $18 mil, y que le dijeron que regresaban al mediodía a más tardar, con lo que dio a entender que no iban a tener tiempo para la consulta médica de les niñes. "(Se creó) una situación simulada de que iban madres con menores en condiciones de vulnerabilidad, de enfermedad, planteando eso como un salvoducto ante cualquier control que pudiera realizar la fuerza de seguridad”, aseguró el fiscal que luego habló de un "camuflaje de madres trasladando hijos".

“La única motivación del viaje por parte de la señora B. era transportar ese estupefaciente”, insistió. En cuanto a P.L., dijo que “el informe resultó totalmente contundente” respecto a que comprende la criminalidad de sus actos.

El fiscal tampoco se mostró convencido sobre la historia de vida de P.L., que denunció penalmente a su padre por abuso sexual. Y si bien reconoció que durante 7 años no supieron nada de este proceso, Toranzos recordó que la Fiscalía provincial había citado a P.L. para el 16 de julio, pero "ella prefirió hacer el viaje en lugar" de asistir a los tribunales a "resolver esta problemática que para ella era trascendental”. El defensor respondió que la interpretación respetuosa de la perspectiva de género y de la discapacidad de P.L. "es aquella que sugiere que algunas veces (...) se olvida de cosas", aunque sean tan importantes "como presentarse a declarar en una causa por los abusos sexuales que ha sufrido". 

Por otro lado, el fiscal también advirtió que "exagerar” la disminución mental de P.L. es poner de relieve la posibilidad de que se establezca una tutoría sobre sus hijes (es madre de una nena y un niño). "El rol materno no tiene nada que ver con la discapacidad", retrucó el defensor. 

Situación de vulnerabilidad

"Ha quedado sobradamente acreditado que (F.B.) fue utilizada por una tercera persona para trasladar un tóxico”, sostuvo el defensor oficial a su turno. Recordó que Roberto Márquez, un conocido de la joven de la frontera con Bolivia, le dio esta carga, "aprovechándose de su situación de extrema necesidad". Y agregó que su conductat está "justificada por un estado de necesidad", "por lo que su actuar no puede ser reputado como antijurídico y por lo tanto no puede merecer reproche penal".

En cuanto a P.L. , sostuvo que "nada sabía" de la carga. Actuó "con desconocimiento absoluto de aquello que llevaba en el interior de la mochila que llevaba". Y, además, es inimputable.

Fleming recordó asimismo que estas mujeres son jefas de hogar, con estructuras familiares monoparentales, sin cobertura de salud, en extrema situación de pobreza, con deficiente nivel de instrucción. En el caso de P.L., es analfabeta, y F.B. no completó el secundario. 

"Este juicio lamentablemente nos ha colocado una vez más como testigos de la utilización de lo que el señor fiscal denomina mujeres de frontera, esto es mujeres en extrema situación de necesidad y vulnerabilidad, como instrumentos y objetos puestos al servicio del tráfico ilícito de drogas", aseguró el defensor oficial. En la réplica el fiscal aclaró que él habla de "madres de frontera". 

Fleming destacó que por su condición de mujeres, por su ubicación en la estructura desigual de oportunidades, P.L. y F.B. "están totalmente alejadas de una posibilidad cierta de insertarse en un mercado laboral formal y de ese modo afrontar los requerimientos tanto de ellas como de sus núcleos familiares".

E insistió en que este juicio los puso en posición de testigos de esta situación "lamentable y de una persecución penal que se orienta no a ir detrás de esas personas que se ocultan y que se aprovechan de estas mujeres". Aunque enseguida aclaró que este proceso tambien ofrece la oportunidad "de poner un freno a ese intento de llevar a cabo una persecución penal irracional y un ejercicio en definitiva ilegítimo de la violencia estatal sobre las personas más vulnerables".

Tras citar las convenciones sobre eliminación de la discriminación y la violencia contra las mujeres y la ley 26485, de prevención de la violencia contra las mujeres, el defensor señaló que "Este imperativo legal justamente manda a que el Estado argentino aborde casos como el presente en etapa de juicios de responsabilidad desde un enfoque integrador y precisamente con perspectiva de género".

En cuanto a F.B., el defensor oficial recordó que "desde su nacimiento estuvo en una situación de extrema necesidad y vulnerabilidad y por eso merece especial protección, al igual que la señora L."