A través de un dictamen del 27 de diciembre pasado (y recién conocido el 18 de enero), la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) puso nuevas condiciones a la fusión del grupo Disney-Fox. En el extenso documento  se aclara que avalar dicha inversión supondría legitimar una posición que “disminuye, restringe o distorsiona la competencia en el mercado de comercialización de señales deportivas básicas y perjudica el interés económico general” (Art. 8 Ley de Defensa de la Competencia). Es un límite a la concentración de las señales deportivas básicas (“cable común”) so pretexto de mejorar las condiciones competitivas de ese mercado. De hecho, en el caso de Disney-Fox, la situación dista mucho de ser la ideal, y por varias razones:

● La fusión dejó al nuevo actor con el 64% del share (7 de 9 señales deportivas hoy pertenecen a la misma firma).

● Habilita la posibilidad del ejercicio de políticas “predatorias” (abuso de posición dominante). Esto es: al tener la propiedad de todos los derechos para transmitir fútbol en vivo (se lo considera un “activo estratégico en términos competitivos”), Disney podría obligar a otros a adquirir sus productos menos vendibles.

● Dada la absoluta exclusividad de las transmisiones, se inhabilitaría la entrada de un nuevo “actor” en condiciones competitivas al mercado de señales deportivas básicas.

Transitorias y estructurales

El condicionamiento que se impone a Disney-Fox para avalar su fusión, depende de que la empresa realice dos tipos de modificaciones: “estructurales” y “conductuales”, a las que queda subordinada “la aprobación definitiva de las operaciones de compra notificadas por la empresa”.

Una “solución estructural” sería proponer un comprador que adquiera los activos desinvertidos por Disney-Fox o la cesión de derechos de radiodifusión de eventos deportivos. Un tipo de “remedio conductual”, en tanto, sería la comercialización de señales deportivas básicas de forma individual (y no un “pack”) a precios de mercado. Aunque ambas soluciones formaron parte de la segunda propuesta hecha por la cadena en octubre pasado, la CNDC sostuvo que la misma era insuficiente. Esto es así porque en la propuesta figura una única cesión de derechos exclusivos de fútbol: el 50% de los partidos de la Copa Libertadores. No se la avala por considerar al fútbol como un deporte enormemente popular, por lo que se condiciona a la empresa a ceder más derechos de televisación de ese deporte.

Una historia que viene de lejos

Cuando mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N°267/2015 el gobierno de Mauricio Macri dejó sin efecto los apartados de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que ponían límites a la concentración de medios, también le quitó competencia a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y removió su directorio. Con ello, el sistema de medios argentino no sólo perdía un ente creado para habilitar o limitar licencias de radio y TV. Lo que se estaba cambiando de un día para el otro era el paradigma en las políticas públicas de regulación de medios.

Hay dos formas de regular empresas de comunicación: de manera previa a la adquisición de las licencias, impidiendo determinados movimientos comerciales (regulación “ex-ante”), o permitir la inversión para luego, al constatar irregularidades o posiciones abusivas, conminar a los medios a desligarse de ciertos activos (regulación “ex-post”). En Argentina, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (n° 26.522) se centraba en regular previamente. Luego del decreto que la anuló parcialmente, sólo se regula ex-post.

Otro cambio importante es que al desaparecer los artículos de la ley que establecían al AFSCA como “autoridad de aplicación”, el ente encargado desde entonces de aprobar las licencias, es la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), dependiente de la Secretaría de Comercio Interior. No es en vano la mención de este cambio. La política de regulación de medios se basa desde entonces en otro paradigma. Se ha pasado de una autoridad de aplicación centrada en una visión del “derecho a la información y a la comunicación como universal para todos los ciudadanos”, a una concepción que tiene como objetivo “la protección del interés económico general para el bienestar de los consumidores”. De proteger derechos civiles (carácter político) se pasa a defender intereses económico-comerciales. Si bien siempre es saludable que se regule de alguna forma, el cambio significa un retroceso respecto de lo que había anteriormente.

Así las cosas, ahora el pulpo Disney-Fox tendrá un año para presentar una nueva propuesta que no incline tanto la cancha en el escenario de la televisación deportiva nacional. ¿Podrá recortar sus tentáculos?

* Profesor y Licenciado en Ciencias de la Comunicación Social UBA