El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras telefonía fija y móvil, internet y televisión por cable y satelital a implementar dos aumentos en el primer cuatrimestre de 2023. El primero será del 9,8% en febrero y el segundo, del 7,8% en abril.


El Gobierno regula los precios de estos servicios desde 2020, al entenderlos como “públicos, esenciales y estratégicos”. En un principio, por la pandemia, la actual administración los congeló, pero en 2021 y 2022 se permitieron algunas subas. Las últimas dos se aplicaron en octubre (19,8%) y diciembre (9,8%).

Ahora, en la Resolución 2393/2022, publicada en el Boletín Oficial con la firma del titular de Enacom, Claudio Ambrosini, el organismo explicó que los nuevos aumentos de febrero y abril de 2023 se corresponden a “los mayores costos” que manifiestan las compañías prestadoras y el “impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas” en ellas.

La institución expresó que, “sin desatender el diálogo con el sector”, y teniendo en cuenta las últimas dos subas sucesivas, “corresponde autorizar nuevos incrementos, evaluados en el contexto económico y dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”.

En esa línea, también se advirtió la evolución de distintos índices que “permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias” de bajos recursos.

Cómo queda el tarifario del servicio de telefonía móvil

Los aumentos establecidos para los precios minoristas de los servicios de telefonía móvil “de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta” en febrero de 2023 dejarán los siguientes valores máximos de tarifas –todos ellos, con impuestos incluídos–:

  • Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $43,40

  • Segundo de voz: $0,66

  • SMS: $8,70

A su vez, los incrementos a aplicar en abril, llevarán los valores máximos a:

  • Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $46,80

  • Segundo de voz: $0,72

  • SMS: $9,40

La regulación de los precios de servicios de TICs por parte del Estado

De acuerdo a lo expresado en la resolución, los precios que determinan las compañías de telefonía fija y móvil, internet y televisión por cable y satelital deben ser “justos y razonables”, y al mismo tiempo, “cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de ganancia

Por ello, la regulación de Enacom tiene el objetivo de procurar la “menor afectación en los ingresos” de los usuarios. “Admitir un precio irrazonable implicaría la afectación de una gran parte de la sociedad”, fundamentó el organismo, desde donde explicaron que un incremento excesivo podría perjudicar la accesibilidad a las TICs y los derechos fundamentales de la población.

En tanto, la resolución aclaró que cualquier aumento por encima del 9,8% de febrero y el 7,8% de abril o que supere los valores máximos estipulados, deberá ser reintegrado a los usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir. Incluso, con el mismo porcentaje de actualización e intereses que aplican las compañías prestadoras a sus clientes por mora en el pago de las facturas.

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