La recién asumida titular del Juzgado de Violencia Familiar y de Género Nº 2, Gisella Centeno, intimó al diputado con mandato cumplido Andrés Suriani a dejar de ejercer violencia y cumplir las leyes que previenen la violencia contra la mujer, en la causa que le inició una médica que garantiza las interrupciones voluntarias del embarazo.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Salta/12, Centeno ordena a Suriani “abstenerse de ejercer actos de violencia psicológica, en medios de comunicación masiva, cualquier red social (vía telefónica, facebook, whatsapp, twitter, instagram, etc) y/ o cualquier otro medio, que afecten la libre elección, dignidad y la imagen” de la profesional de la salud, “bajo apercibimiento de desobediencia Judicial y de remitir las actuaciones a la Justicia Penal”.

La magistrada lo exhortó además a la “estricta observancia de la normativa vigente en materia de Violencia de Género, Ley Nacional N° 26485, Ley Provincial N° 7888 y las Convenciones sobre Derechos de las Mujeres que gozan de rango constitucional (Art 75 inc. 22 de la Constitución Nacional), Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará)”.

El ex legislador provincial fue demandado por una médica del Hospital Materno Infantil de Salta a quien trató de sicaria en una publicación que realizó por redes sociales con la imagen de la agente de salud. Suriani la señalaba por ser una de las médicas garantistas de las interrupciones legales del embarazo. Luego sumó sus críticas en el programa televisivo que conduce, al calificar de “homicidas” a profesionales de la salud que respetan la ley.

Proteger a una médica para garantizar derechos 

Se debe “garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Argentino en materia de Salud Pública y Derechos Humanos de las mujeres”, dice en parte el fallo de la jueza Centeno en el fallo por el cual intimó a Suriani a cesar en el ejercicio de violencia psicológica contra la médica garantista que lo demandó.

Suriani había negado el ejercicio de violencia al indicar que difundió el mensaje mediante WhatsApp y que “tales comunicaciones se encuentran guarnecidas por la Constitución Nacional artículo 18”, y por lo tanto son parte de su “vida privada”.

Al analizar el rol de Suriani (quien fuera legislador, es comunicador social y figura pública), y de la médica (garantista del derecho la IVE en el sistema público de Salud), la jueza sostuvo la pertinencia de “considerar el rol que cumplen las partes en la sociedad, y la esfera o ámbito en el que el mensaje fue difundido”.

De hecho, el mensaje de Suriani no fue a una persona en particular sino “entre sus contactos en el grupo de WhatsApp de la Red Celeste, el que trascendió del ámbito privado a la esfera pública, a punto tal que fue replicado por diversos portales la publicación y difusión del mensaje en el grupo de WhatsApp”.

Esa viralización con la imagen de la médica “traspasó el ámbito privado expandiendo los efectos del hecho original y perpetuando de tal modo la violencia ejercida”.

Centeno añadió que “el término ‘sicario’, consignado en la leyenda sobreimpresa del mensaje publicado por Suriani, el que reza ‘Vamos conociendo el rostro de los sicarios que realizan abortos en Salta’… excede a todas luces, el derecho a la libertad de expresión, ya que fue utilizada como expresión descalificadora e injuriante, afectando así el derecho al honor, a la imagen y la vida libre de violencias”.

Libertad de elegir 

Centeno infirió entonces que el mensaje de Suriani se conecta directamente con la conducta desplegada por una médica que a través de su profesión garantiza el derecho a la IVE de las personas gestantes, “la cual reviste estricto contenido de Género, toda vez que garantiza la ‘libre elección’ de las mujeres y de las personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir libremente y conforme a sus convicciones personales sobre su vida reproductiva”.

O sea, el hecho de que ella sea garantista y agraviada por serlo, podría tener consecuencias directas en las personas gestantes que quieran acceder a una IVE.

Ante esta situación Centeno dictó medidas de protección por la violencia psicológica ejercida por Suriani contra la profesional al calificarla de “sicaria”, generando que ella se sintiera “agraviada, discriminada, estigmatizada, degradada y expuesta, no sólo en el ámbito laboral frente a sus pares, sino también socialmente, sintiendo temor por su grupo familiar frente a la sociedad en general, atento a la existencia de personas que se encuentran en contra de la interrupción voluntaria del embarazo”.

Entendió que la connotación del término que utilizó Suriani “menoscaba la libre elección, dignidad, la salud psíquica y el derecho de la denunciante a desarrollar su actividad profesional, con respeto y libertad, destacando que la mencionada normativa reviste el carácter de Orden Público”.

“Resulta necesario evitar la reiteración de manifestaciones como las descriptas precedentemente, que pudieran afectar garantías y derechos constitucionales, en especial el derecho de todas las mujeres a vivir una vida libre de violencias, o vulnerar el honor de la denunciante”, advirtió la jueza al entender que “dado el carácter de orden público de la legislación aplicable, y teniendo en cuenta la competencia de la proveyente, es inaplazable disponer medidas protectorias”. La viralización de la imagen de la profesional de la salud fue el 24 de abril pasado y pese a la ampliación de denuncias contra Suriani ante la jueza subrogante anterior, Alejandra Barrantes, la resolución final llegó recién con Centeno.

“Es una batalla ganada del feminismo”

La abogada de la médica María Laura Torrez se mostró conforme con el fallo emitido por Centeno, quien asumió como jueza subrogante el miércoles que pasó al mediodía.

Añadió que Suriani habría realizado una denuncia penal por la violación a su derecho constitucional a la intimidad por la viralización del mensaje que él envió a un grupo de Whatsapp y luego se viralizó. “El insistió en que dijo sicario en los términos que lo dijo el Papa Francisco. Pero él no es el Papa Francisco y no es una mera opinión usar ese término o el de homicidas, como lo hizo”, añadió la abogada en diálogo con Salta/12.

Sostuvo que ante este fallo se continuará con otras medidas en el ámbito civil y penal en contra de Suriani, al considerar que esta sería la primera imputación y fallo en la Justicia contra el ex diputado provincial del PRO por este tipo de accionar en representación de antiderechos. “Lo bueno de este tipo de sentencias es que además de proteger y garantizar que la médica pueda trabajar, se pone un límite a los y las antiderechos que creen que pueden violentar a las mujeres por el trabajo que realizan y que a ese sector no le gusta”. Para Torrez, este fallo que intima a Suriani a respetar el derecho de las mujeres “es una batalla ganada del feminismo”.